/ martes 23 de abril de 2024

CAPUFE: ¿En qué casos se invalida la póliza de seguro en carreteras?

Este organismo señaló que hay casos en los que no podrá ayudar a los usuarios afectados

Las y los conductores que hayan pagado su peaje y circulen por alguna de las carreteras que estén a cargo de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) tienen un seguro de responsabilidad civil, de esta manera es como contarán con la oportunidad de atravesar estos tramos con mayor seguridad.

De acuerdo con este organismo, la póliza tiene dos coberturas; la primera hace referencia a los daños que puedan surgir a causa de las condiciones de la autopista, mientras que la segunda es sobre el usuario, la cual abarca los inconvenientes ocasionados por la persona que se encuentra al volante.

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En cualquiera de los casos, es necesario que los operadores de estas unidades atiendan los requisitos que se han establecido para estas situaciones, pues hay casos en los que este servicio podría quedar invalidado. Por esa razón es indispensable que se cumplan con las normas para prevenir problemas.

¿En qué casos no aplica?

Esta póliza puede ser de gran ayuda cuando se registra un choque, o cuando hay dificultades con la infraestructura de la carretera que se esté usando, por lo que solo se tendrá que marcar al 074 para recibir el apoyo.

Habrá situaciones en las que a pesar de haber cubierto el pago de la caseta correctamente podrían negarte esta atención si cumples con alguna de las siguientes características determinadas por la CAPUFE:

  • Si la persona que maneja lo hace en estado de ebriedad o bajo la influencia de alguna droga.
  • Circular a exceso de velocidad. Este dato tendrá que ser comprobado por la autoridad competente.
  • No cubre los daños causados a unidad por ciudadanos que estén participando en alguna manifestación, disturbio, alboroto, motín, actos de vandalismo o cualquier otro hecho que sea parecido.

Lo que sí cubre la póliza

Si te quedaste en el camino puedes ponerte en contacto con esta entidad para recibir el apoyo que requieres. La atención se encuentra disponible las 24 horas los 365 días del año. Estos es lo que incluyen sus dos tipos de coberturas:

De autopista:

Cubre los daños que se producen por culpa de las condiciones en las que se encuentre el camino, como puede ser la caída de barrera de paso, baches, animales, objetos, derrumbes y otros más. En estos escenarios el seguro ampara con:

  • Gastos por los daños causados al vehículo a causa del siniestro.
  • Gastos médicos de quienes viajan en el vehículo.
  • Gastos funerarios.
  • Cristales; aplicará un deducible del 25% del valor en tramos de reparación del cristal dañado, con un límite, máximo de 116 UMA

De usuario:

Son los daños que la persona asegurada provoca a la infraestructura. Aplica siempre y cuando el seguro particular del afectado haya superado el monto en el contrato. Los vehículos particulares y menores a 3.5 toneladas sin seguro deberán pagar un un deducible. Esto es lo que ampara CAPUFE:

  • Los daños que la persona usuaria responsable ocasione a terceros.
  • Gastos médicos a quienes resulten con lesiones a consecuencia del siniestro
  • Gastos funerarios a consecuencia del siniestro.
  • Daños causados a la infraestructura de la autopista.


Las y los conductores que hayan pagado su peaje y circulen por alguna de las carreteras que estén a cargo de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) tienen un seguro de responsabilidad civil, de esta manera es como contarán con la oportunidad de atravesar estos tramos con mayor seguridad.

De acuerdo con este organismo, la póliza tiene dos coberturas; la primera hace referencia a los daños que puedan surgir a causa de las condiciones de la autopista, mientras que la segunda es sobre el usuario, la cual abarca los inconvenientes ocasionados por la persona que se encuentra al volante.

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En cualquiera de los casos, es necesario que los operadores de estas unidades atiendan los requisitos que se han establecido para estas situaciones, pues hay casos en los que este servicio podría quedar invalidado. Por esa razón es indispensable que se cumplan con las normas para prevenir problemas.

¿En qué casos no aplica?

Esta póliza puede ser de gran ayuda cuando se registra un choque, o cuando hay dificultades con la infraestructura de la carretera que se esté usando, por lo que solo se tendrá que marcar al 074 para recibir el apoyo.

Habrá situaciones en las que a pesar de haber cubierto el pago de la caseta correctamente podrían negarte esta atención si cumples con alguna de las siguientes características determinadas por la CAPUFE:

  • Si la persona que maneja lo hace en estado de ebriedad o bajo la influencia de alguna droga.
  • Circular a exceso de velocidad. Este dato tendrá que ser comprobado por la autoridad competente.
  • No cubre los daños causados a unidad por ciudadanos que estén participando en alguna manifestación, disturbio, alboroto, motín, actos de vandalismo o cualquier otro hecho que sea parecido.

Lo que sí cubre la póliza

Si te quedaste en el camino puedes ponerte en contacto con esta entidad para recibir el apoyo que requieres. La atención se encuentra disponible las 24 horas los 365 días del año. Estos es lo que incluyen sus dos tipos de coberturas:

De autopista:

Cubre los daños que se producen por culpa de las condiciones en las que se encuentre el camino, como puede ser la caída de barrera de paso, baches, animales, objetos, derrumbes y otros más. En estos escenarios el seguro ampara con:

  • Gastos por los daños causados al vehículo a causa del siniestro.
  • Gastos médicos de quienes viajan en el vehículo.
  • Gastos funerarios.
  • Cristales; aplicará un deducible del 25% del valor en tramos de reparación del cristal dañado, con un límite, máximo de 116 UMA

De usuario:

Son los daños que la persona asegurada provoca a la infraestructura. Aplica siempre y cuando el seguro particular del afectado haya superado el monto en el contrato. Los vehículos particulares y menores a 3.5 toneladas sin seguro deberán pagar un un deducible. Esto es lo que ampara CAPUFE:

  • Los daños que la persona usuaria responsable ocasione a terceros.
  • Gastos médicos a quienes resulten con lesiones a consecuencia del siniestro
  • Gastos funerarios a consecuencia del siniestro.
  • Daños causados a la infraestructura de la autopista.


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