/ domingo 18 de diciembre de 2022

Avanzan en comisiones las últimas reformas que envío Barbosa Huerta al Poder Judicial

Diputados locales avalaron las dos reformas secundarias que el exgobernador envió al Legislativo para la reestructuración del TSJ

Días después de la muerte del exgobernador Miguel Barbosa Huerta, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó las últimas reformas que envió al Poder Judicial.

En la sesión a puerta cerrada, los diputados locales avalaron las dos reformas secundarias que envió al Legislativo para la reestructuración del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJ). La primera se trata de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que incluye la implementación de sanciones contra los servidores públicos que comentan alguna falta durante el desempeño de sus funciones. La segunda es la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo que busca implementar juicios administrativos en línea.

Hay que recordar quela Ley Orgánica plasmó que los magistrados serán nombrados por el Congreso local a propuesta del Ejecutivo por un periodo de quince años y se requiere mayoría calificada(dos terceras partes de los votos) para su nombramiento.

Cada año habrá dos periodos de sesiones, el primero comenzará el primer día hábil de enero y terminará el último día hábil de agosto, el segundo periodo comenzará el primer día hábil de agosto y concluirá el último día hábil de la primera quincena de diciembre.

Específico las facultades del Consejo de la Judicatura, entre ellas que el cuerpo podrá aplicar mecanismos para prevenir faltas administrativas y actos de corrupción, coordinándose con el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, también se encuentra dar seguimiento al patrimonio de los servidores públicos del Poder Judicial con el fin de evitar algún enriquecimiento.

Inhabilitación y amonestación pública en sanciones

En el artículo 96 planteó la creación de procedimiento de responsabilidad administrativa para dar cuenta de las faltas que comentan los servidores públicos del Poder Judicial del Estado. Las investigaciones serán con respeto a la presunción de inocencia y la perspectiva de género.

Las indagatorias podrán iniciar como consecuencia de las quejas presentadas por particulares, autoridades al Poder Judicial del Estado o personas externas al mismo.

Las sanciones por faltas administrativas no graves serán la amonestación privada o pública, suspensión del cargo, destitución de su empleo e inhabilitación temporal para desempeñarse en el servicio público, la suspensión que se imponga podrá ser de uno a treinta días naturales, la inhabilitación temporal que no será menor de tres meses ni podrá exceder un año.

En las faltas administrativas graves está la suspensión del empleo, inhabilitación temporal y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas. La inhabilitación será de uno a 10 años si el monto de la afectación de la falta no excede las 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMAS). La inhabilitación será de diez a veinte años si el monto excede la medida antes mencionada.

Si la falta administrativa grave de la persona servidora pública le genera beneficios económicos, tendrá una sanción económica del doble del beneficio obtenido. Si dicha falta provocó daños y perjuicios a la Hacienda Pública tendrá que pagar una indemnización para reparar los daños.

Al dictamen de la Ley Orgánica se incorporaron algunas modificaciones propuestas por los legisladores. Entre ellas se especificaron las responsabilidades y atribuciones de la Sala Especializada del Tribunal de Justicia Administrativa, los recursos de revisión y los procedimientos de las salas colegiadas.

En lo que respecta a los juicios administrativos, se incorporaron modificaciones en el glosario, redacción y de precisión sobre la firma autógrafa o electrónica. Asimismo, en los transitorios se consideraron los plazos para la entrada en vigor de las modalidades de juicio.

El recién nombrado presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Eduardo Castillo López, anteriormente confirmó que la Comisión Permanente llamará a sesión extraordinaria con el fin de avalar las últimas propuestas que envío Barbosa Huerta antes de morir.

Las reformas secundarias al Poder Judicial forman parte de la reestructuración que comenzó el exgobernador con el fin de evitar los actos de corrupción al interior del TSJ.

Días después de la muerte del exgobernador Miguel Barbosa Huerta, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó las últimas reformas que envió al Poder Judicial.

En la sesión a puerta cerrada, los diputados locales avalaron las dos reformas secundarias que envió al Legislativo para la reestructuración del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJ). La primera se trata de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que incluye la implementación de sanciones contra los servidores públicos que comentan alguna falta durante el desempeño de sus funciones. La segunda es la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo que busca implementar juicios administrativos en línea.

Hay que recordar quela Ley Orgánica plasmó que los magistrados serán nombrados por el Congreso local a propuesta del Ejecutivo por un periodo de quince años y se requiere mayoría calificada(dos terceras partes de los votos) para su nombramiento.

Cada año habrá dos periodos de sesiones, el primero comenzará el primer día hábil de enero y terminará el último día hábil de agosto, el segundo periodo comenzará el primer día hábil de agosto y concluirá el último día hábil de la primera quincena de diciembre.

Específico las facultades del Consejo de la Judicatura, entre ellas que el cuerpo podrá aplicar mecanismos para prevenir faltas administrativas y actos de corrupción, coordinándose con el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, también se encuentra dar seguimiento al patrimonio de los servidores públicos del Poder Judicial con el fin de evitar algún enriquecimiento.

Inhabilitación y amonestación pública en sanciones

En el artículo 96 planteó la creación de procedimiento de responsabilidad administrativa para dar cuenta de las faltas que comentan los servidores públicos del Poder Judicial del Estado. Las investigaciones serán con respeto a la presunción de inocencia y la perspectiva de género.

Las indagatorias podrán iniciar como consecuencia de las quejas presentadas por particulares, autoridades al Poder Judicial del Estado o personas externas al mismo.

Las sanciones por faltas administrativas no graves serán la amonestación privada o pública, suspensión del cargo, destitución de su empleo e inhabilitación temporal para desempeñarse en el servicio público, la suspensión que se imponga podrá ser de uno a treinta días naturales, la inhabilitación temporal que no será menor de tres meses ni podrá exceder un año.

En las faltas administrativas graves está la suspensión del empleo, inhabilitación temporal y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas. La inhabilitación será de uno a 10 años si el monto de la afectación de la falta no excede las 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMAS). La inhabilitación será de diez a veinte años si el monto excede la medida antes mencionada.

Si la falta administrativa grave de la persona servidora pública le genera beneficios económicos, tendrá una sanción económica del doble del beneficio obtenido. Si dicha falta provocó daños y perjuicios a la Hacienda Pública tendrá que pagar una indemnización para reparar los daños.

Al dictamen de la Ley Orgánica se incorporaron algunas modificaciones propuestas por los legisladores. Entre ellas se especificaron las responsabilidades y atribuciones de la Sala Especializada del Tribunal de Justicia Administrativa, los recursos de revisión y los procedimientos de las salas colegiadas.

En lo que respecta a los juicios administrativos, se incorporaron modificaciones en el glosario, redacción y de precisión sobre la firma autógrafa o electrónica. Asimismo, en los transitorios se consideraron los plazos para la entrada en vigor de las modalidades de juicio.

El recién nombrado presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Eduardo Castillo López, anteriormente confirmó que la Comisión Permanente llamará a sesión extraordinaria con el fin de avalar las últimas propuestas que envío Barbosa Huerta antes de morir.

Las reformas secundarias al Poder Judicial forman parte de la reestructuración que comenzó el exgobernador con el fin de evitar los actos de corrupción al interior del TSJ.

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