/ lunes 10 de junio de 2024

Diputados de Morena y aliados, con poder para rediseñar o desaparecer órganos colegiados

Se prevé que el bloque oficialista controle por lo menos dos terceras partes del parlamento, lo que le dará poder para ejercer la mayoría calificada

El control que tendrá el bloque oficialista en el Congreso local en la próxima legislatura dotará a los diputados que lo conforman de diversos alcances, como el poder para disolver la Mesa Directiva del parlamento, o bien para aprobar –o desechar– designaciones en institutos clave del Estado poblano, esto sin que el contrapeso opositor represente un obstáculo para ello.

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Frente a la nueva configuración que tendrá el Poder Legislativo a partir de los resultados de la jornada electoral del pasado 2 de junio, se estima que Morena y el resto de partidos que lo acompañaron en coalición ostenten el poder suficiente para rediseñar algunos órganos colegiados del propio parlamento y otras instituciones.

Cualquier toma de decisiones a nivel legislativo puede ocurrir a partir de dos principios: mayoría absoluta y mayoría calificada.

El primero de ellos es, de acuerdo al artículo segundo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, “el resultado de la suma de votos que representa, cuando menos, la mitad más uno de los presentes”.

Dicho de otra manera, cuando una ley o reforma se somete a votación generalmente requiere de mayoría absoluta, esto quiere decir que la mitad del parlamento más una persona debe manifestar su voto a favor o en contra de dicha determinación para que ésta pase o se deseche, según sea el caso.

Por otra parte, la mayoría calificada, que es la que Morena y sus aliados se perfilan a obtener en la próxima legislatura, hace referencia al “resultado de la suma de votos que representa, cuando menos, las dos terceras partes de los presentes”.

Cabe mencionar que el bloque oficialista acaparó en los comicios de junio pasado la totalidad de distritos electorales designados por la vía de mayoría relativa, es decir, todos los que pudieron haberse obtenido por el voto popular.

El Congreso de Puebla posee 41 curules, sin embargo, los 15 restantes se reparten por la autoridad electoral entre las fuerzas partidistas que participaron en la elección, idealmente con la finalidad de combatir la sobre y subrepresentación de las organizaciones. Estas diputaciones son conocidas como de representación proporcional, o bien plurinominales, y su designación se realiza con base a los sufragios emitidos a favor de cada institución en las urnas.

Con base en una proyección hecha por representantes de Morena a partir de lineamientos locales, se estimó que dicho partido y sus aliados obtendrán cuatro de los 15 escaños apartados para el principio de representación proporcional. El resto se repartirá, tentativamente, entre los partidos Acción Nacional (PAN), que podrá tener hasta siete curules; Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano, con dos curules cada uno.

De esta manera se prevé que el bloque oficialista controle, con sus 30 legisladores, a por lo menos dos terceras partes del parlamento. Esto le dará poder para ejercer la mayoría calificada.

Posibilidad de disolver órganos con la mayoría calificada

Ante ese contexto, vale la pena analizar con detenimiento lo que dice la ley acerca de las acciones que pueden oficializarse con el beneficio de la mayoría calificada.

Según la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, con la venia de las dos terceras partes del Congreso local pueden disolverse algunos órganos colegiados, como la Mesa Directiva o las Comisiones y Comités del parlamento. También puede autorizar o desechar designaciones del Poder Judicial y del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (Itaipue).

El artículo 72 del mencionado estatuto establece que la Mesa Directiva del Poder Legislativo, que tiene entre sus facultades establecer la fecha y orden en las sesiones parlamentarias, turnar proyectos de ley, conceder licencias y, sobre todo, habilitar recintos distintos al Congreso para llevar a cabo los actos de sesión, puede disolverse por mayoría calificada.

Dicho de otra manera, se requieren por lo menos dos terceras partes del parlamento para que los integrantes de este órgano puedan removerse total o parcialmente. Para lograrlo es necesario que los miembros del mismo hayan incumplido acuerdos del Pleno o que hayan violado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o su homóloga de Puebla.

