En días recientes el usuario de X (antes Twitter), Omar Espinosa, quien en su perfil de dicha red social asegura ser arqueólogo y docente, compartió la imagen de lo que sería un oficio presuntamente emitido por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), mediante el cual se daba a conocer una tabla que contenía algunos conceptos y la cuota que se cobraría.
Su publicación se encontraba acompañada del mensaje “Pues parece que comenzarán a cobrar por sacar celular en museos y sitios arqueológicos de la red del INAH, por concepto de dispositivos no profesionales: $60”, por lo que el tema rápidamente comenzó a difundirse, generando críticas por el hecho de que los usuarios no pudieran hacer uso de sus celulares dentro de estos recintos.
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INAH responde ante supuesto cobro por el uso de celulares
Por lo anterior, la dependencia perteneciente a la Secretaría de Cultura puntualizó que en ninguno de los sitios patrimoniales que se encuentran bajo su custodia, dentro de las que figuran zonas arqueológicas, paleontológicas, museos o inmuebles históricos se encuentra prohibido el acceso del público con dispositivos como celulares, tabletas electrónicas y cámaras no profesionales.
Respecto a la imagen que viene foliada como el oficio No. 401.5C.4-2024/1287, el cual aparece emitido por la Coordinación Nacional de Recursos Financieros del mismo organismo, afirman que este es real, pero que sólo obedece a una actualización en una serie de cuotas que el instituto ha cobrado desde el 2011, aplicables sólo para videograbaciones con fines comerciales.
A su vez, el INAH reiteró que no existe ninguna prohibición para que cualquier persona pueda realizar la toma de imágenes para uso personal mediante estos dispositivos, siempre que se respeten las restricciones normativas que cada espacio establezca, además de reiterar que sólo quienes realicen grabaciones con fines comerciales deberán cubrir una cuota de 60 pesos.
Para concluir con su mensaje, la dependencia puntualizó que tanto este, como otros cobros que se realizan en dichos espacios se encuentran establecidos en la Ley Federal de Derechos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, donde incluso se encuentra establecida la finalidad que tendrán, misma que regularmente suele ser para la conservación de dichos espacios.
¿Qué otras cuotas incrementarán el INAH?
De acuerdo con el documento emitido a partir del oficio No. 349-B-192 fechado el 10 de junio de 2024 de la Secretaría de Hacienda fue autorizado el cobro de seis cuotas por concepto de Productos para el ejercicio 2024, dentro de las que figuran:
- Servicio de guardabultos en Museos. Monumentos y Zonas Arqueológicas (Museo Nacional de Antropologia y Museo Nacional de Historia) $ 10.00
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- Servicio de estacionamiento de motocicletas de 1 y 2 pasajeros (Estacionamiento Motos) (Zona Arqueológica de Teotihuacán) $ 30.00
- Servicio de estacionamiento de vehículo de hasta 10 pasajeros (Estacionamiento Autos) (Zona Arqueológica de Teotihuacán) $ 60.00
- Servicio de estacionamiento de vehículo de 11 y hasta 20 pasajeros (Estacionamiento Micros - Vans) (Zona Arqueológica de Teotihuacán) $ 100.00
- Servicio de estacionamiento de vehículos de más de 20 pasajeros (Estacionamiento Autobuses) (Zona Arqueológica de Teotihuacán) $ 200.00