Infonavit: ¿Es cierto que los intereses del crédito pueden desaparecer?

Los créditos dentro de este instituto vienen con una tasa de interés que se debe pagar periódicamente

Jesús Noé Suárez / El Sol de Puebla

  · miércoles 23 de octubre de 2024

Aunque la relación laboral termine los pagos deben continuar. Foto: Crisanta Espinosa / Cuartoscuro

Al solicitar algunos de los servicios que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), se debe cubrir la deuda de forma mensual. Por lo regular, estas aportaciones se realizan de manera automática mediante retenciones directas que se hacen en la nómina de la o el empleado.

Aunque la relación laboral termine, los pagos deben continuar, solo que ahora por cualquiera de los mecanismos externos que ofrece este organismo. Al cumplir en tiempo y forma con esta responsabilidad se podrán evitar problemas y el financiamiento se podrá cubrir sin que se genere ningún tipo de inconveniente.

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Es importante señalar que estos créditos incluyen una tasa de interés, lo que quiere decir que se deberá entregar un monto extra con cada mensualidad. Lo que aplica para sus distintos servicios, como comprar una casa, adquirir un terreno, construir o hacerle mejoras a una vivienda.

De 2019 a julio de 2024, 36 mil 047 personas han convertido su crédito, por lo que les han descontado de manera conjunta un total de 2 mil 356 millones de pesos. Foto: Archivo / El Sol de Puebla

¿Los intereses pueden irse?

Los intereses del Infonavit nunca desaparecen, ya que estarán vigentes durante todo el tiempo que dure la deuda. Sin embargo, es posible que con el tiempo disminuya la cantidad extra que se deba entregar, aunque solo será así si se cumplen con los depósitos correctamente.

A través de su cuenta de X, antes Twitter, los representantes de este organismo explicaron que al comienzo del financiamiento, gran parte de las aportaciones que se entregan son para cubrir los intereses.

Esto quiere decir que con los primeros pagos solo se paga una pequeña parte de lo que se pidió prestado. Por ese motivo señalaron que es indispensable estar al corriente y no atrasarse para que la deuda no crezca.

Por otro lado, una forma en la que se puede terminar más rápido con este compromiso es pagar una mensualidad mayor a la que corresponde, lo que ayudará a que el crédito se termine antes de lo esperado y se paguen menos intereses.

El monto exacto de descuento dependerá de su nivel de ingresos; quienes ganen menos, recibirán un descuento mayor. Foto: Archivo / El Sol de Puebla

¿Qué pasa si te atrasas con los pagos?

Si alguien deja de cubrir esta deuda los intereses se acumularán, al igual que las mensualidades, lo que generará problemas en su historial de crédito, lo que podría afectar su patrimonio si no se busca una solución.

Existe algunas alternativas como aplicar para el programa Fondo de Protección de Pagos, que pueden solicitar los trabajadores que por algún motivo se quedaron sin su fuente de ingresos, lo que les ayudará a ponerse al corriente.

En caso de que esta opción ya no esté disponible, es posible unirse al programa ‘Borrón y Cuenta Nueva por Convenio Privado’, con el que se puede sumar el saldo del crédito, las mensualidades no pagadas y los intereses, para que así se puedan retomar los pagos.

Con esta reestructura se podrá pagar el mismo monto que se tenía al inicio, aunque por más tiempo. Es importante señalar que se deben cumplir con diferentes requisitos, que son los siguientes:

  • Tienes de 1 a 9 mensualidades sin pagar.
  • Has agotado el Fondo de Protección de Pagos (Seguro de desempleo).
  • Alcanzas a pagar el crédito en el plazo que se estableció inicialmente en tu contrato.
  • Tu crédito no se encuentra en proceso jurídico por falta de pago.
  • No cuentas con una reestructura vigente.
  • Aún te faltan mínimo 12 mensualidades por pagar.

La reestructuración se puede solicitar hasta dos veces por año. Este beneficio opera distinto para cada caso, ya que existen algunas condiciones que así lo dictan, a continuación te daremos los detalles de cada una:

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  • Si tu crédito tiene entre una y dos mensualidades sin pagar, es decir está vigente, se te podrá aplicar el monto de una mensualidad (sin incluir seguros ni comisiones).
  • Si tu crédito tiene de tres a nueve mensualidades sin pagar, es decir está vencido, se te podrá otorgar el monto de los intereses generados a partir de la tercera mensualidad, y por el tiempo que no hayas pagado tu crédito.