La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los procedimientos sancionadores promovidos contra del excandidato a diputado federal de Morena por el distrito 12 de Puebla, René Sánchez Galindo y el PAN por difundir un spot que alude al escándalo sexual de Saúl Huerta Corona.
En sesión pública de este jueves, los magistrados declararon inexistente la calumnia atribuida al Partido Acción Nacional (PAN) por difundir un promocional que refiere al presunto abuso del diputado federal de Morena, Saúl Huerta, contra menores de edad.
Lo anterior debido a que el contenido no imputa hechos falsos o delitos concretos contra el partido de izquierda ni contra el legislador del distrito 11 de Puebla capital. Además, las expresiones exponen la opinión o punto de vista del PAN respecto de los gobiernos emanados de Morena y en el spot se mencionan hechos atribuidos al diputado.
Si bien la Sala Especializada no sancionó al PAN, advirtió que esta fuerza política utilizó en su promocional lenguaje que invisibiliza a la mujer y minimiza a la niñez, por lo que pidió que al diseñar su propaganda consulte las publicaciones especializadas en la materia.
DESECHAN QUEJA CONTRA SÁNCHEZ GALINDO
Asimismo, la Sala desechó una queja promovida por el PAN en contra de René Sánchez Galindo, excandidato de Juntos Hacemos Historia a diputado federal del distrito 12, quien presuntamente usó de forma indebida símbolos religiosos en redes sociales. El blanquiazul también denunció a Morena por su probable responsabilidad indirecta en los hechos.
Sin embargo, se declaró la inexistencia de la irregularidad denunciada porque en las publicaciones del exsecretario de Gobernación Municipal, no se advirtió un llamado al voto al usar la imagen de la Catedral de Puebla, sino que dicho monumento se empleó para resaltar la pertenencia y vecindad del entonces candidato de Morena, PT y Partido Verde.
Por otro lado, tampoco se advirtió que las expresiones se encuentran relacionadas con algún tipo de credo, pues únicamente se hizo referencia a la ciudad de Puebla y su propósito no fue que la ciudadanía vinculara claramente a Sánchez Galindo con alguna religión.
“En consecuencia, la ponencia considera que la propaganda denunciada no vulnera los principios de laicidad y de equidad en la contienda”, resolvió por unanimidad de votos.