Este lunes 26 de agosto se llevó a cabo el regreso a clases 2024, y debido a que, madres y padres de familia se encuentran realizando los últimos gastos de compras para sus hijos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas físicas deducir en la declaración anual los pagos por concepto de colegiatura y transporte escolar, cuando este sea obligatorio.
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Y es que, año con año en vísperas de comenzar un ciclo escolar nuevo, las familias desembolsan dinero para solventar sus principales gastos, a través de útiles escolares, mochilas, uniformes, ropa y calzado, sin mencionar inscripción, cuotas y materiales de mantenimiento que las escuelan suelen solicitar.
Por tal motivo, esta noticia que da a conocer el SAT es bastante buena, en especial para aquellas personas físicas que tengas hijos y que hayan regresado a clases en alguno de los niveles de básico y medio superior.
Estos son los montos anuales máximos a deducir ante el SAT por colegiaturas
Dentro de las deducciones personales permitidas para una persona física por el SAT se encuentran los servicios de educación, los cuales representan el pago de colegiaturas en instituciones privadas que estén respaldadas por la Secretaría de Educación Pública (SEP).
De acuerdo con la información emitida por dicho órgano, el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa del contribuyente, incluso para sí mismos.
Es importante mencionar, que la deducción de colegiaturas será conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas, con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
En este sentido, la cantidad pagada por cada uno de los alumnos que se puede disminuir de colegiaturas en instituciones educativas privadas, no debe exceder los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a los siguientes topes:
Preescolar: 14 mil 200 pesos.
Primaria: 12 mil 900 pesos.
Secundaria: 19 mil 900 pesos.
Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
Los interesados en este beneficio, tendrán que presentar la factura emitida por la institución educativa, misma en la que tendrá que venir el desglose del pago de colegiaturas y transporte escolar; en el caso de este último, sí se puede deducir siempre y cuando sea “obligatorio” por parte del colegio, según lo menciona el SAT.
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Asimismo, el pago deberá realizarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios. Para más información se sugiere a los contribuyentes consultar sat.gob.mx