IMSS sí asegura a trabajadores menores de edad, así lo puedes hacer el patrón

Aun siendo menor de edad cuentas con derechos y tus empleadores deben de darte de alta  

Carla Aponte | El Sol de Puebla

  · miércoles 23 de agosto de 2023

Hay ciertas restricciones para que un menor de edad para ser reconocido como trabajador ante la ley. Foto: EFE

Como trabajadores dados de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se obtienen beneficios como la atención médica, servicios hospitalarios, incapacidad si se llega a tener un accidente, ahorro para el retiro, además se empieza a cotizar en dependencias como el INFONAVIT.

Es por eso que el sistema de seguridad social busca que todos los empleados, cual sea su ramo y así sean menores de edad, cuenten con su alta para ser acreedores a todos sus derechos y obligaciones conforme a la ley.

¿Cómo dar de alta a un menor ante el IMSS?

Hay dos formas en las que se puede realizar este trámite, de manera presencial o en línea, en la primera opción se debe acudir a la Subdelegación que controla tu registro patronal en un horario de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas y en línea debes visitar el sitio idese.imss.gob.mx los 365 días del año las 24 horas.

Para el trámite en línea los documentos solicitados son:

  • Registro Patronal
  • Tipo de movimiento
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Digito verificador del NSS
  • Nombre completo del trabajador
  • Clave del trabajador
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Unidad de Medicina Familiar (UMF)
  • Salario diario integrado
  • Tipo de trabajador
  • Tipo de salario
  • Tipo de jornada
  • Fecha de movimiento

De manera presencial en alguna de las Subdelegaciones los requisitos son:

  • Aviso de Baja del Trabajador. Original y 2 copias
  • Aviso de Inscripción del Trabajador. Original y 2 copias
  • Aviso de Modificación de Salario del Trabajador. Original y 2 copias
  • Tarjeta de Identificación Patronal (TIP). Original
  • Sistema de Acopio Interactivo de Información Afiliatoria (SAIIA-01). Original y copia
  • Archivo con la estructura establecida por el IMSS y a través de la aplicación DISPMAG

La Secretaría de Salud de Puebla firmó el convenio para adherirse al programa federal IMSS-Bienestar. Foto: EFE

Restricciones para trabajadores menores de edad

Cabe aclara que hay ciertas restricciones para que un menor de edad para ser reconocido como trabajador ante la ley, lo primero que debe cumplir es ser mayor de 15 años; además de contar con un permiso de los padres o tutores legales.

El interesado en obtener el empleo debe presentar un certificado médico donde se observe que se encuentra en condiciones aptas para desempeñar el trabajo y tiene que haber concluido la educación primaria, a menos que quien otorga el puesto no lo requiera.

Para los empleadores, deben tener en cuenta que los trabajadores de entre 15 a 16 años solo pueden tener jornadas máximas de seis horas en intervalos de máximo 3 y una hora de descanso, de igual manera quedan prohibidas las horas extras, laborar en domingos o en sus días de descanso.

Además, queda estipulado que no tienen permiso de laborar en establecimiento no industriales después de las 10 de la noche ni en condiciones peligrosas o insalubres y tampoco en lugares de venta de bebidas alcohólicas de consumo inmediato como los bares.