/ martes 22 de junio de 2021

Esta es la multa por incumplir con declaración anual del ejercicio fiscal 2020 ante el SAT

Las sanciones también pueden incluir recargos e incluso dejar inactivo el servicio de facturación para los establecimientos

El pasado 31 de mayo, fue el último día para presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2020. Si no se cumplió con la obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede poner sanciones como multas, recargos e incluso dejar inactivo el servicio de facturación para los establecimientos.

Sobre el tema, Gonzalo Xavier Pérez Jiménez, síndico titular del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla (CCPEP) ante en el SAT Puebla 2, dio a conocer que las personas físicas que no hayan presentado su declaración pueden ser acreedoras a una multa que va de los mil 500 pesos a los 38 mil pesos.

El monto a pagar, se define de acuerdo al tipo de contribuyente, al régimen con el que está sujeto, así como cuales son las obligaciones fiscales que se van a declarar ante el organismo.

Otra de las consecuencias de la omisión, es que puede haber recargos por cada mes que pase. Sobre esto, se sabe que en el primer mes el pago sería del 1.47 por ciento, y en un año podría alcanzar el 17.64 por ciento.

El dinero exacto a pagar, se define de acuerdo al saldo a cargo que tengan las personas físicas, es decir, si debe mil pesos y tiene un mes de atraso, tendrá que dar 14 pesos extras.

“Si no presentaron su declaración, está claro que tendrán una multa, las cuales son demasiado altas. (…) En cuestión del recargo, puede parecer muy poco lo que se paga, pero el problema es que el monto a liquidar aumenta por cada mes que pase y se define de acuerdo a la cantidad que se deba. (…) La deuda puede llegar a ser muy fuerte, que incluso puede ser más alto que los propios intereses de un banco”, precisó.

En el caso de las personas que no tengan un saldo a cargo, pero que tampoco cumplieron con la obligación, únicamente tendrán que pagar el monto por la multa antes mencionada.

Gráfico: Mariana Rojas | El Sol de Puebla

Gonzalo, precisó que el problema más fuerte de seguir haciendo caso omiso en la presentación de la declaración, es que el organismo puede tener la facultad de congelar los certificados de sello digital de algún negocio (servicio de facturación).

“Para mí, que me pongan restricciones en mi proceso de facturación es el castigo más grande, pues la mayor parte de los clientes pueden llegar a hacer compras grandes, pero si no se le factura, van a buscar a otro proveedor”, agregó.

CONSEJOS

El experto en el tema, dio a conocer una serie de consejos para que las personas que no hayan presentado a tiempo su declaración, puedan hacerla sin ningún problema.

En este sentido, dijo que aunque ya haya pasado el plazo, se puede cumplir con la obligación sin ser acreedor a un castigo, siempre y cuando, se haga antes de que el organismo les notifique por escrito o lo pida de manera formal.

Por ello, invitó a toda la población que se encuentra en esta situación, a presentar su declaración lo antes posible. Para esto, dijo que si no tienen conocimiento de cómo se presenta, acudan con un experto en materia tributaria, o la misma autoridad tiene la facultad de apoyar en el tema.

“Cumplan lo antes posible, pues será más barato estar desfasado por un mes, que después de cinco meses. (…) Esto podría afectar de manera importante sus finanzas”, concluyó.

El pasado 31 de mayo, fue el último día para presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2020. Si no se cumplió con la obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede poner sanciones como multas, recargos e incluso dejar inactivo el servicio de facturación para los establecimientos.

Sobre el tema, Gonzalo Xavier Pérez Jiménez, síndico titular del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla (CCPEP) ante en el SAT Puebla 2, dio a conocer que las personas físicas que no hayan presentado su declaración pueden ser acreedoras a una multa que va de los mil 500 pesos a los 38 mil pesos.

El monto a pagar, se define de acuerdo al tipo de contribuyente, al régimen con el que está sujeto, así como cuales son las obligaciones fiscales que se van a declarar ante el organismo.

Otra de las consecuencias de la omisión, es que puede haber recargos por cada mes que pase. Sobre esto, se sabe que en el primer mes el pago sería del 1.47 por ciento, y en un año podría alcanzar el 17.64 por ciento.

El dinero exacto a pagar, se define de acuerdo al saldo a cargo que tengan las personas físicas, es decir, si debe mil pesos y tiene un mes de atraso, tendrá que dar 14 pesos extras.

“Si no presentaron su declaración, está claro que tendrán una multa, las cuales son demasiado altas. (…) En cuestión del recargo, puede parecer muy poco lo que se paga, pero el problema es que el monto a liquidar aumenta por cada mes que pase y se define de acuerdo a la cantidad que se deba. (…) La deuda puede llegar a ser muy fuerte, que incluso puede ser más alto que los propios intereses de un banco”, precisó.

En el caso de las personas que no tengan un saldo a cargo, pero que tampoco cumplieron con la obligación, únicamente tendrán que pagar el monto por la multa antes mencionada.

Gráfico: Mariana Rojas | El Sol de Puebla

Gonzalo, precisó que el problema más fuerte de seguir haciendo caso omiso en la presentación de la declaración, es que el organismo puede tener la facultad de congelar los certificados de sello digital de algún negocio (servicio de facturación).

“Para mí, que me pongan restricciones en mi proceso de facturación es el castigo más grande, pues la mayor parte de los clientes pueden llegar a hacer compras grandes, pero si no se le factura, van a buscar a otro proveedor”, agregó.

CONSEJOS

El experto en el tema, dio a conocer una serie de consejos para que las personas que no hayan presentado a tiempo su declaración, puedan hacerla sin ningún problema.

En este sentido, dijo que aunque ya haya pasado el plazo, se puede cumplir con la obligación sin ser acreedor a un castigo, siempre y cuando, se haga antes de que el organismo les notifique por escrito o lo pida de manera formal.

Por ello, invitó a toda la población que se encuentra en esta situación, a presentar su declaración lo antes posible. Para esto, dijo que si no tienen conocimiento de cómo se presenta, acudan con un experto en materia tributaria, o la misma autoridad tiene la facultad de apoyar en el tema.

“Cumplan lo antes posible, pues será más barato estar desfasado por un mes, que después de cinco meses. (…) Esto podría afectar de manera importante sus finanzas”, concluyó.

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