/ viernes 29 de abril de 2022

¿Te pueden embargar por no pagar el impuesto predial?

Existen diversos programas de apoyo para poder cumplir con esta obligación ciudadana mediante incentivos y descuentos

Uno de los impuestos que más dolores de cabeza causan es el del predial, pese que la frecuencia con la que se tiene que cubrir es anual y a que comúnmente se cuentan con descuentos previos, así como por lo menos dos meses para que los ciudadanos puedan cumplir con esta obligación, pero. ¿qué pasa si el propietario de un bien inmueble no realiza este pago?

Lo primero que hay que puntualizar es que esta obligación ciudadana aplica para todo dueño de una propiedad, ya sea inmuebles habitacionales, no habitacionales y sin construcción, cuyo recurso recaudado se destina al desarrollo urbano de las ciudades, a través de mejoras como pavimentación, alumbrado público, y el servicio de recolección de basura.

El cálculo de este monto parte del valor catastral que tiene un inmueble, compuesto a su vez por el valor del suelo, que depende de la ubicación que tenga el terreno, así como el valor de la construcción, que se establece con base a características como cuántos pisos tiene, la superficie del terreno, de construcción y antigüedad de la construcción.

¿CUÁL ES LA CONSECUENCIA DE NO PAGAR EL IMPUESTO PREDIAL?

Los efectos de no cubrir el pago del impuesto predial son distintos, dependiendo de la persona y los motivos por los que no se haya dado cumplimiento a esta obligación, además de que se consideran el tiempo de la deuda, el monto a cubrir y las normativas de cada gobierno municipal, que son los encargados de hacer el cobro de los mismos.

El primer caso es que, si sólo te atrasaste en el tiempo de pago, pero te encontrabas al corriente con este impuesto, la consecuencia es la imposición de multas y/o recargos, pero en caso de que se detecte que el monto aumentó de una manera considerable, el ayuntamiento tiene la facultad de iniciar un proceso de embargo de dicha propiedad.

Cabe señalar que, para evitar llegar a estas medidas extremas, año con año se realizan campañas de regularización que contemplas descuentos, condonación de multas y recargos, así como el pago diferido a meses sin intereses e incluso se puede acceder a alguna negociación.

Es importante indicar que, en el caso de personas bajo la figura de jubilados, pensionados y adultos mayores, regularmente pueden acceder a tarifas especiales para poder cumplir con el pago del impuesto predial, considerando que este grupo social tienen ingresos limitados.

Finalmente, es importante puntualizar que en caso de que vayas a realizar una obra mayor en tu vivienda, requerirás de estar al corriente en el pago del impuesto predial para poder obtener la autorización correspondiente de las autoridades, de lo contrario el no contar con este documento te puede hacer acreedor a otras multas.

Uno de los impuestos que más dolores de cabeza causan es el del predial, pese que la frecuencia con la que se tiene que cubrir es anual y a que comúnmente se cuentan con descuentos previos, así como por lo menos dos meses para que los ciudadanos puedan cumplir con esta obligación, pero. ¿qué pasa si el propietario de un bien inmueble no realiza este pago?

Lo primero que hay que puntualizar es que esta obligación ciudadana aplica para todo dueño de una propiedad, ya sea inmuebles habitacionales, no habitacionales y sin construcción, cuyo recurso recaudado se destina al desarrollo urbano de las ciudades, a través de mejoras como pavimentación, alumbrado público, y el servicio de recolección de basura.

El cálculo de este monto parte del valor catastral que tiene un inmueble, compuesto a su vez por el valor del suelo, que depende de la ubicación que tenga el terreno, así como el valor de la construcción, que se establece con base a características como cuántos pisos tiene, la superficie del terreno, de construcción y antigüedad de la construcción.

¿CUÁL ES LA CONSECUENCIA DE NO PAGAR EL IMPUESTO PREDIAL?

Los efectos de no cubrir el pago del impuesto predial son distintos, dependiendo de la persona y los motivos por los que no se haya dado cumplimiento a esta obligación, además de que se consideran el tiempo de la deuda, el monto a cubrir y las normativas de cada gobierno municipal, que son los encargados de hacer el cobro de los mismos.

El primer caso es que, si sólo te atrasaste en el tiempo de pago, pero te encontrabas al corriente con este impuesto, la consecuencia es la imposición de multas y/o recargos, pero en caso de que se detecte que el monto aumentó de una manera considerable, el ayuntamiento tiene la facultad de iniciar un proceso de embargo de dicha propiedad.

Cabe señalar que, para evitar llegar a estas medidas extremas, año con año se realizan campañas de regularización que contemplas descuentos, condonación de multas y recargos, así como el pago diferido a meses sin intereses e incluso se puede acceder a alguna negociación.

Es importante indicar que, en el caso de personas bajo la figura de jubilados, pensionados y adultos mayores, regularmente pueden acceder a tarifas especiales para poder cumplir con el pago del impuesto predial, considerando que este grupo social tienen ingresos limitados.

Finalmente, es importante puntualizar que en caso de que vayas a realizar una obra mayor en tu vivienda, requerirás de estar al corriente en el pago del impuesto predial para poder obtener la autorización correspondiente de las autoridades, de lo contrario el no contar con este documento te puede hacer acreedor a otras multas.

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