Sancionar con tres a seis años de prisión y con una multa que podría ir de mil a 2 mil UMAS (Unidad de Medida y Actualización), fue lo que propuso la diputada Nora Merino Escamilla, para aplicar a aquellos personas que divulguen la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente sin el consentimiento de la misma.
Se aplicarán las mismas sanciones a las personas que obtengan de dispositivos móviles o de almacenamiento de datos exposiciones de contenido erótico.
La propuesta reforma la denominación de la decidió tercera del capítulo séptimo del Libro segundo para llamarse delitos contra la privacidad sexual y el artículo 225 y se adiciona el artículo 225 bis del Código Penal de Puebla.