El Congreso del Estado no está facultado para volver a dictaminar las cuentas públicas del exgobernador del estado, Rafael Moreno Valle, como lo han señalado los diputados de la coalición “Juntos haremos historias” (Morena, PT y Encuentro Social) en los últimos días, ya que la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla les permite solicitar informes a la Auditoría Superior del Estado (ASE), como se aprobó hace unos días, pero esto no implica hacer modificaciones al mismo.
Así lo establece el tercer párrafo del artículo 56 de la ley en la materia, que señala que la Comisión Inspectora puede hacer consultas respecto al contenido del informe "sin que se entienda para todos los efectos legales como una modificación al Informe General”.
“A solicitud de la Comisión, el Auditor Superior y los funcionarios que éste designe, atenderán las consultas respecto al contenido de los Informes Generales, en sesiones de la Comisión, siempre y cuando no se revele información reservada o que forme parte de un proceso de investigación. Lo anterior, sin que se entienda para todos los efectos legales como una modificación al Informe General”, indica la ley.
Esta situación se ratifica en el artículo 68 de la misma ley, que expresamente señala que las aclaraciones no implican la reapertura del informe general de la cuenta pública.
“En aquellos casos en que la Comisión considere necesario aclarar o profundizar el contenido del Informe General correspondiente, podrá solicitar a la Auditoría Superior las explicaciones pertinentes, sin que ello implique la reapertura del Informe General”, indica el artículo.
Sin bien en materia administrativa el Congreso está impedido de generar un nuevo dictamen, la información que obtengan de la ASE puede ser utilizada para iniciar un procedimiento penal.
Así lo reconoció el presidente de la Mesa Directiva en el Congreso del Estado, José Juan Espinosa Torres, quien el viernes pasado puso el ejemplo del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, quien actualmente cumple una sentencia por el delito de enriquecimiento ilícito a pesar de que sus cuentas públicas fueron aprobadas.