Con la llegada de las fiestas decembrinas, los empleados tienen que recibir el aguinaldo, que es una prestación reconocida ante la Ley Federal del Trabajo (LFT), que equivale a por lo menos 15 días de salario, y debe ser pagada antes del 20 de diciembre. De esta manera se busca que las personas tengan un monto especial para gastar en estas fechas.
Esta paga comenzó como una costumbre a la que diferentes empresas se sumaron de manera voluntaria, en caso de México, se hizo obligatoria en la década de los 70’s. A partir de ese momento, los trabajadores han obtenido este dinero, y en caso contrario, hay instituciones que pueden ayudarlos para que se cumpla con lo establecido.
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No obstante, en algunos casos la gente suele pensar que la incapacidad por maternidad o paternidad puede generar efectos en el pago del aguilando, es decir, que al final lo que se obtenga sea menor. Si te encuentras en esta situación, o quieres tener más detalles al respecto, a continuación, te diremos lo que debes saber.
¿Te toca aguinaldo si tuviste incapacidad por maternidad o paternidad?
Las mujeres que tengan una incapacidad por maternidad, que corresponde a 84 días, que se pueden tomar tanto en el periodo prenatal como el postnatal, y los hombres que hagan uso de esta prestación por paternidad que son 5 días laborales, tienen derecho a recibir el aguinaldo completo.
De acuerdo con la LFT, este tipo de incapacidad se cuenta como día laboral normal, es decir, no se cuenta como falta o cese de actividades, por ese motivo, los empleados que se hayan ausentado para recibir a sus hijos tendrán este pago a fina de año sin ninguna modificación.
“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo”, se precisó en el artículo 87.
Las personas que tengan problemas con este depósito pueden acercarse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet). Este organismo, detalló que no importa en que situación se encuentre la empresa o si tiene problemas, pues igual tiene la obligación de dar el aguinaldo.
Para denunciar, los trabajadores de Puebla cuentan con una oficina en la Avenida 31 Poniente 2904, en la colonia El Vergel, mientras que en el resto de la República Mexicana hay 47 representaciones. Los números son 911 7877, 800 717 2942 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741 o a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.