Desde el 2017 y hasta enero de este año, la Secretaría de Seguridad Pública ha asegurado un total de 266 boletos que fueron revendidos en el Estadio Cuauhtémoc, en su explanada, en inmediación del Estadio de béisbol Hermanos Serdán, en la colonia Maravillas, en la colonia San Manuel y Villa Olímpica.
Fue a través de la solicitud de información con el folio 211204221000048 que la Secretaría informó lo anterior, pero también dio a conocer que durante el periodo antes mencionado se detuvieron a 45 personas, sin embargo, ninguno fue trasladado a un Centro Penitenciario Estatales, debido a que la reventa de boletos no está tipificada como delito.
“Se informan que los eventos reportados se limitan al aseguramiento de personas por la falta administrativa cometida, todos los aseguramientos manifestados, fueron realizados en el Municipio de Puebla. (…) se hace de su conocimiento que todos los objetos asegurados en los eventos anteriormente referidos fueron boletos”, se pudo leer.
De los 266 boletos asegurados, hay que mencionar que la mayor cantidad se reportó el 3 de febrero del 2017 en el estadio Cuauhtémoc en la capital y desde enero del 2020 hasta enero de este año no se ha reportado casos de este tipo ni detenciones de personas, ni boletos asegurados.
Hay que recordar que cuando inició la pandemia por coronavirus, los eventos deportivos fueron suspendidos en el estado, pero el 15 de octubre del 2020 el Gobierno del Estado anunció que permitiría el regreso de la afición al estadio Cuauhtémoc, específicamente para los últimos encuentros del Club Puebla.
Por su parte, la secretaria de Economía, Olivia Salomón informó que el Club Puebla trabajaría de manera conjunta con la Coordinación General de Protección Civil Estatal para aplicar todos los protocolos como el aforo reducido y la distancia de dos metros entre personas. Agregó que, en el caso del béisbol, el estadio “Hermanos Serdán” permanecería cerrado hasta el 2021 debido a que la Liga Mexicana de Béisbol canceló los juegos en el país.
También es preciso recordar que el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, cita lo siguiente en el Artículo 209 “Se consideran faltas o infracciones administrativas al presente”:
Capítulo. III. Contra el interés y bienestar colectivo de la sociedad, y se sancionarán administrativamente con: 1.- Amonestación; 2.- Multa del equivalente del valor diario de 5 a 50 unidades de medida actualización al momento de determinarla; 3.- Arresto hasta treinta y seis horas o; 4.- Trabajo a favor de la comunidad.