SAT ya realizó las primeras devoluciones por declaración anual y así puedes verificarlas

Tras la declaración anual, los contribuyentes tienen hasta el 31 de julio para optar por la devolución

Julio Sánchez | El Sol de Puebla

  · miércoles 13 de abril de 2022

La fecha límite para presentar la declaración anual ante el SAT es hasta el 30 de abril. Foto: Cuartoscuro

Al estar en marcha el mes de abril en donde las personas físicas deben de realizar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) muchos de quienes la presentaron ya pudieron aplicar a la devolución del ISR en caso de que resulten con un saldo a favor.

Por ello, el SAT informó sobre el proceso que debe seguirse como la fecha en que podrá este dinero llegar a las cuentas de los contribuyentes. Para la declaración anual se debe recordar que la fecha límite es hasta el próximo 30 de abril.

El saldo a favor se consigue cuando en la declaración anual se registran más egresos que ingresos. Foto: Cuartoscuro

LAS DEVOLUCIONES DE LA DECLARACIÓN ANUAL

En un comunicado el SAT informó que las personas físicas tienen hasta el 31 de julio para ejercer por la opción de optar por la devolución cuando resulten con saldo a favor del impuesto sobre la renta (ISR).

Para quienes realizaron su declaración anual en los primeros días de abril, el SAT explicó que para aquellas que ya fueron autorizadas la devolución ya se ha visto reflejada durante la segunda semana de este mes.

Esto también aplica para todos aquellos que presenten su declaración normal como la complementaria para el ejercicio 2021 y que cumplan con los siguientes requisitos;

Hayan enviado su declaración de forma electrónica con Contraseña o e.firma; Que el importe a devolver por medio del Sistema Automático de Devoluciones sea menor o igual a 150 mil pesos; Confirmen su número de cuenta bancaria CLABE y que señalen la opción de devolución en la declaración anual.

Respecto a la CLABE, el sistema recordó que debe estar a nombre de la persona contribuyente y que sea la autorizada para efectuar el depósito para la devolución. Esta se agregará una vez que se termine de completar la declaración y aparezca el saldo a favor del cálculo del ISR.

Una vez que el sistema muestre el saldo a favor, el sistema preguntará que se desea hacer con la cantidad, si aplicarla como compensación para próximos años o aplicar para la devolución.

En el portal del sat.gob.mx se tiene que compartir la información para la declaración anual. Foto: Cuartoscuro

CASOS DONDE LA DEVOLUCIÓN NO SE REALIZA DE FORMA AUTOMÁTICA

Junto a esto, el SAT detalló los casos en los que no aplica el Sistema Automático de Devoluciones, que son los siguientes:

En caso de que el saldo a favor resulte en un monto mayor a los 150 mil pesos, ya que en este caso deberá solicitarse con el Formato Electrónico de Devoluciones (FED). Además, que se solicite la devolución de un ejercicio fiscal distinto al del 2021 que es el que debe realizarse en este abril.

Casos en donde se presente la declaración anual solo con contraseña cuando el contribuyente estaba obligado a realizarlo con su firma electrónica (e.firma). Donde se presente solicitud de devolución vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración del ejercicio fiscal 2021 que hayan ingresado.

De igual forma, cuando la declaración anual o complementaria se presente después del 31 de julio de este año. Cuando no se haya elegido la opción de devolución por error y se haya elegido la opción de “Compensación”, o que se haya elegido la opción de “Compensación”, pero no se cuenta con impuestos para compensar. Esta opción se puede cambiar con la declaración complementaria antes del 31 de julio.

Por último, en casos donde la persona contribuyente tiene saldo a favor, pero se encuentra suspendida en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o como no localizable en su domicilio fiscal registrado.

¿CÓMO CONSULTAR EL ESTATUS DE DEVOLUCIÓN?

Al ser los créditos hipotecarios un compromiso de varios años las deducciones de impuestos suelen ser atractivas. Foto: Cuartoscuro

Una vez que realizaste la declaración anual y obtuviste un saldo favor a la par de aplicar a la devolución, se puede seguir el estatus de esta a partir del tercer día hábil siguiente que fue presentada la declaración.

Por ello, el reembolso puede tardar entre tres y 60 días desde que se presentó. Además, de que pueden existir casos en donde lo reportado no sea lo correcto y la declaración no se apruebe.

Para consultar el estatus solo se debe ingresar al portal del SAT ir a la opción de “Devoluciones y compensaciones” y dar en la opción “Consulta tu devolución automática 2021”.

Una vez ahí se debe dar clic al botón de “Iniciar”, ingresar con la RFC y contraseña o con la e.firma y después proporcionar los datos que pedirá para obtener la información de cómo sigue la devolución por medio de su sistema automático.

El SAT cuenta con la posibilidad de cumplir con el pago de impuestos a través de la banca electrónica. Foto: SAT

La homoclave es un conjunto de dígitos que permiten al SAT identificar a los contribuyentes. Foto: Archivo | El Sol de Puebla

Para activarlo es necesario contar con la e.firma o contraseña. Foto: Cortesía SAT