El hecho de ahorrar también es una actividad que vigila la autoridad fiscal y si pensabas que la realización de una tanda no tenía que estar bajo la lupa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) estabas equivocado, pues este tipo de ingresos también tienen que ser informados y a continuación te decimos todo lo que debes de saber para evitar un problema.
De acuerdo con las autoridades, las tandas son consideradas como un “ahorro informal” y por consiguiente se encuentran sujetas a la aplicación de obligaciones, esto debido a que existe un organizador encargado de administrar el efectivo que los participantes aporten cada determinado periodo de tiempo.
Hay que recordar en que las tandas consisten en un grupo de personas que aportan una cantidad de dinero en un determinado periodo de tiempo con la finalidad de que cada uno reciba la suma de todos hasta completar el círculo, aunque algunos lo hacen de manera directa, otros optan por la realización de depósitos bancarios.
Es aquí donde la autoridad fiscal pone mayor atención, pues al notar una serie de depósitos en una determinada cuenta surge una llamada “discrepancia” entre los ingresos habituales del organizador y la suma que reflejará su cuenta, la cual podría ser observada por el SAT al ser considerados como ingresos nuevos que no están siendo declarados.
¿CÓMO PUEDES REPORTAR UNA TANDA ANTE SAT?
La autoridad fiscal de México cuenta con algunas opciones para evitar problemas al momento de realizar una tanda, una de ellas es que quien organice informe a los participantes que las aportaciones no se realicen mediante depósitos bancarios, sino mediante transferencias bancarias que permitan que quede un registro digital de donde proviene el dinero.
Así mismo quienes realicen estas transferencias deberán guardar el comprobante de la misma, pues estos le podrían servir al organizador para informarle al SAT cuál es el origen de los ingresos en su cuenta; pero si las transferencias no son lo tuyo, puedes realizar este proceso mediante cheques, pues estos también se pueden fungir como comprobante ante el SAT.
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Por otra parte, se debe procurar que los montos que el organizador recibe de los participantes no sean mayores a los 15 mil pesos, pues de ser así la institución bancaria tendría que presentar una Declaración de Depósitos en Efectivo.
Por su parte la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) en lugar de las tandas, recomienda invertir dinero en una institución financiera regulada y no en un ahorro informal y en caso de hacerlo la recomendación es no involucrar a amigos o familiares.