Además de los establecimientos que tendrán permitido abrir sus puertas, el gobierno del estado también publicó la lista de aquellos que deberán permanecer cerrados una vez que se publique el decreto con las condiciones que deben de cumplir los establecimientos para evitar una crisis de contagios por coronavirus, el cual incluirá sanciones como la clausura de negocios si se desobedecen las restricciones establecidas.
La titular de la Secretaría de Economía, Olivia Salomón, informó que abren la mayoría de los negocios con un aforo máximo del 30 por ciento y la restricción de espacios comunes.
LOS QUE SE MANTIENEN CERRADOS
-Salones de eventos especiales
-Servicios de banquetes
-Eventos deportivos no profesionales
-Conciertos
-Centros nocturnos, bares y cantinas
-Cines
-Balnearios
-Baños públicos
-Fiestas y reuniones sociales
-Museos
-Estrella de Puebla
-Teleférico
-Industria de reunión
En tanto entre los que podrán abrir se encuentran los pequeños comercios, tiendas departamentales, centros comerciales, restaurantes, peluquerías, estéticas, spas, hoteles, parques, centros religiosos y hasta gimnasios, estos últimos condicionados a un dictamen previo de Protección Civil y mediante citas con aforos reducidos y recesos para la desinfección del lugar.
LOS QUE ABREN
-Pequeño comercio (1 a 10 empleados) 10 a 18 horas
-Tiendas departamentales (11 a 19 horas)
-Centros Comerciales (11 a 19 horas)
30% sin áreas de descanso y juegos infantiles
Comida sólo para llevar o terrazas
-Restaurantes (hasta 21 horas) servicio para llevar, terrazas y aforo del 30%, se permite venta de alcohol con alimentos
-Peluquerías, estéticas y spas (11 a 17 horas)
-Hospedaje turístico y de negocios con aforo del 30%
-Gimnasios y clubes deportivos (Con dictamen de validación de riesgo de PC) previa cita con 30% de aforo y receso de 30 minutos para sanitizar entre cada cita. Áreas cerradas de saunas y vapor, clubes solo para natación, no albercas para recreativas; se permiten deportes al aire libre con sana distancia
-Parques de conservación con 30%
-Centros religiosos para servicios de culto, no se permiten fiestas patronales ni ceremonias
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