Amonestan a presidente de Pahuatlán por entorpecer la justicia

El Tribunal Electoral advierte que se podría aplicar una multa por involucrarse en la investigación

Por Verónica de la Luz

  · viernes 15 de junio de 2018

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), mediante la Sala Regional de Ciudad de México, hizo una amonestación pública al presidente municipal del “Pueblo Mágico” de Pahuatlán, Arturo Hernández Santos, quien durante 5 meses ha entorpecido las investigaciones relacionadas con una demanda que hizo el presidente auxiliar de la comunidad de San Pablito, Rogelio Marroquín Aparicio, por la falta de entrega directa de recursos públicos por parte del Ayuntamiento, a la zona que él gobierna.

Los magistrados advirtieron que, en caso de no atender el apercibimiento, a Hernández se le hará una multa que tendría que pagar con sus propios recursos.

Dentro de la sesión de este viernes de la Sala Regional de la Ciudad de México, se expuso el caso del edil -de extracción panista- a quien desde febrero se le ha solicitado, de manera formal, información importante para la resolución del expediente SCM-JDC-87/2018, interpuesto por el presidente auxiliar de San Pablito, al afirmar que no se le habían hecho llegar recursos públicos, de forma directa, que por ley recibe la demarcación a su cargo, por parte de la federación.

El caso, a cargo de la magistrada María Guadalupe Silva Rojas, reclamó que el presidente municipal de apellido Hernández Santos, no ha emitido los datos requeridos de manera completa, lo que significaría estar privando a quien hizo la demanda, al acceso a la justicia de manera pronta y expedita, una garantía constitucional para los mexicanos.

Por ello, se amonestó públicamente al presidente municipal, a quien se podría multar si es que no atiende el llamado del TEPJF. Con el juicio pendiente de resolver, Marroquín controvierte los expedientes del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) con folio TEEP-A-643/2017 y TEEP-AG-001/2018, con los que se declaró infundado su agravio respecto a una omisión del presidente municipal , por no otorgar de manera directa los recursos federales que le corresponden a su comunidad.