Abogado de poblano detenido en Nueva York y extraditado denuncia irregularidades en el caso

En la averiguación se planteó que la joven señaló como responsable a la persona de la foto 4, pero a decir de la defensa jurídica en esa posición se colocó tiempo después la foto de su cliente

Paulina Gómez / El Sol de Puebla

  · lunes 21 de octubre de 2024

Fue Acusado y lo detuvieron en Nueva York. Foto: Paulina Gómez / El Sol de Puebla

A pesar de diversos vicios e imprecisiones en la averiguación previa e incluso no existir pruebas que acrediten su presunta responsabilidad en el delito de violación, un hombre originario del municipio de Tecomatlán, Puebla, fue detenido en Nueva York, Estados Unidos, y extraditado a territorio poblano.

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Luis Fernando Camacho Riquelme, abogado particular del acusado, se presentó en las instalaciones de El Sol de Puebla en compañía de los padres de su cliente para dar a conocer el caso y evidenciar las irregularidades en el mismo.

El litigante acusó que su representado, Juan N, de 32 años de edad, está acusado injustamente de haber violado a una mujer de ahora 43 años.

El cambio de medidas cautelares para las Personas Privadas de la Libertad (PPL). Foto: SSP

La víctima es una joven que presuntamente fue abusada sexualmente

Riquelme narró y mostró en copia diversos documentos de la denuncia presentada el 11 de febrero de 2011
por el padre de la supuesta víctima en contra de su cliente, luego de que este a su regreso de Estados Unidos a la población de San Miguel de Lozano, Tecomatlán, se enterara que su hija, quien presuntamente padece de déficit mental moderado, había dado a luz a un bebé, sin saber cómo ocurrieron los hechos.

Luego de que en la población corriera el rumor de que los responsables pudieron haber sido Juan o su padre, el progenitor de la supuesta afectada acudió a presentar la denuncia correspondiente por violación equiparada contra quien resultará responsable, dándose origen a la entonces averiguación previa 114/2011 Acatlán y al proceso judicial número 54/2012.

Foto 4, la clave del caso

A decir del entrevistado, en la averiguación no existen pruebas periciales que demuestren violación, además de que la presunta víctima tampoco precisa o detalla los supuestos actos que se cometieron en su contra, tampoco si se ejerció violencia o sometimiento e incluso.

Los afectados se han tratado de contactar con el propietario de la agencia, así como con su personal, sin embargo, no les respondieron y de un momento a otro desmantelaron sus oficinas. Foto: Daniel Casas / El Sol de Puebla

Además, explicó que la fotografía del detenido para el reconocimiento por parte de la denunciante, se anexó a destiempo y comparte el mismo número con la fotografía de otra persona, cabiendo duda en el señalamiento.

“Otra de las deficiencias es que cuando a la víctima le mostraron seis fotografías, señaló como responsable al número 4, y en otro momento distinto las autoridades ministeriales anexaron la fotografía de Juan, marcándolo también con el número 4, por lo que ahora hay dos fotografías marcadas con el número 4, tratándose de distintas personas”, indicó el abogado, quien subrayó que también, “cuando se liberó la orden de aprehensión, el apellido del acusado era distinto al de su representado”.

Pese a que también se ha solicitado un análisis de sangre para descartar que Juan sea el padre del hijo de la denúnciate, esto no se ha permitido, resaltó el entrevistado.


Detenido por la interpol y a la espera de que se respete su amparo

Aún así, finalmente Juan fue acusado y con la ayuda de la Interpol, en 2024 fue detenido en Nueva York, donde dejó a su esposa y a dos hijos que dependen de él.

Para el 7 de marzo de 2024, el juez de lo Penal de Acatlán dictó auto de formal prisión contra el aprehendido, quien fue enviado al Cereso de Acatlán, donde permanece recluido.

Por ello, la defensa del asegurado interpuso el amparo número 287/2024-III-7 ante las autoridades federales, quienes concedieron el amparo al acusado, ordenando al juez de lo penal que se precisara si la presunta violación se llevó a cabo con violencia física, con persona privada de razón o de sentido; o por enfermedad o cualquier otra causa y no se pudo resistir.

“En virtud de lo anterior, con apoyo en el Artículo 192 de la Ley de Amparo, requierase a la autoridad responsable Juez de lo Penal de Acatlán de Osorio, Puebla, deje insubsistente el auto de formal prisión de siete de marzo de dos mil veinticuatro, dictado en la causa penal 54/2012, y en su lugar, emita otra, bajo los siguientes lineamientos”, se indica en la resolución de amparo.

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Además de que se ordenó al juez de la causa especificar cuáles fueron los medios de prueba que supuestamente acreditan los hechos y cómo es que quedan demostrados; incluso, establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar del delito, así como el supuesto grado de participación de Juan.

Pese a lo anterior, refirió el abogado, el Juez Penal de Acatlán nuevamente dictó auto de formal prisión sin considerar nada de lo ordenado en el amparo, razón por la que han recurrido a una apelación que está aún por resolverse debido al paro de labores del Poder Judicial de la Federación.

Sin embargo, el entrevistado pide a las autoridades correspondientes que revisen el asunto y que no se mantenga en prisión a una persona que a su consideración es inocente y contra la cual, asegura, no existen pruebas de lo que se le acusa.