Buscan endurecer penas por abuso sexual de menores en Puebla

La diputada Guadalupe Muciño Muñoz presentó la iniciativa en el Congreso del Estado

Berenice Martínez | El Sol de Puebla

  · martes 28 de abril de 2020

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En la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado se discute una iniciativa para reformar el Código Penal a fin de incrementar al doble las sanciones de prisión a quien abuse sexualmente de menores de edad, sobre todo si la víctima está privada de razón, de sentido o tiene alguna enfermedad.

La propuesta es de la diputada Guadalupe Muciño Muñoz, quien planteó modificar el artículo 261 del Código Penal del Estado, que actualmente establece de uno a cinco años de prisión y se sugiere aumentar de dos a 10 años, y multa de 20 a 200 Unidades de Medida y Actualización a quien haya ejecutado el delito con o sin consentimiento de la víctima.

Las penas aumentarán hasta en otro tanto igual si el delito fuere cometido con intervención de dos o más personas.

Cuando el sujeto pasivo sea mayor de 14 años y el ilícito se ejecute con violencia física o moral, la sanción ya no sería de seis meses a cuatro años de prisión (como actualmente) sino de uno a ocho años, y multa de 10 a 100 Unidades de Medida y Actualización, que también aumentarían hasta en otro tanto igual si se comete con intervención de dos o más personas.

Otra modificación propuesta es al artículo 278 para que la pena de cárcel ya no sea de tres a cinco años sino de seis a 10 años si el sujeto pasivo del delito de hostigamiento sexual es menor de 18 años o estuviere privado de razón o de sentido, no tuviere capacidad de comprender el significado del hecho o que por enfermedad no pueda oponer resistencia.

Si el sujeto pasivo del delito de acoso sexual es menor de 18 años, al responsable se le impondrá prisión de uno a tres años y multa de cien a 500 días de salario.

La diputada también propuso reformar el artículo 278 octies para castigar de cuatro a 14 años de cárcel a cualquier persona que tenga conocimiento del delito de violación, acoso sexual o abuso sexual a menores de 14 años y no acuda a la autoridad para denunciar el hecho.

La ley actual establece de dos a siete años de cárcel para la persona que conozca de la comisión de estos delitos y no los denuncie ante las autoridades competentes.