¿El patrón pueden quedarse con las propinas?, esto dice la ley

Cualquier práctica ilícita realizada por el patrón podrá ser denunciada ante las autoridades

Jesús Noé Suárez | El Sol de Puebla

  · miércoles 13 de diciembre de 2023

Es común que los patrones retengan las propinas. Foto: Freepik

Las propinas son una gratificación voluntaria que los clientes de diferentes establecimientos les dejan a los trabajadores para agradecerles por el servicio prestado. Al no ser obligatoria, los montos pueden cambiar, aunque por lo regular corresponde al 10 o 30 por ciento de todo lo que se consumió.

A través de esta aportación, los empleados tienen un ingreso extra, pero hay casos en los que esta cantidad no llega a sus manos por diversos factores, como penalización o algo similar.

Esta práctica es muy común, sin embargo no es legal, lo que quiere decir que las empresas no pueden quitarle este dinero a los trabajadores. En caso de que esto ocurra, se podrá iniciar un proceso legal en contra de la persona responsable, de esta manera las autoridades buscarán la forma de defender a todos los afectados.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre las propinas?

Las propinas son parte del salario de los empleados, por lo que es obligatorio que las reciban y nadie puede quitárselas o retenerlas, así fue como se indicó en el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Se explicó que esto es independiente del salario que reciba, es decir, que una persona debe tener una remuneración fija, además, de todo lo que junte por las gratificaciones extra que le hayan dado los clientes.

Foto: Captura de pantalla

En este sentido, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) precisó que el sueldo base no tendrá que ser inferior al mínimo, esto tomando en cuenta el parámetro anual establecido por las autoridades.

A partir del 2024 te deberán pagar esto de salario mínimo. | Foto: Freepik

Esto aplica para cualquier tipo de negocio que se dedica a la atención al cliente como restaurantes, hoteles, cafeterías, taquerías, bares, antros, casas de asistencia, bares, fondas o cualquier otro comercio parecido.

Esto significa que el patrón no puede quitarle este dinero a sus colaboradores por ningún motivo, pues tiene prohibido retenerlo por faltas o retardos, usarlo para pagar platos o vasos rotos, ocuparlo para dar sueldos, gastarlo en reparaciones, quedárselo para su uso personal o cualquier otra práctica parecida.

En el caso de repartir las propinas, la Profedet señaló que su distribución debe estar establecida en tu contrato de trabajo o en el manual de operaciones del negocio, el cual debieron mostrarte y debiste aceptar al momento de ingresar a laborar.

¿Cómo reportar a tu patrón?

En caso de que la empresa no respete tus derechos puedes reportarlo ante la Profedet al 555645 2216 y 55 3000 2700 Ext. 65394, 65334, 65388 y 65338. También puede enviar un correo a: inspeccionfederal@stps.gob.mx

De esta forma, ese organismo se encargará de brindarte asesoría especializada en caso de que quieras llegara una solución a través dela Junta de Conciliación y Arbitraje, en donde se buscará llegar a un acuerdo.

También, las autoridades tienen la facultad de realizar visitas a tu centro de trabajo para inspeccionar que todo se encuentre en orden y que los jefes respeten lo que dictan las leyes, esto podrá ser de manera ordinaria o extraordinaria.