Ley Olimpia: ¿Es posible denunciar imágenes intimas creadas con inteligencia artificial?

La Ley Olimpia castiga la violación a la intimidad sexual realizada por medio de material audiovisual con el fin de afectar a la victima

Carla Aponte / El Sol de Puebla

  · jueves 10 de octubre de 2024

Luego de pasar por diversos congresos locales, se logró homologar en todo el territorio nacional. Foto: Archivo / El Sol de Puebla

Luego que se hiciera público el caso de la Senadora Andrea Chávez en el que un caricaturista de un reconocido periódico difundiera imágenes suyas de carácter sexual realizadas con Inteligencia Artificial (IA) se informó que procederá legalmente con la llamada Ley Olimpia.

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A pesar que el acuso a afirmado no haber realizado por su cuenta el material, la ley reconoce la distribución, difusión y exhibición del mismo como conductas que violentan, por lo que las acciones legales pueden proceder en su contra.

La activista poblana Olimpia Coral Melo dio un paso hacia adelante con la ley que lleva su nombre y creó la plataforma Olimpia IA. Foto: Graciela López Herrera / Cuartoscuro.com

¿Se puede denunciar la creación de Imágenes intimas con IA?

El conjunto de normas legislativas mejor conocido como Ley Olimpia refiere a las sanciones penales para todas aquellas personas que difunda material intimo sin consentimiento de la persona implicada, se encuentra vigente a nivel nacional y es aplicable para todas las personas en territorio mexicano.

De acuerdo con su ficha técnica, se considera una falta a la intimidad sexual: Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

Dejando en claro que cualquier tipo de alteración a una fotografía, edición, o creación por medio de herramientas como la inteligencia artificial queda estrictamente prohibido y las personas que realicen el material ya sean imágenes, videos o audios serán acreedores a una condena o sanciones económicas según lo determine un juez.

Son consideradas conductas que atentan: Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

¿Cuáles son los castigos de la Ley Olimpia?

Luego de pasar por diversos congresos locales, se logró homologar en todo el territorio nacional, mencionando en el Código Penal Federal sanciones van de 3 a 6 años de prisión o una pena monetaria que va de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a $108.57 pesos este 2024, es decir entre $54,285 a $108,570 pesos mexicanos.

Si has sido víctima puedes realizar una denuncia en el Ministerio Publico de tu cuidad con la información necesaria como las pruebas de la difusión del material, así como las o los presuntos responsables de esta violación a la intimidad sexual.

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Otros países de Latinoamérica han replicado la Ley Olimpia en sus códigos penales, siendo Panamá el ultimo con 47 votos a favor y 0 en contra el pasado 9 de octubre, en Argentina fue aprobada en 2023 y fue bautizada como “Ley Belén”, en memoria de una mujer policía quien luego de que su ex pareja difundiera imágenes intimas con el fin de extorsionarla, terminó con su vida.