/ lunes 30 de septiembre de 2024

¿Qué opciones tienen quienes son despedidos antes de pensionarse? Conoce estas modalidades

Ambas vías permiten a las personas, a pesar de ya no tener un trabajo formal, continuar cotizando hasta que puedan conseguir su pensión

La modalidad 40 y la 44 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), son las alternativas que buscan rescatar a todos aquellos trabajadores que se encuentran en incertidumbre, impotencia y preocupación por haber sido despedidos unos años antes de obtener su pensión.

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Especialistas en temas de jubilación explican que ambas vías permiten que las personas, a pesar de ya no tener un trabajo formal, continúen cotizando en el instituto hasta llegar a la edad mínima permitida para su retiro laboral, que es a los 60 años.

Óscar Guevara García, asesor de la Comisión Nacional de Organismos de Seguridad Social, informó que la mejor opción para no perder su pensión es el esquema de Aseguramiento para Trabajadores Independientes, o más conocido como modalidad 44.

En esta, las personas que fueron despedidas pueden darse de alta con una actividad relacionada a la que tenían, como puede ser el comercio, servicios personales, vigilancia, actividad agrícola o ganadera, caza, construcción, operación de maquinaria o artesanías, por mencionar algunos ejemplos.

Al hacerlo, no solo seguirán cotizando ante el instituto los años que le falten para su pensión, sino además, gozarán de los servicios de salud para ellos y para sus respectivas familias, como son asistencia hospitalaria, farmacéutica, prótesis, ortopedias, análisis clínicos, entre otros.

Por si fuera poco, los interesados tienen la opción de elevar el monto de pensión que recibirían en su antiguo trabajo, con el fin de garantizar una mejor estabilidad económica a futuro.

El aseguramiento de trabajadores independientes es la respuesta para no perder su pensión. Cualquier persona, tenga la actividad lucrativa que tenga o se dedique a lo que se dedique, puede inscribirse (…) Lo mejor de esta, es que es no solo les garantiza su pensión, sino también el servicio de salud, por lo que es de mucha ayuda para todos aquellos que tienen algún problema crónico degenerativo expresó.

El experto explica que el único requisito para ser beneficiario, es pagar mensualmente un monto que puede ir de los mil 600 a los 15 mil pesos aproximadamente, de acuerdo a la capacidad económica de cada persona.

Entiendo que ser despedidos a uno o dos años antes de recibir su pensión puede causar muchas emociones, como angustias, temores, impotencia o incertidumbre, pero la modalidad 44 viene a rescatarlos. Eso sí, hay que pagar, pero cada uno decide el monto aseveró.


Modalidad 40 y sus diferencias con la 44

Guillermo Loyola Calderón, perito en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y catedrático de Derecho Fiscal en la Universidad Madero (UMAD), agregó que la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio del Seguro Social o modalidad 40, es otra opción para no perder la pensión.

Al igual que en la 44, en esta hay que hacer aportaciones al IMSS, pero estas resultan ser más economías, pues los montos van de los mil 200 a los 9 mil pesos aproximadamente.

Su diferencia se basa en que aquí, las personas solo garantizan su pensión y pierden automáticamente todos los demás derechos, principalmente la seguridad social.

Esto es lo que cambia entre ambas modalidades. Esta le conviene a aquellos trabajadores que se encuentran bien de salud y pueden aguantarse unos años sin servicios médicos (…) Sea cual sea la opción que elijan, deben verlas como unas alternativas para no perder su pensión tras ser despedidos aseveró.

Loyola agregó que esta es una recomendación general, ya que cada persona debe analizar su situación para ver cuál le conviene, dependiendo de sus semanas cotizadas que tenía, salario con el que estaba dado de alta, edad o si tiene asignaciones familiares.

De acuerdo con el IMSS, aquellos ciudadanos que estén interesados en inscribirse en alguna de las dos modalidades antes mencionadas, pueden hacerlo de manera presencial, en sus oficinas, o directamente en su página oficial.

Solo deben tener a la mano su Clave Única de Registro de Población (CURP), Número de Seguro Social (NSS), correo electrónico, identificación oficial vigente, comprobante de domicilio y un escrito libre con la solicitud de inscripción.

Otras opciones para mantener su pensión sin pagar

Luis Enrique López Lozano, asesor profesional en retiros, explicó que aparte de la modalidad 40 y la 44, existen otras dos opciones a las que pueden recurrir las personas despedidas para mantener su pensión, en caso de no querer pagar.

