/ viernes 15 de noviembre de 2019

En Puebla, ningún sentenciado por tortura

Se han abierto 42 carpetas de investigación por este delito

Aunque en Puebla se han abierto 42 carpetas de investigación por el delito de tortura, a la fecha no existe ninguna sentencia y los registros no se ajustan a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Así lo advierte la plataforma “Observatorio contra la Tortura”, que denuncia las carencias y expone datos e interpretaciones en la implementación de la Ley General contra la Tortura en México, presentada y elaborada por organizaciones de la sociedad civil y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) en el país.

Las estadísticas fueron elaboradas con respuestas de solicitudes de información realizadas a la Fiscalía General de la República y fiscalías estatales, la cuales no revelaron el sexo de la persona que denunció el delito ni la autoridad señalada como presuntamente responsable.

En cuanto a la creación de instancias la plataforma refiere que en Puebla existe una unidad especializada en la investigación del delito de tortura y se han realizado siete peritajes médicos y psicológicos entre 2014 y lo que va de 2019, cifra que ubica al Estado en tercer lugar nacional después de Quintana Roo que registró siete y Baja California 38 peritajes.

Según la Ley General contra la Tortura, las fiscalías deben contar con registros sobre los casos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, que deben incluir información sobre el lugar, fecha, circunstancias, técnicas utilizadas, autoridades señaladas como posibles responsables, el estatus de las investigaciones y en su caso, información de la víctima: su situación jurídica, edad, sexo o cualquier otra condición relevante.

La entidad tampoco tiene el número de víctimas directas e indirectas de tortura registradas por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en el Registro Nacional de Víctimas (RENAVI), información que proviene de tres fuentes: la que fue proporcionada por los afectados mediante el formato de registro, la proveniente de determinaciones emitidas por las autoridades competentes al ser reconocido el estatus de víctima y de las solicitudes de registro al RENAVI por parte de las Comisiones Estatales de Atención a Víctimas.

El Observatorio indica que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) clasificó seis quejas como tortura en Puebla -en el hospital psiquiátrico “Dr. Rafael Serrano”, de las cuales una ha sido atendida, dos están en avance y tres persisten-.

La plataforma destaca que el nivel de acceso a la información pública de la Fiscalía poblana sobre la investigación del delito de tortura es de 9,63 en una escala de 0 a 10, cuyo indicador está dirigido a medir el nivel de producción y acceso a la información sobre este crimen, así como los recursos humanos y financieros con los que cuentan, a través de la evaluación de los datos que proporcionaron al Observatorio contra la Tortura.

Aunque en Puebla se han abierto 42 carpetas de investigación por el delito de tortura, a la fecha no existe ninguna sentencia y los registros no se ajustan a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Así lo advierte la plataforma “Observatorio contra la Tortura”, que denuncia las carencias y expone datos e interpretaciones en la implementación de la Ley General contra la Tortura en México, presentada y elaborada por organizaciones de la sociedad civil y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) en el país.

Las estadísticas fueron elaboradas con respuestas de solicitudes de información realizadas a la Fiscalía General de la República y fiscalías estatales, la cuales no revelaron el sexo de la persona que denunció el delito ni la autoridad señalada como presuntamente responsable.

En cuanto a la creación de instancias la plataforma refiere que en Puebla existe una unidad especializada en la investigación del delito de tortura y se han realizado siete peritajes médicos y psicológicos entre 2014 y lo que va de 2019, cifra que ubica al Estado en tercer lugar nacional después de Quintana Roo que registró siete y Baja California 38 peritajes.

Según la Ley General contra la Tortura, las fiscalías deben contar con registros sobre los casos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, que deben incluir información sobre el lugar, fecha, circunstancias, técnicas utilizadas, autoridades señaladas como posibles responsables, el estatus de las investigaciones y en su caso, información de la víctima: su situación jurídica, edad, sexo o cualquier otra condición relevante.

La entidad tampoco tiene el número de víctimas directas e indirectas de tortura registradas por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en el Registro Nacional de Víctimas (RENAVI), información que proviene de tres fuentes: la que fue proporcionada por los afectados mediante el formato de registro, la proveniente de determinaciones emitidas por las autoridades competentes al ser reconocido el estatus de víctima y de las solicitudes de registro al RENAVI por parte de las Comisiones Estatales de Atención a Víctimas.

El Observatorio indica que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) clasificó seis quejas como tortura en Puebla -en el hospital psiquiátrico “Dr. Rafael Serrano”, de las cuales una ha sido atendida, dos están en avance y tres persisten-.

La plataforma destaca que el nivel de acceso a la información pública de la Fiscalía poblana sobre la investigación del delito de tortura es de 9,63 en una escala de 0 a 10, cuyo indicador está dirigido a medir el nivel de producción y acceso a la información sobre este crimen, así como los recursos humanos y financieros con los que cuentan, a través de la evaluación de los datos que proporcionaron al Observatorio contra la Tortura.

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