/ lunes 11 de noviembre de 2024

A Puerta Cerrada / La paridad por la gubernatura tendrá que esperar

Una buena y una mala para las mujeres metidas en política. La reforma al artículo 71 constitucional, que obliga a los partidos a cumplir con la paridad de género en la postulación de candidatos a la gubernatura, ya es una realidad. El Periódico Oficial del Estado publicó el jueves el nuevo texto, con el que se formaliza la enmienda aprobada el pasado 30 de septiembre por los integrantes del pleno del Congreso.

“Los partidos políticos, coaliciones electorales y candidaturas comunes, deberán alternar el género en la postulación en cada elección en términos de lo que disponga la legislación local en la materia”, señala ahora.

La iniciativa de ley que reformó este artículo de la Constitución local fue presentada como la respuesta del Poder Legislativo a las demandas de equidad expresadas por las mujeres dedicadas al ejercicio político.

El entonces diputado morenista Edgar Garmendia de los Santos, que presidía la Junta de Gobierno y Coordinación Política, exaltó la reforma al destacar que con ella se iba a garantizar la alternancia del género en la definición de los candidatos, un asunto que hasta ese momento estaba supeditado a otro tipo de condiciones, circunstancias e intereses, menos los relacionados con el equilibrio de oportunidades para beneficio de las mujeres.

La propuesta, sin embargo, que fue planteada como un gran acierto de los legisladores de entonces, no fue bien recibida por las mujeres que en el pasado reciente aspiraron a la gubernatura e incluso compitieron en el proceso interno de su partido para tratar de hacerse de la postulación.

Aquí viene la parte mala.

La publicación hecha en el Periódico Oficial el pasado 7 de noviembre confirmó la obligatoriedad para la paridad de género, pero también la lejana fecha en que entrará en vigor, de manera que será hasta las elecciones del año 2036 cuando una mujer podrá acceder a participar en la sucesión de gobernador de Puebla gracias a este mandato.

Eso significa que para la contienda de 2030 los partidos podrán volver a postular un hombre, sin importar que en este año (2024) los tres bloques en competencia pelearon con candidatos representantes del género masculino: Alejandro Armenta Mier, Eduardo Rivera Pérez y Fernando Morales Martínez.

Desde septiembre que se dio a conocer la iniciativa de reforma dos mujeres expresaron comentarios de inconformidad entre los miembros de sus equipos de trabajo. Una de ellas fue Olivia Salomón Vibaldo y la otra Claudia Rivera Vivanco, quienes lucharon en la interna que ganó Armenta en Morena y esperaban repetir y ampliar sus posibilidades de éxito para la sucesión que viene a partir de una nueva ley, exactamente como la que se cocinó, pero que entrara en vigor seis años antes, en 2030.

La molestia, siempre cuidadosa para no confrontar al “gran legislador” detrás de Garmendia, radicaba en un punto: la aparente ayuda que se le brindaba (y se le brinda) por anticipado a dos hombres del nuevo régimen, en su carácter de muy probables y futuros aspirantes al gobierno del estado: José Chedraui Budib, presidente municipal de Puebla, y José Luis García Parra, virtual coordinador de gabinete en la entrante administración estatal.

Y así será.

Quien quiera competir en la sucesión de gobernador por parte del oficialismo, dentro de seis años, sea hombre o mujer, tendrá que pasar por encima de García Parra y Chedraui Budib, en ese orden.

Por eso la reforma realizada al artículo 71 no les dio a ellas muchos motivos de festejo.

Más que un instrumento constitucional de respaldo a la causa feminista lo sintieron como un obstáculo a sus objetivos.

No solo en Morena, también en el PAN y en el resto de los partidos políticos.

@jorgerdzc

Una buena y una mala para las mujeres metidas en política. La reforma al artículo 71 constitucional, que obliga a los partidos a cumplir con la paridad de género en la postulación de candidatos a la gubernatura, ya es una realidad. El Periódico Oficial del Estado publicó el jueves el nuevo texto, con el que se formaliza la enmienda aprobada el pasado 30 de septiembre por los integrantes del pleno del Congreso.

“Los partidos políticos, coaliciones electorales y candidaturas comunes, deberán alternar el género en la postulación en cada elección en términos de lo que disponga la legislación local en la materia”, señala ahora.

La iniciativa de ley que reformó este artículo de la Constitución local fue presentada como la respuesta del Poder Legislativo a las demandas de equidad expresadas por las mujeres dedicadas al ejercicio político.

El entonces diputado morenista Edgar Garmendia de los Santos, que presidía la Junta de Gobierno y Coordinación Política, exaltó la reforma al destacar que con ella se iba a garantizar la alternancia del género en la definición de los candidatos, un asunto que hasta ese momento estaba supeditado a otro tipo de condiciones, circunstancias e intereses, menos los relacionados con el equilibrio de oportunidades para beneficio de las mujeres.

La propuesta, sin embargo, que fue planteada como un gran acierto de los legisladores de entonces, no fue bien recibida por las mujeres que en el pasado reciente aspiraron a la gubernatura e incluso compitieron en el proceso interno de su partido para tratar de hacerse de la postulación.

Aquí viene la parte mala.

La publicación hecha en el Periódico Oficial el pasado 7 de noviembre confirmó la obligatoriedad para la paridad de género, pero también la lejana fecha en que entrará en vigor, de manera que será hasta las elecciones del año 2036 cuando una mujer podrá acceder a participar en la sucesión de gobernador de Puebla gracias a este mandato.

Eso significa que para la contienda de 2030 los partidos podrán volver a postular un hombre, sin importar que en este año (2024) los tres bloques en competencia pelearon con candidatos representantes del género masculino: Alejandro Armenta Mier, Eduardo Rivera Pérez y Fernando Morales Martínez.

Desde septiembre que se dio a conocer la iniciativa de reforma dos mujeres expresaron comentarios de inconformidad entre los miembros de sus equipos de trabajo. Una de ellas fue Olivia Salomón Vibaldo y la otra Claudia Rivera Vivanco, quienes lucharon en la interna que ganó Armenta en Morena y esperaban repetir y ampliar sus posibilidades de éxito para la sucesión que viene a partir de una nueva ley, exactamente como la que se cocinó, pero que entrara en vigor seis años antes, en 2030.

La molestia, siempre cuidadosa para no confrontar al “gran legislador” detrás de Garmendia, radicaba en un punto: la aparente ayuda que se le brindaba (y se le brinda) por anticipado a dos hombres del nuevo régimen, en su carácter de muy probables y futuros aspirantes al gobierno del estado: José Chedraui Budib, presidente municipal de Puebla, y José Luis García Parra, virtual coordinador de gabinete en la entrante administración estatal.

Y así será.

Quien quiera competir en la sucesión de gobernador por parte del oficialismo, dentro de seis años, sea hombre o mujer, tendrá que pasar por encima de García Parra y Chedraui Budib, en ese orden.

Por eso la reforma realizada al artículo 71 no les dio a ellas muchos motivos de festejo.

Más que un instrumento constitucional de respaldo a la causa feminista lo sintieron como un obstáculo a sus objetivos.

No solo en Morena, también en el PAN y en el resto de los partidos políticos.

@jorgerdzc