El Congreso del Estado analiza permitir que los trabajadores al servicio del estado que tengan la guardia custodia de algún hijo con discapacidad o enfermedad crónica, soliciten una licencia de cuidados parentales hasta por 45 días al año.
La iniciativa que se encuentra en la Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social para su estudio y resolución, fue presentada por el diputado de Nueva Alianza, Gerardo Islas Maldonado, y propone adicionar el título undécimo de la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla, para quedar como sigue:
“Artículo 119.- Los trabajadores varones al servicio del estado que cuentan con la guardia custodia de algún hijo con discapacidad o enfermedad crónica, podrán solicitar una licencia de cuidados parentales hasta por 45 días por año”.
En casos de adopción o de nacimiento de un hijo los trabajadores varones al servicio del estado podrán solicitar una licencia de cuidados parentales hasta por 45 días, según establecería el artículo 120 que se propone agregar a la ley.
Islas Maldonado expuso que la discriminación directa se presenta cuando la ley da a las personas un trato diferenciado ilegítimo, mientras la indirecta se actualiza como resultado de leyes, políticas o prácticas que, en apariencia, son neutrales, pero impactan en el ejercicio de los derechos de ciertos grupos o personas.
LEY LABORAL PRESENTA VICIOS
Indicó que la ley laboral presenta vicios en materia de licencia de maternidad y paternidad, por estereotipos de género que restringen injustificadamente los derechos de los trabajadores y resultan en una forma de discriminación directa.
Refirió que la licencia de paternidad es un derecho que tienen todos los hombres trabajadores con el objetivo de consolidar el vínculo parental entre los padres y sus hijas e hijos, así como la distribución de tareas en el hogar y el cuidado de ellos.
Además, el diputado consideró necesario atender la discriminación que sufren los padres de hijos con discapacidad generada por las condiciones de salud de estos.