Aunado a lo anterior, el artículo 22 señala que el recinto oficial del Poder Legislativo podrá modificarse a conveniencia de los diputados que conformen la mayoría calificada.

Del mismo modo, el artículo 59 señala que una Comisión, que es un órgano colegiado dedicado a la elaboración de dictámenes, informes y resoluciones, usualmente previas a la votación plenaria, puede modificarse por las dos terceras partes del Congreso. Lo mismo puede ocurrir con los Comités, que son organismos auxiliares de la Comisión.

Por otra parte, la Constitución Política del Estado de Puebla señala que el Itaipue, que es el instituto garante de la información y la transparencia de la ciudadanía, debe ser dirigido por tres comisiones. Algunas de las responsabilidades de dichos funcionarios es clasificar o desclasificar archivos, ordenar la publicación de datos, entre otros.

Las tres comisiones en su totalidad deberán elegirse por mayoría calificada en el parlamento. En otras palabras, el bloque de Morena y sus aliados tendrá la posibilidad legal de reconfigurar la organización del Itaipue.

Lo mismo sucederá con el Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Tribunal de Justicia Administrativa, que se encarga de la resolución de controversias y asignación de responsabilidades del Poder Judicial local.

En este caso, la Constitución señala que las magistraturas deberán proponerse por el gobernador, pero aprobadas por el Poder Legislativo a través de la mayoría calificada.

Finalmente, cabe recordar que se espera que Morena incluya a los siguientes perfiles en sus escaños de representación proporcional: Julio Miguel Huerta Gómez, Ana Laura Gómez Ramírez, José Luis García Parra y Laura Artemisa García Chávez; mientras que el PAN agregue a: Celia Bonaga Ruiz, Marcos Castro Ruiz, Susana del Carmen Riestra Piña, Rafael Micalco Méndez, Luana Armida Amador Vallejo, Francisco Javier Vargas Nava, y Mar y Cielo Aldana Huidobro; el PRI a Delfina Pozos Vergara y Lázaro Cuauhtémoc Jiménez Aquino; y Movimiento Ciudadano a Fedrha Suriano Corrales y Marco Antonio de los Santos Hernández.

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El control que tendrá el bloque oficialista en el Congreso local en la próxima legislatura dotará a los diputados que lo conforman de diversos alcances, como el poder para disolver la Mesa Directiva del parlamento, o bien para aprobar –o desechar– designaciones en institutos clave del Estado poblano, esto sin que el contrapeso opositor represente un obstáculo para ello.

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Frente a la nueva configuración que tendrá el Poder Legislativo a partir de los resultados de la jornada electoral del pasado 2 de junio, se estima que Morena y el resto de partidos que lo acompañaron en coalición ostenten el poder suficiente para rediseñar algunos órganos colegiados del propio parlamento y otras instituciones.

Cualquier toma de decisiones a nivel legislativo puede ocurrir a partir de dos principios: mayoría absoluta y mayoría calificada.

El primero de ellos es, de acuerdo al artículo segundo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, “el resultado de la suma de votos que representa, cuando menos, la mitad más uno de los presentes”.

Dicho de otra manera, cuando una ley o reforma se somete a votación generalmente requiere de mayoría absoluta, esto quiere decir que la mitad del parlamento más una persona debe manifestar su voto a favor o en contra de dicha determinación para que ésta pase o se deseche, según sea el caso.

Por otra parte, la mayoría calificada, que es la que Morena y sus aliados se perfilan a obtener en la próxima legislatura, hace referencia al “resultado de la suma de votos que representa, cuando menos, las dos terceras partes de los presentes”.

Cabe mencionar que el bloque oficialista acaparó en los comicios de junio pasado la totalidad de distritos electorales designados por la vía de mayoría relativa, es decir, todos los que pudieron haberse obtenido por el voto popular.

El Congreso de Puebla posee 41 curules, sin embargo, los 15 restantes se reparten por la autoridad electoral entre las fuerzas partidistas que participaron en la elección, idealmente con la finalidad de combatir la sobre y subrepresentación de las organizaciones. Estas diputaciones son conocidas como de representación proporcional, o bien plurinominales, y su designación se realiza con base a los sufragios emitidos a favor de cada institución en las urnas.

