/ viernes 18 de octubre de 2024

Afore: ¿Quiénes pueden ser beneficiarios al morir el titular?

Cuando el titular de la cuenta afore fallece, todo lo acumulado en sus ahorros se heredan a sus beneficiarios quienes podrán disponer de este dinero

Durante toda la vida laboral, el trabajador acumula dinero en su cuenta de Afore, sin embargo, cuando este llega a fallecer esos recursos se pueden heredar a sus beneficiarios, pero quiénes pueden ser estos y cómo podrían recibir los recursos, no importando si la persona cotizó en el IMSS o ISSTE, y en esta nota te lo decimos.

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De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), cuando el titular de la cuenta afore fallece, todo lo acumulado en sus ahorros se heredan a sus beneficiarios quienes podrán disponer de este dinero.

Los tipos de beneficiarios que existen

En este sentido, según el órgano administrativo existen dos tipos de beneficiarios, y de pendiendo de esto, serán los derechos que tienen para disponer de este recurso:

Beneficiarios legales: Los recursos a los que tendrán derecho son aquellos que se destinarán a una pensión y de cumplir con los requisitos se entregará el dinero de esta forma, como una pensión; no obstante, si se trata de menores de edad o si el dinero acumulado no es suficiente, entonces se pagará en una sola exhibición. Según la Consar, este tipo de beneficiarios pueden ser:

  • La viuda o viudo (si el último dependió de la trabajadora)
  • Los hijos menores de 16 años (o hasta los 25 años si están estudiando en planteles del sistema educativo nacional)
  • A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario (si este último dependió económicamente de la persona trabajadora)
  • A falta de cónyuge, hijos, hijas o concubinario, los beneficiarios legales serían cada uno de los ascendientes del trabajador si dependían económicamente del trabajador)

Beneficiarios designados: En este caso, son aquellas personas que no tienen un parentesco con el trabajador y los recursos que reclamarán no serán a través de una pensión. La Consar informa que este caso:

A falta de beneficiarios legales, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto

  • Los designa directamente el trabajador en la AFORE
  • No necesariamente tiene que ser un familiar
  • Pasos que debe seguir el beneficiario para recuperar el dinero del Afore de un fallecido

De acuerdo con la información emitida por la Consar, lo primero que deben de hacer los beneficiarios es acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del ISSSTE, para emitir la resolución de pensión que corresponda.

En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberá acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que le designa como beneficiario o bien, acuda a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría jurídica gratuita.

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Después de esto, deberá acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido y llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora y una vez procesada la solitud, la AFORE pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes al régimen pensionario, en una sola exhibición.

Durante toda la vida laboral, el trabajador acumula dinero en su cuenta de Afore, sin embargo, cuando este llega a fallecer esos recursos se pueden heredar a sus beneficiarios, pero quiénes pueden ser estos y cómo podrían recibir los recursos, no importando si la persona cotizó en el IMSS o ISSTE, y en esta nota te lo decimos.

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De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), cuando el titular de la cuenta afore fallece, todo lo acumulado en sus ahorros se heredan a sus beneficiarios quienes podrán disponer de este dinero.

Los tipos de beneficiarios que existen

En este sentido, según el órgano administrativo existen dos tipos de beneficiarios, y de pendiendo de esto, serán los derechos que tienen para disponer de este recurso:

Beneficiarios legales: Los recursos a los que tendrán derecho son aquellos que se destinarán a una pensión y de cumplir con los requisitos se entregará el dinero de esta forma, como una pensión; no obstante, si se trata de menores de edad o si el dinero acumulado no es suficiente, entonces se pagará en una sola exhibición. Según la Consar, este tipo de beneficiarios pueden ser:

  • La viuda o viudo (si el último dependió de la trabajadora)
  • Los hijos menores de 16 años (o hasta los 25 años si están estudiando en planteles del sistema educativo nacional)
  • A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario (si este último dependió económicamente de la persona trabajadora)
  • A falta de cónyuge, hijos, hijas o concubinario, los beneficiarios legales serían cada uno de los ascendientes del trabajador si dependían económicamente del trabajador)

Beneficiarios designados: En este caso, son aquellas personas que no tienen un parentesco con el trabajador y los recursos que reclamarán no serán a través de una pensión. La Consar informa que este caso:

A falta de beneficiarios legales, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto

  • Los designa directamente el trabajador en la AFORE
  • No necesariamente tiene que ser un familiar
  • Pasos que debe seguir el beneficiario para recuperar el dinero del Afore de un fallecido

De acuerdo con la información emitida por la Consar, lo primero que deben de hacer los beneficiarios es acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del ISSSTE, para emitir la resolución de pensión que corresponda.

En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberá acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que le designa como beneficiario o bien, acuda a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría jurídica gratuita.

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Después de esto, deberá acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido y llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora y una vez procesada la solitud, la AFORE pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes al régimen pensionario, en una sola exhibición.

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