El estado de Puebla ocupa el penúltimo lugar a nivel nacional en el Índice de Estado de Derecho en México 2020-2021, principalmente al registrar las puntuaciones más bajas en materia de justicia penal y respeto a los derechos fundamentales, de acuerdo a los datos que arroja el informe del World Justice Project (WJP).
La herramienta de evaluación tiene como objetivo identificar las fortalezas y debilidades institucionales de cada país, tomando en cuenta ocho factores esenciales que enmarcan el concepto de Estado de Derecho: Límites al poder gubernamental, Ausencia de corrupción, Gobierno abierto, Derechos fundamentales, Orden y seguridad, Cumplimiento regulatorio, Justicia civil y Justicia penal. En los resultados globales que corresponden a México, Puebla quedó en el lugar 31 de las 32 entidades evaluadas.
De acuerdo al ranking que presenta el WJP, los puntajes oscilan entre 0 y 1, donde “1” indica la máxima adhesión al Estado de Derecho, y “0” una adhesión más débil, siendo los estados de Yucatán (0.47), Coahuila (0.45) y Campeche (0.44) los que registran los puntajes más altos. De manera paralela, las entidades que ocupan los últimos tres lugares son Morelos (0.36), Puebla (0.35) y Quintana Roo (0.34), resultados que demuestran los persistentes retos del país por atender.
En este sentido, el WJP destaca que en el último año se observó un estancamiento en el progreso del país hacia un Estado de Derecho robusto, y aunque hubo entidades que sí mostraron mejoras, otros continuaron con brechas, principalmente en temas de justicia, seguridad, corrupción y cumplimiento regulatorio. Los puntajes obtenidos revelaron un avance en 17 estados, descenso en cinco y permanencia sin cambios en 10, de los cuales, Puebla se colocó en esta última selección.
Y es que, en comparación con los resultados del reporte 2019-2020, las entidades que permanecieron sin cambios fueron: Chiapas, Ciudad de México, Colima, Durango, Estado de México, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nuevo León y Puebla.
El informe destaca que la pandemia por COVID-19 y la aplicación de las medidas sanitarias trajeron consigo algunas disrupciones en el funcionamiento de las instituciones gubernamentales y. en la mayoría de los estados, las instituciones de justicia se vieron particularmente afectadas por esta situación.
Entre las gráficas que presenta el Índice de Estado de Derecho en México 2020-2021, hay un ranking segmentado de los ocho factores, en los cuales, la entidad poblana se posicionó entre los últimos 10 lugares con las puntuaciones más bajas, es decir, muy por debajo de la media de los 32 estados.
A su vez, estos factores fueron desagregados en un total de 42 sub-factores que también miden el grado de adhesión al Estado de Derecho. Para obtener dichos puntajes se utilizaron tres fuentes de información: una encuesta a población general; encuesta a especialistas y abogados que ejercen en los 32 estados, así como estadísticas oficiales y bases de datos recopiladas por otras instituciones.
FACTOR 1: LÍMITES AL PODER GUBERNAMENTAL (29/32)
En el factor Límites al poder gubernamental, evaluaron si en la práctica, los pesos y contrapesos institucionales, limitan el accionar de quienes gobiernan, en particular, de gobernadores, alcaldes y demás autoridades del poder ejecutivo estatal, y si además, los responsabilizan de sus actos.
En este contexto, Puebla ocupó la posición número 29 de 32 disponibles, con un puntaje de 0.38, mientras que Nuevo León lideró la lista con 0.51, sin embargo, a pesar de que el estado del norte obtuvo el primer lugar, no alcanzó el número máximo de la puntuación, que equivale a 1.
En los sub-factores, la entidad obtuvo los siguientes puntajes: el legislativo es un contrapeso eficaz (0.32), el judicial es un contrapeso eficaz (0.43), los organismos de control son un contrapeso eficaz (0.24), sanciones por abuso de poder (0.37), los contrapesos no gubernamentales son eficaces (0.47), y las elecciones se apegan a la ley (0.42)
FACTOR 2: AUSENCIA DE CORRUPCIÓN (23/32)
Aquí se midió la ausencia de corrupción, definida como el uso del poder público para obtener un beneficio privado, en los poderes ejecutivo, legislativo y judiciales locales, y en el sistema de seguridad y procuración de justicia.
En este tenor, el ranking colocó al estado en el número 23 con un puntaje de 0.33, cuando el estado que obtuvo el número más alto fue Querétaro, con 0.46 puntos.
En los resultados obtenidos de los sub-factores, se tiene que en la ausencia de corrupción del ejecutivo se alcanzaron 0.41 puntos; en la ausencia de corrupción en el judicial, 0.37; ausencia de corrupción en las instituciones de seguridad y procuración de justicia, 0.26; mientras que la ausencia de corrupción en el legislativo fue de 0.28 puntos.
FACTOR 3: GOBIERNO ABIERTO (27/32)
Este concepto se definió como aquel gobierno que comparte información, empodera a las personas para que exijan rendición de cuentas, y fomenta la participación ciudadana en la toma de decisiones. Además, contempló si la ciudadanía puede conocer el accionar del gobierno y si puede incidir en sus decisiones.
En el caso de Puebla, la entidad se colocó en el lugar 27 con un puntaje de 0.34, lo que representa una adhesión débil hacia este factor, en comparación con la Ciudad de México, que se colocó en el primero lugar con un puntaje del 0.51.
