Es normal que antes de contratar a una persona primero tenga que pasar por un periodo de prueba, en el que el empleador determinará si cuenta con los necesario para desempeñarse en cierto puesto de forma indeterminada. De esta forma es como después se podrá hacer formal la relación laboral sin ningún inconveniente.
Sin embargo, hay varias empresas que otorgan un bajo salario durante estos días, en algunos casos ni siquiera les pagan, esto con el argumento de que recibirán el dinero que les corresponde si es que acreditan toda esta fase de forma satisfactoria y son contratados, por lo que mucha gente no tiene de otra más que aceptar.
- Continuar leyendo: ¿Te pueden despedir por retardos?, esto es lo que debes tomar en cuenta
Este tipo de conductas no están permitidas según lo que viene marcado en la Ley Federal del Trabajo (LFT); lo que quiere decir que podrán tener problemas los patrones que no paguen estas primeras semanas. Si te encuentras en esta situación, a continuación te daremos todos los detalles que necesitas al respecto.
¿Te deben pagar en los periodos de prueba?
De acuerdo con el artículo 39-A de la LFT los periodos de prueba tienen que pagarse de manera normal, es decir, con el salario que le corresponde a cada empleado, por lo que no podrá ser menor a lo prometido.
Esto significa que si a una persona le ofrecieron 8 mil pesos al mes tendrá que recibirlos desde que el empiece a prestar sus servicios; no importa si aún no supera la etapa en la que determinarán si se quedará en ese puesto de forma indeterminada.
También queda prohibido no pagarle al trabajador durante los días de prueba. Los patrones que incumplan con estos apartados pueden ser reportados con las autoridades, pues así se podrá exigir que se entregue el dinero que le toca.
También te corresponden prestaciones
Es normal que muchas empresas tampoco quieran dar prestaciones, por lo que le dicen a los empleados que al contratarlos de manera oficial podrán darles todo ese tipo de derechos marcados en la ley.
Pero en ese mismo artículo se resaltó que desde que empiece una persona a trabajar, sin importar que sea periodo de prueba a no, tiene que estar dado de alta dentro del Seguro Social, además, deberá obtener todas las prestaciones.
En la LFT se indicó que esta etapa “no podrá exceder de treinta días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que se solicita”.
Aunque esta fase no puede ser mayor a los 30 días, hay casos en los puede llegar hasta los 180, pero solo cuando se trate de puestos en dirección, gerenciales y demás vacantes similares, así como para desempeñar labores técnicas o profesionales especializadas.