No confirmar el finiquito de obra pública y omisiones para justificar procesos de adjudicación directa son las irregularidades detectadas en la cuenta pública 2017 del ex alcalde de San Pedro Cholula, José Juan Espinosa Torres, que ascienden a un posible daño patrimonial de 16 millones 725 mil 496 pesos.
Así lo expone el informe individualizado de la cuenta pública de San Pedro Cholula, que es uno de los 110 informes que se incluyeron en la orden del día de este miércoles en el Congreso del Estado y que el propio Espinosa Torres dio a conocer para acusar una persecución en su contra.
El monto observado más alto es por 5 millones 706 mil pesos por no comprobar el finiquito de los trabajos en la rehabilitación de La Casa del Pueblo en el centro de San Pedro Cholula, para lo cual argumentó que la documentación fue integrada en un expediente unitario que tiene la Secretaría de Obra Pública municipal.
Esa misma observación se aprecia en obras como la pavimentación con adoquín de la Avenida 6 poniente por 925 mil pesos, la rehabilitación del corredor artesanal en la Casa del Caballero Águila por un millón 864 mil pesos; así como la construcción de guarniciones, banquetas, cerca perimetral y señalética en el Tianguis Xixitla por un millón 785 mil pesos.
Por no justificar los procesos de licitación pública destacan obras como el mejoramiento de la imagen en la Plaza de la Concordia por un millón 356 mil pesos, el arrendamiento de maquinaria y equipo por un millón 159 mil pesos o la construcción de una barda perimetral en el tianguis de Xixitla.
Sin embargo, debido a que se prolongó la discusión para la designación del presidente de la Comisión de Derechos Humanos de Puebla, el asunto se reservó para la próxima sesión que se llevará a cabo el jueves.
La presidenta de la Comisión Inspectora, Olga Lucía Romero Garci Crespo, aclaró que la aprobación de los informes individualizados de las 110 cuentas públicas no implica en todos los casos el Inicio de un Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades (IPADR), pues los sujetos obligados pueden seguir sustentando las observaciones ante la Auditoría Superior del Estado (ASE).