/ miércoles 20 de abril de 2022

El 30 de abril concluye plazo para interesados en concesión de grúas de arrastre

La concesión de la dependencia estatal tienen duración de un año con probabilidad de renovación

La Secretaría de Movilidad y Transporte (STM) dio a conocer que el 30 de abril concluirá el plazo para que los interesados en registrar grúas de arrastre, salvamento o algún concesionario vehicular presenten su solicitud y adquieran una concesión de la dependencia estatal por una duración de un año y con probabilidad de renovación.

Esto se debe a que el 23 de marzo la STM reanudó y amplió los plazos contemplados en el Reglamento de la Ley de Transporte para Puebla en materia de Servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, por lo que los interesados cuentan con una semana y media para llevar a cabo el proceso.

De acuerdo con los requisitos publicados en el Periódico Oficial del Estado, las concesiones serán otorgadas a personas físicas o morales que presten el servicio de depósito de vehículos y deberán presentan una solicitud por escrito a la STM.

Para las personas físicas, dicho documento deberá incluir el acta de nacimiento original, Clave Única de Registro de Población (CURP); identificación oficial y comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a dos meses. En lo que respecta a personas morales les pedirán una copia certificada del acta constitutiva, así como del documento en que consten las facultades del representante legal otorgado ante notario público e identificación oficial de su representante.

Asimismo especificó que las personas morales y físicas también deberán presentar la copia certificada del documento idóneo que acredite el goce y disfrute aplicable del inmueble en el que se pretenda prestar el servicio, documento actualizado que ampare la inscripción del solicitante en el Registro Federal de Contribuyentes, croquis que indique la ubicación, superficie, colindancias y orientación del terreno en donde se pretende establecer el depósito, mismo que deberá contar con una superficie mínima de cinco mil metros cuadrados, piso compacto, sanitarios y sistema de vigilancia que incluya medios tecnológicos.

Entre los otros requisitos se incluye el permiso o autorización de uso de suelo del predio y póliza de seguro de responsabilidad por daños a terceros, la cual deberá permanecer vigente durante el tiempo que dure la concesión y deberá cumplir con las especificaciones que señala el reglamento.

Una vez que la solicitud sea recibida pasará a ser revisada por la Dirección de Transporte Mercantil y Aplicaciones, para determinar si se cumplieron los requisitos señalados, en caso de no ser así tendrán un plazo de treinta días hábiles contados a partir de la notificación para su regularización, en caso contrario, no procederá.

La Secretaría de Movilidad y Transporte (STM) dio a conocer que el 30 de abril concluirá el plazo para que los interesados en registrar grúas de arrastre, salvamento o algún concesionario vehicular presenten su solicitud y adquieran una concesión de la dependencia estatal por una duración de un año y con probabilidad de renovación.

Esto se debe a que el 23 de marzo la STM reanudó y amplió los plazos contemplados en el Reglamento de la Ley de Transporte para Puebla en materia de Servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, por lo que los interesados cuentan con una semana y media para llevar a cabo el proceso.

De acuerdo con los requisitos publicados en el Periódico Oficial del Estado, las concesiones serán otorgadas a personas físicas o morales que presten el servicio de depósito de vehículos y deberán presentan una solicitud por escrito a la STM.

Para las personas físicas, dicho documento deberá incluir el acta de nacimiento original, Clave Única de Registro de Población (CURP); identificación oficial y comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a dos meses. En lo que respecta a personas morales les pedirán una copia certificada del acta constitutiva, así como del documento en que consten las facultades del representante legal otorgado ante notario público e identificación oficial de su representante.

Asimismo especificó que las personas morales y físicas también deberán presentar la copia certificada del documento idóneo que acredite el goce y disfrute aplicable del inmueble en el que se pretenda prestar el servicio, documento actualizado que ampare la inscripción del solicitante en el Registro Federal de Contribuyentes, croquis que indique la ubicación, superficie, colindancias y orientación del terreno en donde se pretende establecer el depósito, mismo que deberá contar con una superficie mínima de cinco mil metros cuadrados, piso compacto, sanitarios y sistema de vigilancia que incluya medios tecnológicos.

Entre los otros requisitos se incluye el permiso o autorización de uso de suelo del predio y póliza de seguro de responsabilidad por daños a terceros, la cual deberá permanecer vigente durante el tiempo que dure la concesión y deberá cumplir con las especificaciones que señala el reglamento.

Una vez que la solicitud sea recibida pasará a ser revisada por la Dirección de Transporte Mercantil y Aplicaciones, para determinar si se cumplieron los requisitos señalados, en caso de no ser así tendrán un plazo de treinta días hábiles contados a partir de la notificación para su regularización, en caso contrario, no procederá.

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