/ domingo 24 de noviembre de 2024

Tu derecho es mi derecho / La violencia contra mujeres es una de las violaciones de los derechos humanos más devastadoras

Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Honduras, México, Perú y Uruguay entre 2019 y 2024, señalaron que entre un 20 % y un 30 % de mujeres que viven situaciones de violencia utilizan los servicios estatales especialmente diseñados para ellas, de acuerdo al último informe de la OCDE.

La violencia contra las mujeres, de acuerdo a la Mtra. Ana Güezmes García, tiene que ver con factores como:

  • La desigualdad socioeconómica y persistencia de la pobreza en el marco de un crecimiento excluyente.
  • La división sexual del trabajo e injusta organización social del cuidado.
  • Los patrones culturales patriarcales discriminatorios y violentos y predominio de la cultura del privilegio.
  • La concentración del poder y relaciones de jerarquía en el ámbito público.

La violencia contra las mujeres, las asimetrías que existen entre géneros, así como, la adopción de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará, 1994), así como, de la Agenda Regional de Género acordada en la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe a lo largo de los últimos 47 años, ha propiciado que todos los países de América Latina y el Caribe cuenten con leyes dirigidas a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Según la OCDE 14 países han adoptado leyes integrales que amplían la comprensión y rango de acción frente a esta verdadera “pandemia en la sombra”.

En nuestro país se cuenta con legislación que establece los tipos de violencia a los que están expuestas las mujeres, en particular la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia (LGAMVLV) en su artículo 6to, identifica 5 tipos de violencia:

  • Violencia psicológica
  • Violencia física
  • Violencia patrimonial
  • Violencia económica
  • Violencia sexual
  • Cualquier otra forma análoga que, por acción u omisión, tiendan a lesionar o sean susceptibles de dañar la integridad, libertad o dignidad, de las mujeres, como la violencia obstétrica.

Asimismo, se ha armonizado la legislación para tipificar los asesinatos contra mujeres por el hecho de serlo (feminicidios), se ha establecido la paridad de género para que las mujeres tengan igualdad de oportunidades que los hombres en el servicio público, se ha legislado para que haya salarios iguales a trabajos iguales, entre otros; sin embargo, no ha sido suficiente para que, las mujeres tengan igualdad de condiciones que los hombres, no obstante para hacer realizable la igualdad y la erradicación de la violencia, todos tenemos algo que hacer; en casa, en el trabajo, en los espacios escolares, entre otros. Asimismo, la administración de justicia debe eficientizar los procesos de búsqueda de mujeres desaparecidas e incorporar observatorios que en el ámbito educativo, laboral y de atención a víctimas con la finalidad de tener información que permita medir la eficiencia y eficacia administrativa.

Mañana 25 de noviembre la Organización de las Naciones Unidas conmemora el día Internacional de la eliminación de la Violencia contra la Mujer. La violencia contra mujeres y niñas es una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas, persistentes y devastadoras del mundo actual. Conforme el Foro Económico Mundial ha indicado que aún faltan 170 años para cerrar completamente las brechas de género a nivel mundial, pero en la medida que haya más participación de todos los sectores de la sociedad, las brechas de desigualdades de género podrían reducirse en menos tiempo, contribuyendo a reducir la violencia contra las mujeres. Considero que, la sororidad también es clave en este proceso, creando redes de mujeres que caminen juntas hacia la igualdad de género, denunciando los delitos que se cometan en su contra y exigiendo sus derechos.


* Es Doctor en Derecho por la BUAP y miembro del Instituto Latinoamericano del Ombudsman.

* Sígueme en Instagram: jorgepinto_9 / X: @apjorge

Facebook: Jorge Pinto / TikTok: @jorge.pinto89

Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Honduras, México, Perú y Uruguay entre 2019 y 2024, señalaron que entre un 20 % y un 30 % de mujeres que viven situaciones de violencia utilizan los servicios estatales especialmente diseñados para ellas, de acuerdo al último informe de la OCDE.

La violencia contra las mujeres, de acuerdo a la Mtra. Ana Güezmes García, tiene que ver con factores como:

  • La desigualdad socioeconómica y persistencia de la pobreza en el marco de un crecimiento excluyente.
  • La división sexual del trabajo e injusta organización social del cuidado.
  • Los patrones culturales patriarcales discriminatorios y violentos y predominio de la cultura del privilegio.
  • La concentración del poder y relaciones de jerarquía en el ámbito público.

La violencia contra las mujeres, las asimetrías que existen entre géneros, así como, la adopción de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará, 1994), así como, de la Agenda Regional de Género acordada en la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe a lo largo de los últimos 47 años, ha propiciado que todos los países de América Latina y el Caribe cuenten con leyes dirigidas a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Según la OCDE 14 países han adoptado leyes integrales que amplían la comprensión y rango de acción frente a esta verdadera “pandemia en la sombra”.

En nuestro país se cuenta con legislación que establece los tipos de violencia a los que están expuestas las mujeres, en particular la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia (LGAMVLV) en su artículo 6to, identifica 5 tipos de violencia:

  • Violencia psicológica
  • Violencia física
  • Violencia patrimonial
  • Violencia económica
  • Violencia sexual
  • Cualquier otra forma análoga que, por acción u omisión, tiendan a lesionar o sean susceptibles de dañar la integridad, libertad o dignidad, de las mujeres, como la violencia obstétrica.

Asimismo, se ha armonizado la legislación para tipificar los asesinatos contra mujeres por el hecho de serlo (feminicidios), se ha establecido la paridad de género para que las mujeres tengan igualdad de oportunidades que los hombres en el servicio público, se ha legislado para que haya salarios iguales a trabajos iguales, entre otros; sin embargo, no ha sido suficiente para que, las mujeres tengan igualdad de condiciones que los hombres, no obstante para hacer realizable la igualdad y la erradicación de la violencia, todos tenemos algo que hacer; en casa, en el trabajo, en los espacios escolares, entre otros. Asimismo, la administración de justicia debe eficientizar los procesos de búsqueda de mujeres desaparecidas e incorporar observatorios que en el ámbito educativo, laboral y de atención a víctimas con la finalidad de tener información que permita medir la eficiencia y eficacia administrativa.

Mañana 25 de noviembre la Organización de las Naciones Unidas conmemora el día Internacional de la eliminación de la Violencia contra la Mujer. La violencia contra mujeres y niñas es una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas, persistentes y devastadoras del mundo actual. Conforme el Foro Económico Mundial ha indicado que aún faltan 170 años para cerrar completamente las brechas de género a nivel mundial, pero en la medida que haya más participación de todos los sectores de la sociedad, las brechas de desigualdades de género podrían reducirse en menos tiempo, contribuyendo a reducir la violencia contra las mujeres. Considero que, la sororidad también es clave en este proceso, creando redes de mujeres que caminen juntas hacia la igualdad de género, denunciando los delitos que se cometan en su contra y exigiendo sus derechos.


* Es Doctor en Derecho por la BUAP y miembro del Instituto Latinoamericano del Ombudsman.

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