/ domingo 7 de mayo de 2023

Claudia Rivera presenta juicio de impugnación ante el TEEP

El juicio será analizado por el magistrado Luis Enrique Rivero Carrera y busca dejar sin efecto la sentencia del tribunal electoral que declaró la inexistencia de violencia política de género

La militante de Morena, Claudia Rivera Vivanco, presentó un juicio de impugnación ante el Tribunal Federal en contra de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que exoneró a representantes de medios de comunicación por la supuesta comisión de violencia política de género en su contra.

El recurso se encuentra en la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bajo el expediente SCM-JDC-40/2023, sin embargo, el nombre de la morenista aparece como dato protegido, esto bajo el fundamento legal de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

El juicio será analizado por el magistrado Luis Enrique Rivero Carrera y busca dejar sin efecto la sentencia del tribunal electoral que declaró la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género contra la exalcaldesa de Puebla.

“La resolución que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla emitió en el asunto especial TEEP-AE-127/2022, en que -entre otras cuestiones- declaró la inexistencia de la infracción denunciada por la parte actora que acusaba la comisión de violencia política en razón de género en su contra”, es el acto reclamado.

De acuerdo con el expediente del tribunal loca, Rivera Vivanco promovió el juicio ante el TEEP contra el comunicador Gerardo Ruiz Herrera y otros actores, por hacer manifestaciones respecto a su cambio de imagen antes de buscar la reelección en 2021, así como alusión a meses y críticas a su vestimenta.

No obstante, los magistrados determinaron que no se encontraron elementos que permitan desprender una posible afectación a los derechos político-electorales de la denunciante, toda vez que no existió una situación de poder que den cuenta de un desequilibro entre la denunciante y denunciados, entre otras razones.

Finalmente, el TEEP declaró la inexistencia de violencia de género, toda vez que no guardan relación con una condición de ser mujer que hayan colocado a la denunciante en una situación de discriminación o riesgo, además de que se encuentra dentro de los márgenes permitidos por la libertad de expresión.

La militante de Morena, Claudia Rivera Vivanco, presentó un juicio de impugnación ante el Tribunal Federal en contra de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que exoneró a representantes de medios de comunicación por la supuesta comisión de violencia política de género en su contra.

El recurso se encuentra en la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bajo el expediente SCM-JDC-40/2023, sin embargo, el nombre de la morenista aparece como dato protegido, esto bajo el fundamento legal de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

El juicio será analizado por el magistrado Luis Enrique Rivero Carrera y busca dejar sin efecto la sentencia del tribunal electoral que declaró la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género contra la exalcaldesa de Puebla.

“La resolución que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla emitió en el asunto especial TEEP-AE-127/2022, en que -entre otras cuestiones- declaró la inexistencia de la infracción denunciada por la parte actora que acusaba la comisión de violencia política en razón de género en su contra”, es el acto reclamado.

De acuerdo con el expediente del tribunal loca, Rivera Vivanco promovió el juicio ante el TEEP contra el comunicador Gerardo Ruiz Herrera y otros actores, por hacer manifestaciones respecto a su cambio de imagen antes de buscar la reelección en 2021, así como alusión a meses y críticas a su vestimenta.

No obstante, los magistrados determinaron que no se encontraron elementos que permitan desprender una posible afectación a los derechos político-electorales de la denunciante, toda vez que no existió una situación de poder que den cuenta de un desequilibro entre la denunciante y denunciados, entre otras razones.

Finalmente, el TEEP declaró la inexistencia de violencia de género, toda vez que no guardan relación con una condición de ser mujer que hayan colocado a la denunciante en una situación de discriminación o riesgo, además de que se encuentra dentro de los márgenes permitidos por la libertad de expresión.

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