Llegó diciembre y con él, las fechas de comprar regalos organizar las cenas y reuniones de fin de año, comprar ropa nueva para lucir en los mismos o por qué no, liquidar las diferentes deudas que se acumularon a lo largo del año y para este fin muchos destinan una parte del llamado aguinaldo.
Este recurso es un derecho de al que tienen derecho todos los que se encuentra activos laboralmente en México bajo el tipo de subordinación a un patrón.
Este monto se encuentra establecido en la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87, beneficio que incluso deben recibir quienes aún no hayan cumplido un año de servicio.
Sobre la fecha en que los trabajadores deberán recibir este beneficio, depende de la empresa y sus finanzas, pues algunas incluso dividen el monto en dos partes a fin de apoyar a que el trabajador no se quede sin recursos para el fin de año.
Por otra parte, hay quienes también lo adelantan con la finalidad de que los empleados puedan acceder a diversos productos en el marco del “Buen Fin”.
Así que en cuanto a la fecha del comienzo de la entrega de este recurso depende de cada compañía, pero en lo que se encuentra homologado es en la fecha límite que es el próximo 20 de diciembre.
¿QUÉ SUCEDE SI NO RECIBO EL PAGO DEL AGUINALDO EN LA FECHA LÍMITE?
En caso de que después del 20 de diciembre las empresas hayan evadido el pago del aguinaldo a sus trabajadores, deberán cumplir una sanción de entre 50 y 500 UMAS, por lo que en el periodo de un año el empleado debe reclamar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje Federal o Local, los Tribunales Laborales Federales o Locales o los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Cabe señalar que los trabajadores eventuales también deben ser contemplados para el pago de esta prestación, siendo la única excepción los trabajadores contratados por honorarios.
Otro caso en el que los trabajadores tienen derecho a este beneficio es cuando los trabajadores renuncien antes del 20 de diciembre, al igual que lo debe recibir un empleado si es despedido.
Así mismo la ley estipula que los trabajadores no pueden renunciar a su derecho a recibir el aguinaldo, además de que este recurso no puede ser tomado por la empresa, salvo los descuentos establecidos en la Ley.
Finalmente, sobre el pago, según estipula la ley el aguinaldo debe ser entregado en moneda nacional y no podrá canjearse por algún producto y tú ¿ya sabes en qué utilizarás este dinero?