/ viernes 24 de mayo de 2024

Prima de antigüedad, ¿qué trabajadores deben recibirla y en qué casos?

La prima de antigüedad incluso puede otorgarse a los beneficiarios cuando el trabajador fallece

Dentro de los derechos que tienen los trabajadores y a los que pueden tener acceso por una larga estadía en un centro laboral se encuentra la prima de antigüedad, una de la que poco se escucha y que muchas veces los empleados no saben que tienen acceso, en especial cuando se retiran o son despedidos.

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Basta decir que la prima de antigüedad es una a la que tienen derecho los trabajadores de planta, pero para la que se deben de cumplir algunas normas, la más importante de ellas es el tener al menos 15 años de antigüedad en un empleo.

En qué casos debe pagarse la prima de antigüedad

De igual forma, es una que se otorga cuando es despedido de manera justificada o injustificadamente, aquí sin importar si se cumple con la regla de los 15 años. También, en los casos en donde el empleado decide llevar el caso a conciliación y arbitraje, puede pelear porque se le sea pagada la prima de antigüedad como parte del acuerdo.

Otro de los escenarios en donde este derecho puede pagarse es cuando el trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, fallece, por lo que la prima de antigüedad será pagada a las personas que tenga inscritas como beneficiarios.

Para entenderlo mejor, solo no se paga la prima vacacional cuando es la persona la que renuncia de manera voluntaria y no cumple con el requisito de 15 años dentro de la empresa, al no tener el mínimo de años.

¿Cómo se paga la prima de antigüedad?

Es en el artículo 162 de la Ley del Trabajo en donde se encuentra sustentado el derecho a la prima de antigüedad y en este se explica la forma en que se pagará en los casos en donde aplique.

Al respecto, la ley señala que consiste en el importe de doce días de salario, por cada año de servicio. Pero, para determinar el monto del salario, se tomará lo dispuesto en los artículos 485 y 486, es decir, lo de dos salarios mínimos del año que corresponda.

Si fuera para este 2024, el salario mínimo es de 248.93 pesos y, multiplicado por dos, da como límite por día de 497.86 pesos. En caso de que el salario del empleado sea mayor que esto, se tomará la cifra de 497.86 pesos para calcularlo.

De esta forma, para saber cuánto se pagará, hay que multiplicar los 497.86 por 12 días de trabajo (5,974.32) y al resultado multiplicarlo por los años de trabajo, que, como se explicó arriba, debe ser mínimo 15 años. Si el trabajador cumplió con sus 15 años de antigüedad, tendría que recibir por ley la cantidad de 89,614.8 pesos como parte de su prima de antigüedad.

El artículo también señala otras excepciones, como momentos donde se trata del retiro voluntario de los trabajadores en gran cantidad y señala que:

- Si el número de trabajadores a retirarse en el término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o los de una categoría determinada, el pago se realizará al momento de retiro.

- Si el número excede del diez por ciento, el pago se realizará a los primeros en retirarse y podrá diferirse para el año siguiente a los trabajadores que ya estén por arriba del diez por ciento.

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- Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del diez por ciento, la prima de antigüedad se cubrirá a los que tengan mayor tiempo en la empresa y el resto, podrá diferirse el pago para el año siguiente.

Dentro de los derechos que tienen los trabajadores y a los que pueden tener acceso por una larga estadía en un centro laboral se encuentra la prima de antigüedad, una de la que poco se escucha y que muchas veces los empleados no saben que tienen acceso, en especial cuando se retiran o son despedidos.

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Basta decir que la prima de antigüedad es una a la que tienen derecho los trabajadores de planta, pero para la que se deben de cumplir algunas normas, la más importante de ellas es el tener al menos 15 años de antigüedad en un empleo.

En qué casos debe pagarse la prima de antigüedad

De igual forma, es una que se otorga cuando es despedido de manera justificada o injustificadamente, aquí sin importar si se cumple con la regla de los 15 años. También, en los casos en donde el empleado decide llevar el caso a conciliación y arbitraje, puede pelear porque se le sea pagada la prima de antigüedad como parte del acuerdo.

Otro de los escenarios en donde este derecho puede pagarse es cuando el trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, fallece, por lo que la prima de antigüedad será pagada a las personas que tenga inscritas como beneficiarios.

Para entenderlo mejor, solo no se paga la prima vacacional cuando es la persona la que renuncia de manera voluntaria y no cumple con el requisito de 15 años dentro de la empresa, al no tener el mínimo de años.

¿Cómo se paga la prima de antigüedad?

Es en el artículo 162 de la Ley del Trabajo en donde se encuentra sustentado el derecho a la prima de antigüedad y en este se explica la forma en que se pagará en los casos en donde aplique.

Al respecto, la ley señala que consiste en el importe de doce días de salario, por cada año de servicio. Pero, para determinar el monto del salario, se tomará lo dispuesto en los artículos 485 y 486, es decir, lo de dos salarios mínimos del año que corresponda.

Si fuera para este 2024, el salario mínimo es de 248.93 pesos y, multiplicado por dos, da como límite por día de 497.86 pesos. En caso de que el salario del empleado sea mayor que esto, se tomará la cifra de 497.86 pesos para calcularlo.

De esta forma, para saber cuánto se pagará, hay que multiplicar los 497.86 por 12 días de trabajo (5,974.32) y al resultado multiplicarlo por los años de trabajo, que, como se explicó arriba, debe ser mínimo 15 años. Si el trabajador cumplió con sus 15 años de antigüedad, tendría que recibir por ley la cantidad de 89,614.8 pesos como parte de su prima de antigüedad.

El artículo también señala otras excepciones, como momentos donde se trata del retiro voluntario de los trabajadores en gran cantidad y señala que:

- Si el número de trabajadores a retirarse en el término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o los de una categoría determinada, el pago se realizará al momento de retiro.

- Si el número excede del diez por ciento, el pago se realizará a los primeros en retirarse y podrá diferirse para el año siguiente a los trabajadores que ya estén por arriba del diez por ciento.

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- Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del diez por ciento, la prima de antigüedad se cubrirá a los que tengan mayor tiempo en la empresa y el resto, podrá diferirse el pago para el año siguiente.

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