¿Cómo denunciar a un servidor público si recibiste un mal trato en Puebla?

Las sanciones son de carácter administrativo y se aplicarán sin perjuicio de las penas civiles o penales a que se hagan acreedores los infractores

Jared Carcaño / El Sol de Puebla

  · miércoles 23 de octubre de 2024

La operación de la línea telefónica para realizar las denuncias es de las 9:00 a las 17:00 horas del día, según el portal web del gobierno municipal. Foto: Ilustrativa Archivo / El Sol de Puebla

Si vives en el municipio de Puebla y recibiste un mal trato por un servidor público del ayuntamiento capitalino, como un policía o un agente de tránsito, tienes la opción de reportarlo a través del número gratuito 800 184 4452, para levantar una queja.

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Al llamar al número mencionado, la grabadora automática brinda dos opciones. En la primera se presentan quejas y denuncias, la segunda corresponde a pedir información sobre otros servicios.

Para el ejemplo mencionado, es necesario marcar el número 1 en el teclado del teléfono desde el cuál se llamó, posteriormente, se direccionará para que, una persona levante el reporte.

Familiares de personas declaradas víctimas de desaparición forzada o no localizadas. Foto: Archivo / El Sol de Puebla

Para cumplir con lo anterior, será necesario contar al personal del ayuntamiento la situación detallada de lo ocurrido, así como datos importantes, entre ellos el lugar de los hechos, hora y día. La operación de la línea telefónica es de las 9:00 a las 17:00 horas del día, según el portal web del gobierno municipal.

¿Qué es un servidor público?

Por servidor público se entienden todas las personas que laboran en la administración municipal, desde los rangos más altos como secretarios de las diferentes dependencias, directores, jefes de oficina, hasta el personal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SCC) o de tránsito, quienes, por la naturaleza de su trabajo, están en constante comunicación con los ciudadanos.

De acuerdo con el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (COREMUN), todas las infracciones cometidas por los servidores públicos se determinarán bajo el procedimiento que inicie Contraloría Municipal, y se sancionarán, además de lo señalado en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

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Dichas sanciones son de carácter administrativo y se aplicarán sin perjuicio de las penas civiles o penales a que se hagan acreedores los infractores.