/ domingo 9 de junio de 2019

¡La salud es un derecho humano que no puede esperar!

Amables lectores, ¡les saludo con el gusto de siempre! Una de cada 25 personas en el mundo tiene al menos una enfermedad de transmisión sexual curable. La tricomoniasis, fue la epidemia más común en más de 376 millones de infecciones destacadas entre mujeres y hombres de 15 a 49 años (hasta 2016) con 156 millones de casos; seguida de la clamidia (127 millones de casos), la gonorrea (87 millones), la sífilis (6,3 millones) que causó alrededor de 200.000 muertes fetales y neonatales en 2016, lo que la convierte, en una de las principales causas de muerte de bebés a nivel mundial, de acuerdo al último informe publicado por la Organización Mundial de la Salud.

En el caso de nuestro país, el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH y SIDA, identificó a los siguientes Estados con la mayor tasa de casos diagnosticados de Sida en 2018: Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Guerrero y Morelos. Asimismo, los Estados que tuvieron la mayor tasa de casos diagnosticados de VIH en 2018 fueron: Quintana Roo, Campeche, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

El contagio de enfermedades de transmisión sexual, se ha convertido en un problema de salud pública, que el gobierno en sus tres niveles debe atender urgentemente. Se entiende por problema de salud pública: una situación que afecta negativamente el bienestar de los individuos y de la población y puede analizarse desde su magnitud o su letalidad.http://www.udea.edu.co/wps/wcm/connect/udea/c6b7b04c-7d19-44a4-b579-9a6207bd661b/%C2%BFQu%C3%A9+es+un+problema+de+salud+p%C3%BAblica.pdf?MOD=AJPERES

La protección de la salud ha sido reconocida como un derecho humano y fundamental en los documentos de derecho internacional, de los derechos humanos y constitucionales de diversos países, por lo que, su destinatario es todo ser humano y no admite distinciones.

La Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 25.1, determina la salud como un componente del derecho al nivel de vida adecuado, por lo que, lo relaciona con otros que inciden en su conservación y por lo tanto, deben ser asegurados, tales como la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios y seguros por enfermedad e invalidez. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) en el artículo 12 dispone “el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”, es decir, alcanzar el bienestar físico, mental y social en la mejor situación, para lo que, el Estado, debe atender las situaciones de riesgo ya detectadas; entre otras, la reducción de la mortinatalidad, de la mortalidad infantil, el sano desarrollo de los niños, la higiene del trabajo y del medio ambiente, prevención, tratamiento y lucha de enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y otras; y condiciones de asistencia y servicios médicos en caso de enfermedad, situación que se refieren a la fragilidad de grupos como los niños y la atención de la enfermedad.

Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4to. Establece: que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que, la administración pública tiene una tarea fundamental. En primer lugar, abastecer de medicinas a los hospitales públicos, para que la población más vulnerable continúe con sus tratamientos. En segundo lugar, se requiere sensibilizar a la población a través de campañas en las escuelas de educación básica y media superior; en centros de trabajo y en medios de comunicación, con temáticas de educación sexual, y los métodos para prevenirlas. Además, se debe incrementar el presupuesto para promover en las universidades del país la investigación en los mecanismos de control, incluso, antídotos de las enfermedades de transmisión sexual.

Finalmente, en casa se debe tener una comunicación con los hijos más abierta, respecto al tema de la sexualidad, que permita tener mejor informados a los adolescentes.

*Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Profesor Colaborador en la Facultad de Derecho y C.S., y Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios.

Comentarios:jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ facebook: Jorge Pinto

Amables lectores, ¡les saludo con el gusto de siempre! Una de cada 25 personas en el mundo tiene al menos una enfermedad de transmisión sexual curable. La tricomoniasis, fue la epidemia más común en más de 376 millones de infecciones destacadas entre mujeres y hombres de 15 a 49 años (hasta 2016) con 156 millones de casos; seguida de la clamidia (127 millones de casos), la gonorrea (87 millones), la sífilis (6,3 millones) que causó alrededor de 200.000 muertes fetales y neonatales en 2016, lo que la convierte, en una de las principales causas de muerte de bebés a nivel mundial, de acuerdo al último informe publicado por la Organización Mundial de la Salud.

En el caso de nuestro país, el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH y SIDA, identificó a los siguientes Estados con la mayor tasa de casos diagnosticados de Sida en 2018: Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Guerrero y Morelos. Asimismo, los Estados que tuvieron la mayor tasa de casos diagnosticados de VIH en 2018 fueron: Quintana Roo, Campeche, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

El contagio de enfermedades de transmisión sexual, se ha convertido en un problema de salud pública, que el gobierno en sus tres niveles debe atender urgentemente. Se entiende por problema de salud pública: una situación que afecta negativamente el bienestar de los individuos y de la población y puede analizarse desde su magnitud o su letalidad.http://www.udea.edu.co/wps/wcm/connect/udea/c6b7b04c-7d19-44a4-b579-9a6207bd661b/%C2%BFQu%C3%A9+es+un+problema+de+salud+p%C3%BAblica.pdf?MOD=AJPERES

La protección de la salud ha sido reconocida como un derecho humano y fundamental en los documentos de derecho internacional, de los derechos humanos y constitucionales de diversos países, por lo que, su destinatario es todo ser humano y no admite distinciones.

La Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 25.1, determina la salud como un componente del derecho al nivel de vida adecuado, por lo que, lo relaciona con otros que inciden en su conservación y por lo tanto, deben ser asegurados, tales como la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios y seguros por enfermedad e invalidez. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) en el artículo 12 dispone “el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”, es decir, alcanzar el bienestar físico, mental y social en la mejor situación, para lo que, el Estado, debe atender las situaciones de riesgo ya detectadas; entre otras, la reducción de la mortinatalidad, de la mortalidad infantil, el sano desarrollo de los niños, la higiene del trabajo y del medio ambiente, prevención, tratamiento y lucha de enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y otras; y condiciones de asistencia y servicios médicos en caso de enfermedad, situación que se refieren a la fragilidad de grupos como los niños y la atención de la enfermedad.

Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 4to. Establece: que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, por lo que, la administración pública tiene una tarea fundamental. En primer lugar, abastecer de medicinas a los hospitales públicos, para que la población más vulnerable continúe con sus tratamientos. En segundo lugar, se requiere sensibilizar a la población a través de campañas en las escuelas de educación básica y media superior; en centros de trabajo y en medios de comunicación, con temáticas de educación sexual, y los métodos para prevenirlas. Además, se debe incrementar el presupuesto para promover en las universidades del país la investigación en los mecanismos de control, incluso, antídotos de las enfermedades de transmisión sexual.

Finalmente, en casa se debe tener una comunicación con los hijos más abierta, respecto al tema de la sexualidad, que permita tener mejor informados a los adolescentes.

*Es Doctor en Derecho por la BUAP, donde se desempeña como: Profesor Colaborador en la Facultad de Derecho y C.S., y Defensor Adjunto en la Defensoría de los Derechos Universitarios.

Comentarios:jorgepinto_9@hotmail.com / Twitter: @apjorge/ facebook: Jorge Pinto

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