Con base en una proyección hecha por representantes de Morena a partir de lineamientos locales, se estimó que dicho partido y sus aliados obtendrán cuatro de los 15 escaños apartados para el principio de representación proporcional. El resto se repartirá, tentativamente, entre los partidos Acción Nacional (PAN), que podrá tener hasta siete curules; Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano, con dos curules cada uno.

De esta manera se prevé que el bloque oficialista controle, con sus 30 legisladores, a por lo menos dos terceras partes del parlamento. Esto le dará poder para ejercer la mayoría calificada.

Posibilidad de disolver órganos con la mayoría calificada

Ante ese contexto, vale la pena analizar con detenimiento lo que dice la ley acerca de las acciones que pueden oficializarse con el beneficio de la mayoría calificada.

Según la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, con la venia de las dos terceras partes del Congreso local pueden disolverse algunos órganos colegiados, como la Mesa Directiva o las Comisiones y Comités del parlamento. También puede autorizar o desechar designaciones del Poder Judicial y del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (Itaipue).

El artículo 72 del mencionado estatuto establece que la Mesa Directiva del Poder Legislativo, que tiene entre sus facultades establecer la fecha y orden en las sesiones parlamentarias, turnar proyectos de ley, conceder licencias y, sobre todo, habilitar recintos distintos al Congreso para llevar a cabo los actos de sesión, puede disolverse por mayoría calificada.

Dicho de otra manera, se requieren por lo menos dos terceras partes del parlamento para que los integrantes de este órgano puedan removerse total o parcialmente. Para lograrlo es necesario que los miembros del mismo hayan incumplido acuerdos del Pleno o que hayan violado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o su homóloga de Puebla.

Aunado a lo anterior, el artículo 22 señala que el recinto oficial del Poder Legislativo podrá modificarse a conveniencia de los diputados que conformen la mayoría calificada.

Del mismo modo, el artículo 59 señala que una Comisión, que es un órgano colegiado dedicado a la elaboración de dictámenes, informes y resoluciones, usualmente previas a la votación plenaria, puede modificarse por las dos terceras partes del Congreso. Lo mismo puede ocurrir con los Comités, que son organismos auxiliares de la Comisión.

Por otra parte, la Constitución Política del Estado de Puebla señala que el Itaipue, que es el instituto garante de la información y la transparencia de la ciudadanía, debe ser dirigido por tres comisiones. Algunas de las responsabilidades de dichos funcionarios es clasificar o desclasificar archivos, ordenar la publicación de datos, entre otros.

Las tres comisiones en su totalidad deberán elegirse por mayoría calificada en el parlamento. En otras palabras, el bloque de Morena y sus aliados tendrá la posibilidad legal de reconfigurar la organización del Itaipue.

Lo mismo sucederá con el Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Tribunal de Justicia Administrativa, que se encarga de la resolución de controversias y asignación de responsabilidades del Poder Judicial local.

En este caso, la Constitución señala que las magistraturas deberán proponerse por el gobernador, pero aprobadas por el Poder Legislativo a través de la mayoría calificada.

Finalmente, cabe recordar que se espera que Morena incluya a los siguientes perfiles en sus escaños de representación proporcional: Julio Miguel Huerta Gómez, Ana Laura Gómez Ramírez, José Luis García Parra y Laura Artemisa García Chávez; mientras que el PAN agregue a: Celia Bonaga Ruiz, Marcos Castro Ruiz, Susana del Carmen Riestra Piña, Rafael Micalco Méndez, Luana Armida Amador Vallejo, Francisco Javier Vargas Nava, y Mar y Cielo Aldana Huidobro; el PRI a Delfina Pozos Vergara y Lázaro Cuauhtémoc Jiménez Aquino; y Movimiento Ciudadano a Fedrha Suriano Corrales y Marco Antonio de los Santos Hernández.

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