/ sábado 25 de agosto de 2018

Castigarían acoso sexual con un año de prisión en Puebla

Esta propuesta es independiente a la modificación que hizo el Ayuntamiento de Puebla

Castigar hasta con un año de prisión el acoso sexual es parte de las iniciativas que mandó el gobernador del estado, José Antonio Gali Fayad, al Congreso del Estado, con el objetivo de dar cumplimiento a las 15 nuevas recomendaciones que realizó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) para evitar que se emita la Alerta de Violencia de Género en la entidad.

Se trata de diversas reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; así como modificaciones a la fracción III del artículo 80 de la Ley Orgánica Municipal y al Código Penal del Estado de Puebla.

Dichas iniciativas ingresaron a través de la Comisión Permanente, por lo que será a través de una sesión extraordinaria cuando se apruebe por los diputados de la actual legislatura, antes de que concluyan su periodo.

Dentro de las iniciativas destaca incluir penas corporales por el delito de acoso sexual, que actualmente solo se sanciona con multas económicas, por lo que se propone castigar con un mes y hasta un año de prisión, además de incluir agravante si el acoso es contra una mujer, según se establece en la propuesta de reforma al artículo 278 Quárter del Código Penal del Estado de Puebla.

Esta propuesta es independiente a la modificación que hizo el Ayuntamiento de Puebla para castigar el acoso callejero con multas de hasta 8 mil pesos y arresto de hasta 36 horas en contra de quien realice este tipo de conductas.

Otra de las propuestas de reforma que ayer recibió el Congreso es a la Ley Orgánica Municipal, donde se propone dotar expresamente a los Ayuntamientos para incluir en los reglamentos municipales el objetivo de garantizar una vida libre de violencia y la implementación de acciones afirmativas hacia las mujeres.

En el caso de las modificaciones a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se propone adecuarla a la legislación federal y sustituir términos como “ofendida” por “víctima” y el de “derechos fundamentales de las mujeres” por el de “Derechos Humanos de las mujeres”, en cumplimiento a lo que recomendó la Conavim.

Castigar hasta con un año de prisión el acoso sexual es parte de las iniciativas que mandó el gobernador del estado, José Antonio Gali Fayad, al Congreso del Estado, con el objetivo de dar cumplimiento a las 15 nuevas recomendaciones que realizó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) para evitar que se emita la Alerta de Violencia de Género en la entidad.

Se trata de diversas reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; así como modificaciones a la fracción III del artículo 80 de la Ley Orgánica Municipal y al Código Penal del Estado de Puebla.

Dichas iniciativas ingresaron a través de la Comisión Permanente, por lo que será a través de una sesión extraordinaria cuando se apruebe por los diputados de la actual legislatura, antes de que concluyan su periodo.

Dentro de las iniciativas destaca incluir penas corporales por el delito de acoso sexual, que actualmente solo se sanciona con multas económicas, por lo que se propone castigar con un mes y hasta un año de prisión, además de incluir agravante si el acoso es contra una mujer, según se establece en la propuesta de reforma al artículo 278 Quárter del Código Penal del Estado de Puebla.

Esta propuesta es independiente a la modificación que hizo el Ayuntamiento de Puebla para castigar el acoso callejero con multas de hasta 8 mil pesos y arresto de hasta 36 horas en contra de quien realice este tipo de conductas.

Otra de las propuestas de reforma que ayer recibió el Congreso es a la Ley Orgánica Municipal, donde se propone dotar expresamente a los Ayuntamientos para incluir en los reglamentos municipales el objetivo de garantizar una vida libre de violencia y la implementación de acciones afirmativas hacia las mujeres.

En el caso de las modificaciones a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se propone adecuarla a la legislación federal y sustituir términos como “ofendida” por “víctima” y el de “derechos fundamentales de las mujeres” por el de “Derechos Humanos de las mujeres”, en cumplimiento a lo que recomendó la Conavim.

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