La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 64/2022 contra el Instituto Nacional de Migración, Fiscalía General de la República y la Fiscalía General del Estado de Puebla, por irregularidades y falta de atención especializada a mujeres presuntas víctimas de trata de personas.
En el documento se precisó que, cuando dos mujeres extranjeras ingresaron a la Estación Migratoria de Puebla, las víctimas se encontraban en condiciones de vulnerabilidad múltiple al tratarse de migrantes y probables víctimas del delito de trata de personas, lo que exigía una mayor protección por parte de las autoridades responsables.
Lo anterior se derivó de una queja, en el cual las agraviadas detallaron que personal del INM se presentó en el lugar donde se encontraban para realizar una verificación, y que, a pesar de que dijeron contar con documentos que acreditaban su estancia regular, fueron puestas a disposición en la Estación Migratoria donde se les abrió un procedimiento.
En la querella manifestaron que no se le permitió la entrada al abogado contratado por sus familiares para representarlas, ni les proporcionaron la atención médica.
Posteriormente, las víctimas presentaron una denuncia ante la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Fiscalía General de la República (FEVIMTRA), por lo que abrieron una carpeta de investigación por los delitos de trata de personas en su hipótesis de trabajo o servicios forzados.
Ante este panorama, la CNDH determinó que, al ingresar las víctimas a la Estación Migratoria de Puebla se encontraban en condiciones de vulnerabilidad, lo que exigía una mayor protección por parte de las autoridades responsables y requerían una atención especializada.
Pese a ello, los servidores públicos responsables se abstuvieron de hacerlo y también omitieron brindarles atención médica y psicológica en su calidad de probables víctimas.
Por lo anterior, el organismo autónomo determinó que existieron violaciones a los derechos humanos y solicitó al INM que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), brinden la reparación integral del daño que incluya atención médica y psicológica especializada durante el tiempo que se requiera, así como una compensación justa y suficiente.
Además, pidió inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas.
De igual manera, recomendó emitir tres circulares dirigidas a la titular de la Oficina de Representación del INM en Puebla y su personal. La primera en la que se le instruya dar cumplimiento a los términos, específicamente aquellos relacionados con las solicitudes de cambio de condición de estancia a visitante por razones humanitarias.
La segunda circular deberá hacerles saber el contenido de los Lineamientos, Manuales y/o Protocolos de Atención vigentes, encaminados a detectar e identificar a víctimas y/o posibles víctimas de los delitos en materia de trata de personas que se encuentren al interior de dicha Estación Migratoria.
En la tercera circular tendrá que reiterar a las personas servidoras públicas del INM en Puebla, que las víctimas de trata de personas pueden ser alojadas en Estaciones Migratorias y/o Estancias Migratorias y que deberán ser trasladadas a un espacio donde se les brinde alojamiento adecuado, así como la asistencia material, jurídica, médica, psicológica y social especializada que requieran.
La CNDH también demandó diseñar e impartir un curso sobre atención victimológica con perspectiva de género.