/ lunes 1 de julio de 2024

El Derecho y la Justicia

Roberto Mendoza Zárate

La reforma judicial planteada por el titular del Poder Ejecutivo Federal ha originado en diversos gobernados, nacionales y extranjeros, la inquietud de trastocar al sistema jurídico en su base al extremo de minarlo para las futuras generaciones.

El debate se circunscribe en el acto jurídico formal que identifica el inicio del jurista, como aquella persona depositaria de una función milenaria y compleja, consistente en la aplicación de la norma jurídica al caso concreto, con una innegable carga conductual y psicológica que vuelve a sus productos, las sentencias, piezas originales e irrepetibles idénticamente, por más que se imagine absurdamente que la inteligencia artificial en algún momento la substituirá. Y es que el judex debe ser un artista del Derecho, que cuente con la competencia subjetiva que lo torne viable para que sus resultados se sostengan al embate del propio sistema jurídico.

Es en dicho tenor, donde se plantea el cuestionamiento si una reforma a un proceso formal, dígase designación o elección, es suficiente para sembrar la semilla de la autodestrucción de un poder esencial de operación de todo Estado moderno.

Es innegable que toda reforma constitucional que se funda exclusivamente en la observancia del proceso legislativo tiene el alto riesgo de ilegitimidad si no cuenta con el respaldo del pueblo representado en el órgano legislativo, lo cual perpetua el debate entre la validez normativa y su legitimidad.

Ya planteaba el jurista escandinavo en la Corte Europea de Derechos Humanos que era descabellado e ilógicamente pensable el hecho sociopsicológico de que la sociedad acepte una norma jurídica diversa como atlante o piedra angular del sistema jurídico. Y es que la base y fundamento del propio sistema está en la ciencia jurídica que es el producto de una evolución normativa milenaria que coloca a la sociedad en un estadio de operación válido, y como toda ciencia, constantemente puesta a prueba. El Derecho, en su carácter filosófico y científico, es una disciplina superviviente al devenir historiográfico que muestra cicatrices innegables y una madurez tal que requeriría la destrucción total de la sociedad para cesar de existir, como se desprende de la inteligibilidad de la locución ubi societas ibi ius.

Reformar las normas las normas positivizadas, por más arraigadas que se hallen en el periodo histórico a prueba, no pueden tener el impacto de afectar al fundamento hipotético del sistema jurídico sobre el que se construye, lo que ha permitido la transición de monarquías a repúblicas, de ciudades a estados. Y es que las leyes no son el Derecho, sino sólo una de sus fuentes, y por ello la autoconservación de todo sistema jurídico cuenta con el indiscutible proceso dialéctico que lleva a su corrección.

Por lo anterior, todo jurista que se sostenga dentro del sistema será por respaldo y mérito de su pertenencia natural a la función, por lo que sería inexacto pensar que en una realidad hipotética todos ellos serían inviables, como que en la realidad actual todos califican como jurisprudentes.

El binomio que se genera entre Derecho y Justicia es una relación entre un concepto absoluto y otro relativo, por lo que nunca podrá cuestionarse al primero por las deficiencias indeseables pero esperadas del segundo.


*El autor es director general de la Escuela Libre de Derecho de Puebla.


Roberto Mendoza Zárate

La reforma judicial planteada por el titular del Poder Ejecutivo Federal ha originado en diversos gobernados, nacionales y extranjeros, la inquietud de trastocar al sistema jurídico en su base al extremo de minarlo para las futuras generaciones.

El debate se circunscribe en el acto jurídico formal que identifica el inicio del jurista, como aquella persona depositaria de una función milenaria y compleja, consistente en la aplicación de la norma jurídica al caso concreto, con una innegable carga conductual y psicológica que vuelve a sus productos, las sentencias, piezas originales e irrepetibles idénticamente, por más que se imagine absurdamente que la inteligencia artificial en algún momento la substituirá. Y es que el judex debe ser un artista del Derecho, que cuente con la competencia subjetiva que lo torne viable para que sus resultados se sostengan al embate del propio sistema jurídico.

Es en dicho tenor, donde se plantea el cuestionamiento si una reforma a un proceso formal, dígase designación o elección, es suficiente para sembrar la semilla de la autodestrucción de un poder esencial de operación de todo Estado moderno.

Es innegable que toda reforma constitucional que se funda exclusivamente en la observancia del proceso legislativo tiene el alto riesgo de ilegitimidad si no cuenta con el respaldo del pueblo representado en el órgano legislativo, lo cual perpetua el debate entre la validez normativa y su legitimidad.

Ya planteaba el jurista escandinavo en la Corte Europea de Derechos Humanos que era descabellado e ilógicamente pensable el hecho sociopsicológico de que la sociedad acepte una norma jurídica diversa como atlante o piedra angular del sistema jurídico. Y es que la base y fundamento del propio sistema está en la ciencia jurídica que es el producto de una evolución normativa milenaria que coloca a la sociedad en un estadio de operación válido, y como toda ciencia, constantemente puesta a prueba. El Derecho, en su carácter filosófico y científico, es una disciplina superviviente al devenir historiográfico que muestra cicatrices innegables y una madurez tal que requeriría la destrucción total de la sociedad para cesar de existir, como se desprende de la inteligibilidad de la locución ubi societas ibi ius.

Reformar las normas las normas positivizadas, por más arraigadas que se hallen en el periodo histórico a prueba, no pueden tener el impacto de afectar al fundamento hipotético del sistema jurídico sobre el que se construye, lo que ha permitido la transición de monarquías a repúblicas, de ciudades a estados. Y es que las leyes no son el Derecho, sino sólo una de sus fuentes, y por ello la autoconservación de todo sistema jurídico cuenta con el indiscutible proceso dialéctico que lleva a su corrección.

Por lo anterior, todo jurista que se sostenga dentro del sistema será por respaldo y mérito de su pertenencia natural a la función, por lo que sería inexacto pensar que en una realidad hipotética todos ellos serían inviables, como que en la realidad actual todos califican como jurisprudentes.

El binomio que se genera entre Derecho y Justicia es una relación entre un concepto absoluto y otro relativo, por lo que nunca podrá cuestionarse al primero por las deficiencias indeseables pero esperadas del segundo.


*El autor es director general de la Escuela Libre de Derecho de Puebla.