Recientemente la Secretaría de Gobernación del Gobierno de México presentó las nuevas normas de verificación vehicular que entrarán en vigor en todo el país una vez que se cumpla el periodo reglamentario de haber sido aprobadas por los órganos legislativos y publicadas en el Diario Oficial de la Federación y la cual ahora incluye la revisión de condiciones fisicomecánicas.
Estas reglas se encuentran dentro de la Norma Oficial Mexicana, NOM-236-SE-2021, que recibe el nombre de “Vehículos automotores-Condiciones fisicomecánicas de los vehículos con peso bruto vehicular que no exceda 3,857 kg”, la cual considera una inspección técnica para evaluar las condiciones que debe tener un vehículo para circular de forma segura.
A esta verificación se deberán someter todos los vehículos cuyo peso bruto no supere los 3 mil 857 kilogramos pero que, si superen el peso de los 400 kilos, debido a que son unos de los rangos para poder circular bajo condiciones de seguridad, por lo que quienes tengan un peso inferior quedarán exentos de realizar este proceso, al igual que los matriculados como autos antiguos.
En la lista de vehículos que también quedarán exentos de realizar este proceso, se encuentran los vehículos que son regulados por NOM-068-SCT-2-2014, tal es el caso de las unidades de transporte terrestre-servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga, sus servicios auxiliares y transporte privado.
¿QUÉ PUNTOS CONTEMPLA LA NUEVA VERIFICACIÓN VEHICULAR?
Lo primero que estipula esta normativa es el periodo de tiempo en el que se tendrán que someterse estas unidades a una inspección técnica con la finalidad de determinar sus condiciones físico mecánicas, las cuales quedaron distribuidas de la siguiente forma:
1. Vehículos de transporte particular. 4 años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada 2 años hasta el año 9.
2. Vehículos de transporte particular de 10 o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo. Cada año.
3. Vehículos de uso intensivo. Un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo y a partir de entonces, cada año.
En cuanto a los aspectos técnicos que ahora serán revisados, además del manejo de gases contaminantes se revisará el acondicionamiento exterior, contemplado por carrocería, chasis, puertas, cofre, parabrisas, ventanas, limpiaparabrisas, lavaparabrisas, espejos, cámaras y soporte exterior de llanta auxiliar.
También será revisado el acondicionamiento interior constituido por asientos, anclajes, cinturones de seguridad, velocímetro y claxon; a la supervisión se sumará también el sistema de iluminación conformado por faros delanteros, luz de reversa, direccionales, intermitentes, luz de freno, de placa trasera, cuartos y de identificación.
La revisión incluirá el sistema de dirección a través de la alineación de llantas, volante y columna de dirección, se pondrá atención a la caja de dirección con brazos, barras y rótulas, así como la servodirección; en tanto que del sistema de suspensión se pondrá atención en ejes, barras tensoras, ruedas, rines, llantas, neumáticos, resortes, soportes amortiguadores y muelles.
Finalmente, para que un auto pueda circular debe tener eficacia en la suspensión, la barra de torsión y estabilizadora, brazos, horquillas y rótulas de suspensión, además de que se influirá el estado general del motor, batería, sistema eléctrico, sistema de alimentación del motor, sistema de escape y estado de la transmisión, así como depósitos fijos y canalizaciones para vehículos de gas.