El factor de Gobierno abierto únicamente contó con dos sub-factores, en los que se observaron los siguientes resultados: participación ciudadana, 0.27 puntos; y derecho a la información pública, 0.41 puntos.
FACTOR 4: DERECHOS FUNDAMENTALES (31/32)
Referente a los derechos fundamentales se midió la protección efectiva de estos, reconociendo que un sistema de gobernanza en el que no se garantizan los derechos fundamentales establecidos por el derecho internacional, no puede ser un Estado de Derecho.
Fue en este factor donde la entidad registró una de las posiciones más bajas, al colocarse en el lugar número 31, con un puntaje del 0.43, en tanto, Querétaro lideró la lista con la mayor adhesión con 0.56 puntos.
En el desagregado de sub-factores se observaron los siguientes resultados: ausencia de discriminación (0.38), debido proceso legal (0.37), libertad de expresión (0.47), libertad religiosa (0.73), derecho a la privacidad (0.30), libertad de asociación (0.54) y derechos laborales (0.20).
FACTOR 5: ORDEN Y SEGURIDAD (24/32)
Este factor consideró si el Estado es efectivo en garantizar la seguridad de las personas y las de sus propiedades, no obstante, esta dimensión no incluyó delitos como narcotráfico, delincuencia organizada, lavado de dinero, robo de combustible y trata de personas. A pesar de que en este punto el estado se colocó en la posición número 24, aun así se mantuvo entre los 10 estados con los números más bajos, al sumar únicamente 0.30 puntos.
En el desagregado de sub-factores, los puntos que alcanzó la entidad quedaron de la siguiente manera: ausencia de homicidios (0.25), ausencia del crimen (0.37) y, las personas se sienten seguras (0.27).
FACTOR 6: CUMPLIMIENTO REGULATORIO (06/32)
En este punto se midió la normativa y si las regulaciones se aplican de manera efectiva, principalmente en el ámbito de salud pública, seguridad en el lugar de trabajo, protección del medio ambiente y actividad comercial, contexto donde la entidad recibió una de las evaluaciones más altas con 0.42 puntos, que la posicionaron en el lugar número seis.
Entre los cinco sub-factores de este punto se tuvieron los siguientes índices: cumplimiento regulatorio eficaz (0.36), cumplimiento regulatorio libre de corrupción (0.65), procedimientos administrativos eficientes (0.42), debido proceso en procedimientos administrativos (0.35) y derechos de propiedad (0.34).
FACTOR 7: JUSTICIA CIVIL (26/32)
En este aspecto se mide si las personas pueden acceder a mecanismos pacíficos y efectivos para resolver sus controversias a través del sistema de justicia civil. Aquí se precisa que para garantizar el acceso a la justica civil, es necesario que las personas conozcan y confíen en los mecanismos formales para resolver sus problemas legales, y que no haya barreras por costos ni procesos burocráticos, por mencionar algunos. En este factor, Guanajuato fue el estado que obtuvo el puntaje más alto (0.45), que lo llevó a ocupar el primer lugar de mayor adhesión, en contraste, la entidad se colocó en la posición número 26 con 0.34 puntos.
En tanto, los puntajes que se observaron en los subfactores fueron los siguientes: las personas conocen sus derechos (0.27), acceso a la información y asesoría legal asequible en casos civiles (0.36), justicia civil asequible y sin proceso burocráticos (0.27), justicia civil imparcial, independiente y libre de corrupción (0.39), justicia civil de calidad (0.35), justicia civil expedita (0.27), ejecución efectiva de las resoluciones en materia civil (0.32) y mecanismos alternativos de solución accesibles, imparciales y expeditos (0.47).
FACTOR 8: JUSTICIA PENAL (31/32)
Como su nombre lo indica, en el factor 8 se evaluó la efectividad y la calidad del sistema de justicia penal. Para ello, se detalla, que un sistema de penal de calidad debe respetar los derechos de las víctimas y de las personas acusadas. Aunado a esto, la evaluación integral de la justicia penal debe contemplar el accionar de todas las personas participantes del sistema, incluyendo la policía, defensores, asesores jurídicos de las víctimas, fiscales, jueces, juezas y autoridades encargadas del sistema penitenciario.
A pesar de que la Justicia penal es uno de los puntos más importantes para consolidar el Estado de Derecho, Puebla registró uno de los peores puntajes, con el 0.29, que lo colocó en la posición número 31, solo por encima de Veracruz quien obtuvo la pero evaluación (0.27).
Finalmente, en los sub-factores que contempla este punto, se registraron los siguientes puntajes: investigación penal y eficaz (0.16), procuración e impartición de justicia eficiente y eficaz (0.25), derechos de las víctimas (0.39), debido proceso legal (0.37), justicia penal imparcial, independiente y libre de corrupción (0.32), y sistema penitenciario seguro y respetuoso de los derechos humanos (0.28).
Con estos datos -que forman parte de la tercera edición en esta modalidad del World Justice Project (WJP)- se pretende destacar y recordar que el Estado de Derecho se debe basar en cuatro principios universales: la rendición de cuentas, aplicación de leyes justas, procesos justos, y la implementación de mecanismos accesibles e imparciales para resolver disputas.
Bajo estos conceptos se enfatiza que el Estado de Derecho debe entenderse como un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades estén sujetas al cumplimiento de la ley, la cual es respetuosa de los derechos humanos para que se aplica de forma equitativa, justa y eficiente para vivir en un ambiente de paz y progreso.