El pleno del Congreso local aprobó la Ley de Construcciones para el Estado y Municipios de Puebla que establece una serie de lineamientos para dar certeza a los procedimientos de las obras que se llevan a cabo en la entidad que faculta a los 217 ayuntamientos para suspender, temporal o definitivamente una construcción cuando represente un peligro para las personas o ponga en peligro la vida de las personas.
Desde la tribuna, la diputada local del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Laura Zapata Martínez, celebró la aprobación de la normativa porque mejorará la forma en la que se llevan a cabo las construcciones. Al mismo tiempo, resaltó la colaboración de los diferentes sectores de la población para sacar adelante la normativa.
“Reconoce el papel primordial de los ciudadanos, los gobiernos, las organizaciones, las fundaciones y el sector público y privado de la construcción (…) este dictamen refleja nuestro compromiso con el emprendimiento en la construcción, respondiendo a la necesidad de contar con legislaciones actualizadas", indicó.
Ayuntamiento podrá suspender obras si ponen en riesgo la vida
Según con el documento, la ley faculta a los ayuntamientos para detener una construcción de forma temporal o definitiva cuando represente un peligro para la sociedad, sus bienes, viole la normativa o el Reglamento Municipal. Para cumplir con dicho punto, el ayuntamiento solicitará un dictamen técnico que deberá ser emitido por personal capacitado para determinar la gravedad del caso.
En la lista se dejó por sentado que, los municipios también pueden detener una obra por ejecutarla sin las debidas precauciones, se ponga en peligro la vida o la integridad de las personas. Respecto a las clausuras, se encuentra que la construcción no corresponda a lo autorizado en la licencia, se utilice total o parcialmente para algún uso o destino diferente e implique un riesgo grave para sus ocupantes.
Las infracciones a la Ley de Construcciones para el Estado y Municipios de Puebla serán estipuladas después de llevar a cabo una audiencia e incluyen multas de cien a diez mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), es decir, que va de los 10 mil al millón de pesos.
En caso de reincidencia, la multa podrá duplicarse, depende de la naturaleza y gravedad del asunto de que se trate.