¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 1 de Octubre?

Fue a partir de este año que, el Senado de la República añadió un nuevo día de suspensión oficial, gracias a una modificación en la Ley Federal del Trabajo (LFT)

Mary Carmen M. Ávila / El Sol de Puebla

  · martes 24 de septiembre de 2024

Esto deberán de pagarte si trabajas el próximo 1 de Octubre. Foto: Freepik @pch.vector

En menos de una semana se llevará a cabo el cambio de poder en la presidencia de México, pues será el próximo 1 de octubre cuando la presidenta electa, Claudia Sheinbaum llegue al Poder Ejecutivo, una fecha que, a partir de este 2024 se añadirá como un día de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos, pero, en caso de trabajarlo ¿Cuánto te deben de pagar? En esta nota te lo decimos.

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Fue a partir de este año que, el Senado de la República añadió un nuevo día de suspensión oficial, gracias a una modificación en la Ley Federal del Trabajo (LFT), luego de que se eliminara el 1 de diciembre, fecha en la que años anteriores tomaba posesión el nuevo presidente de la República Mexicana.

De esta manera, según la propuesta avalada por la Cámara alta, esta fecha nueva no sólo implicará un día de cambio de liderazgo en el gobierno federal, sino también un momento de descanso, reflexión y preservación de la herencia cultural, cívica y política, para que la nación se una en torno a la celebración de la democracia.

De esta forma es como el martes 1 de octubre será un día de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos, dedicado a la ceremonia de transición presidencial, un evento de gran relevancia para el país que se repetirá en esta fecha, pero cada seis años.

No obstante, en caso de que los jefes o la empresa para la que se presta servicio, no detenga sus actividades y obligue a sus empleados a laborar, es necesario que estos conozcan el monto extra que deben de recibir, en caso de que se cumpla con normalidad su jornada laboral en dicha fecha.

Así debe de ser tu pago si laboras el 1 de octubre

De acuerdo con lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de descanso obligatorio deberán ser pagados de forma completa, aún y cuando las personas no acudan a trabajar. De esta manera, para aquellos empleados que sí deban acudir a laborar en un día oficial de asueto, por ley, tendrán que recibir una gratificación especial.

El día inhábil es obligatorio. Foto: Daniel Augusto / Cuartoscuro

En este sentido, el artículo 75 de la LFT establece que todos aquellos trabajadores que cumplan con su jornada en un día de descanso obligatorio deberán recibir un pago doble adicional a su salario habitual.

Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, se lee.

Dicha determinación, significa que el trabajador deberá de recibir un pago triple por asistir a laborar el próximo 1 de octubre; esto quiere decir que, de manera hipotética (como ejemplo), si un empleado gana 500 pesos por día y acude a trabajar el siguiente martes, deberá de recibir esta cifra más mil pesos más adicionales como compensación, lo que será un total de mil 500 pesos.

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En caso de que no se reciba este pago como dicta la ley, los inconformes pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), institución encargada de velar por los derechos de los trabajadores de forma gratuita.