La primera sería buscar de manera inmediata otro empleo formal en donde los den de alta, aunque desde su perspectiva, esto es algo complicado debido a la edad de las personas.

La otra consiste en analizar su situación, y si ya cumplieron con las 500 semanas cotizadas que pide el IMSS para pensionarse, pueden esperarse a cumplir la edad mínima para el retiro, que es a los 60 años, para comenzar con su trámite.

Sobre este punto, aclaró que es importante tomar en cuenta que esta pausa no debe pasar de los tres años, pues de lo contrario, perderían su vigencia de derechos y tendrían que volver a trabajar, como mínimo medio año, para reactivar sus semanas cotizadas.

Si no quieren entrar a la modalidad 40 o 44, solo les queda conseguir otro empleo, la bronca es que no es tan fácil, o esperarse a cumplir la edad, solo si ya tienen las semanas (…) Son otras alternativas que se les pueden dar a las personas, pero no son tan recomendables por todo lo que implica expuso.


Antes de todo esto, busquen asesoría legal

De acuerdo con Alan Ortega, abogado laborista, antes de recurrir a cualquiera de las opciones antes mencionadas, los trabajadores deben buscar asesoría legal si son despedidos unos años antes de pensionarse.

Desde su óptica, una demanda por esta situación se puede realizar bajo una terminación de discriminación, lo que ayudaría a las personas a obtener diversos beneficios, y más, si se comprueba que fue un despido injustificado.

Ganar un juicio de este tipo permitiría su reinstalación o una indemnización de tres meses, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y 20 días por año de prima de antigüedad.

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Por si fuera poco, se puede solicitar al empleador, como medida cautelar, durante el tiempo que dure el juicio, un porcentaje de subsistencia para que el trabajador pueda sufragar sus gastos.

Antes de todo lo que mencionan los expertos en temas de retiro, yo recomendaría buscar asesoría legal, pues de aquí se verá el camino a seguir, es decir, si se logra su reinstalación, ya no tendrían la necesidad de pagar una modalidad de pensión, pero si no se logra, no le quedará de otra más que gozar de todos los beneficios económicos y realizar su respectivo trámite para no perder su pensión finalizó.


Foto: Ilustración / El Sol de Puebla

La modalidad 40 y la 44 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), son las alternativas que buscan rescatar a todos aquellos trabajadores que se encuentran en incertidumbre, impotencia y preocupación por haber sido despedidos unos años antes de obtener su pensión.

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Especialistas en temas de jubilación explican que ambas vías permiten que las personas, a pesar de ya no tener un trabajo formal, continúen cotizando en el instituto hasta llegar a la edad mínima permitida para su retiro laboral, que es a los 60 años.

Óscar Guevara García, asesor de la Comisión Nacional de Organismos de Seguridad Social, informó que la mejor opción para no perder su pensión es el esquema de Aseguramiento para Trabajadores Independientes, o más conocido como modalidad 44.

En esta, las personas que fueron despedidas pueden darse de alta con una actividad relacionada a la que tenían, como puede ser el comercio, servicios personales, vigilancia, actividad agrícola o ganadera, caza, construcción, operación de maquinaria o artesanías, por mencionar algunos ejemplos.

Al hacerlo, no solo seguirán cotizando ante el instituto los años que le falten para su pensión, sino además, gozarán de los servicios de salud para ellos y para sus respectivas familias, como son asistencia hospitalaria, farmacéutica, prótesis, ortopedias, análisis clínicos, entre otros.

Por si fuera poco, los interesados tienen la opción de elevar el monto de pensión que recibirían en su antiguo trabajo, con el fin de garantizar una mejor estabilidad económica a futuro.

El aseguramiento de trabajadores independientes es la respuesta para no perder su pensión. Cualquier persona, tenga la actividad lucrativa que tenga o se dedique a lo que se dedique, puede inscribirse (…) Lo mejor de esta, es que es no solo les garantiza su pensión, sino también el servicio de salud, por lo que es de mucha ayuda para todos aquellos que tienen algún problema crónico degenerativo expresó.

El experto explica que el único requisito para ser beneficiario, es pagar mensualmente un monto que puede ir de los mil 600 a los 15 mil pesos aproximadamente, de acuerdo a la capacidad económica de cada persona.

