La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó desechar el expediente SUP-JRC-106/2018, en el que el PRI controvertía la omisión y dilación del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) por un recurso en el que se acusaba de actos anticipados de campaña a la candidata al gobierno estatal de la coalición Por Puebla al Frente, Martha Erika Alonso Hidalgo.
En sesión de este miércoles, los magistrados decidieron desechar el recurso debido a que el pasado 22 de mayo, el TEEP emitió una sentencia respecto a la queja del PRI. Ésta implicó una sanción monetaria (de 403 mil pesos) para el partido Compromiso por Puebla, que fue el que pautó los spots que fueron materia de estudio, difundidos durante el periodo de intercampaña.
El expediente que fue revocado por la Sala Superior tuvo su origen en la queja SE/ESP/PRI/012/2018, que en el TEEP se estudió con las acumuladas SE/ESP/MORENA/003/2018, SE/ESP/MORENA/004/2018 y SE/ESP/PES/006/2018.