Anular la elección en Puebla, propone magistrado ponente del TEPJF

El magistrado José Luis Vargas Valdez publicó en su cuenta de twitter el proyecto

Víctor Hugo Juárez

  · domingo 2 de diciembre de 2018

Foto: Captura de pantalla

Por violar la cadena de custodia de la paquetería electoral, el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas Valdez, propondrá revocar el triunfo de Martha Erika Alonso Hidalgo como gobernadora electa de Puebla y declarar la nulidad de la elección con el objetivo de que se lleven a cabo unos nuevos comicios, así como ordenar que inicie el proceso de destitución de los consejeros del Instituto Electoral del Estado (IEE) que resulten responsables.

Fue el propio magistrado del TEPJF el encargado de analizar y resolver el juicio SUP-JRC-204/2018 y acumulados promovidos por el Movimiento Regeneración Nacional y su excandidato a la gubernatura, Luis Miguel Barbosa Huerta, quien hizo público el proyecto de sentencia que pondrá a consideración de los integrantes de la Sala Superior a fin de que sea votado en el transcurso de esta semana.

A través de su cuenta de Twitter, Vargas Valdez publicó el documento con el argumento de frenar cualquier intento de presión hacia los magistrados y abonar a la transparencia del caso.

A través de su cuenta de Twitter, Vargas Valdez publicó el documento con el argumento de frenar cualquier intento de presión hacia los magistrados y abonar a la transparencia del caso.

“A la sociedad poblana, la ciudadanía mexicana y medios de comunicación: en aras de impulsar la Justicia Abierta hago público el proyecto de resolución que he presentado a las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, respecto de la elección de la gubernatura de Puebla. Lo anterior con el fin de que se discuta esta semana. Hacerlo del conocimiento público abona a la transparencia, disminuye las especulaciones y frena cualquier intento de presión política sobre el Pleno del TEPJF”, publicó en la red social.

De acuerdo con el proyecto de sentencia, que todavía tiene que ser votado por los siete magistrados de la Sala Superior, son dos los agravios denunciados por Morena y que se consideran fundados por el magistrado ponente.

El primero es que se violó la cadena de custodia debido a que hubo un indebido resguardo de la documentación en la bodega electoral, pues está comprobado que los funcionarios electorales ingresaron en 50 ocasiones al área de resguardo para atender varios requerimientos, pero sin que se acredite que se invitó a los representantes de los partidos políticos para supervisar dichas diligencias.

Aquí el proyecto del Magistrado

De igual forma, se propone considerar fundado el agravio de que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla desechó indebidamente las ampliaciones de demanda, ya que, contrario a lo que estimaron los magistrados locales, dichas ampliaciones de demanda sí tenían relación con la Litios del juicio inicial y Morena presentó las pruebas de la manipulación del material electoral en tiempo y forma.

También hubo agravios que se consideran infundados en el proyecto de sentencia, como el hecho de que brigadistas de Morena fueron detenidos ilegalmente el día de la jornada electoral después de que los denunciantes no pudieran acreditar que dichos brigadistas eran de su partido.

Si bien se acreditó que hubo un vehículo adscrito al Gobierno del Estado que se volcó con material electoral que fue robado el día de la elección, no se pudo comprobar la relación directa con algún funcionario de la administración estatal, por lo que este agravio también se propone como infundado.

Un criterio similar usó el magistrado para declarar infundada la violencia en casillas, pues si bien se comprobó que hubo actos violentos en 59 de ellas, este número no es significativo para alterar los resultados de la elección.

Este es el memorandum que hizo llegar a sus colegas tras estudiar el caso Puebla

Hechos como la existencia de un presunto laboratorio electoral en el hotel MM, la compra de votos, sustracción de documentos por parte de una funcionaria electoral, indebida desincorporación de documentos en la sede central del IEE e inconsistencias en el recuento que hizo el organismo electoral fueron otros de los agravios en donde no se le da la razón a Morena y, por ello, se proponen infundados.


ORDENA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA Y DESTITUCIÓN DE CONSEJEROS DEL IEE

Dentro de los efectos que el magistrado Vargas Valdez propone en su sentencia destaca ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) que convoque a elecciones extraordinarias dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la sentencia, así como iniciar el proceso de destitución de los consejeros y consejeras del IEE.

En los considerandos también se ordena al INE iniciar los procesos sancionadores en contra de los funcionarios electorales que participaron en las irregularidades detectadas en el proceso electoral.

Además, se da vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) para que, en caso de ser necesario, abra las carpetas de investigación derivadas de alguna de las inconsistencias expuestas en la resolución.

TEMAS