Entiendo que ser despedidos a uno o dos años antes de recibir su pensión puede causar muchas emociones, como angustias, temores, impotencia o incertidumbre, pero la modalidad 44 viene a rescatarlos. Eso sí, hay que pagar, pero cada uno decide el monto aseveró.


Modalidad 40 y sus diferencias con la 44

Guillermo Loyola Calderón, perito en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y catedrático de Derecho Fiscal en la Universidad Madero (UMAD), agregó que la Continuación Voluntaria del Régimen Obligatorio del Seguro Social o modalidad 40, es otra opción para no perder la pensión.

Al igual que en la 44, en esta hay que hacer aportaciones al IMSS, pero estas resultan ser más economías, pues los montos van de los mil 200 a los 9 mil pesos aproximadamente.

Su diferencia se basa en que aquí, las personas solo garantizan su pensión y pierden automáticamente todos los demás derechos, principalmente la seguridad social.

Esto es lo que cambia entre ambas modalidades. Esta le conviene a aquellos trabajadores que se encuentran bien de salud y pueden aguantarse unos años sin servicios médicos (…) Sea cual sea la opción que elijan, deben verlas como unas alternativas para no perder su pensión tras ser despedidos aseveró.

Loyola agregó que esta es una recomendación general, ya que cada persona debe analizar su situación para ver cuál le conviene, dependiendo de sus semanas cotizadas que tenía, salario con el que estaba dado de alta, edad o si tiene asignaciones familiares.

De acuerdo con el IMSS, aquellos ciudadanos que estén interesados en inscribirse en alguna de las dos modalidades antes mencionadas, pueden hacerlo de manera presencial, en sus oficinas, o directamente en su página oficial.

Solo deben tener a la mano su Clave Única de Registro de Población (CURP), Número de Seguro Social (NSS), correo electrónico, identificación oficial vigente, comprobante de domicilio y un escrito libre con la solicitud de inscripción.

Otras opciones para mantener su pensión sin pagar

Luis Enrique López Lozano, asesor profesional en retiros, explicó que aparte de la modalidad 40 y la 44, existen otras dos opciones a las que pueden recurrir las personas despedidas para mantener su pensión, en caso de no querer pagar.

La primera sería buscar de manera inmediata otro empleo formal en donde los den de alta, aunque desde su perspectiva, esto es algo complicado debido a la edad de las personas.

La otra consiste en analizar su situación, y si ya cumplieron con las 500 semanas cotizadas que pide el IMSS para pensionarse, pueden esperarse a cumplir la edad mínima para el retiro, que es a los 60 años, para comenzar con su trámite.

Sobre este punto, aclaró que es importante tomar en cuenta que esta pausa no debe pasar de los tres años, pues de lo contrario, perderían su vigencia de derechos y tendrían que volver a trabajar, como mínimo medio año, para reactivar sus semanas cotizadas.

Si no quieren entrar a la modalidad 40 o 44, solo les queda conseguir otro empleo, la bronca es que no es tan fácil, o esperarse a cumplir la edad, solo si ya tienen las semanas (…) Son otras alternativas que se les pueden dar a las personas, pero no son tan recomendables por todo lo que implica expuso.


Antes de todo esto, busquen asesoría legal

De acuerdo con Alan Ortega, abogado laborista, antes de recurrir a cualquiera de las opciones antes mencionadas, los trabajadores deben buscar asesoría legal si son despedidos unos años antes de pensionarse.

Desde su óptica, una demanda por esta situación se puede realizar bajo una terminación de discriminación, lo que ayudaría a las personas a obtener diversos beneficios, y más, si se comprueba que fue un despido injustificado.

Ganar un juicio de este tipo permitiría su reinstalación o una indemnización de tres meses, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y 20 días por año de prima de antigüedad.

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Por si fuera poco, se puede solicitar al empleador, como medida cautelar, durante el tiempo que dure el juicio, un porcentaje de subsistencia para que el trabajador pueda sufragar sus gastos.

Antes de todo lo que mencionan los expertos en temas de retiro, yo recomendaría buscar asesoría legal, pues de aquí se verá el camino a seguir, es decir, si se logra su reinstalación, ya no tendrían la necesidad de pagar una modalidad de pensión, pero si no se logra, no le quedará de otra más que gozar de todos los beneficios económicos y realizar su respectivo trámite para no perder su pensión finalizó.


Foto: Ilustración / El Sol de Puebla

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