En Puebla se indagará la violencia familiar de oficio, lo que significa que la Fiscalía General del Estado (FGE) tendrá que realizar las investigaciones correspondientes, aunque la parte actora o imputada, no las pidan y aunque el denunciante ya no quiera continuar con el procedimiento, por considerarlo como un delito grave.
Tan sólo hay que recordar que, de enero a noviembre del 2023, se abrieron 8 mil 198 carpetas de investigación por este delito y es el segundo ilícito más denunciado en todo el territorio poblano, sólo por debajo de los robos en todas sus modalidades.
El documento se hizo público el pasado 2 de enero en el Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE), y es un decreto por el cual, el Congreso del Estado, reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar para Puebla.
Puntualmente el capítulo que se derogó fue el VI, denominadó “Del Proceso Conciliatorio y de Arbitraje”, así como las fracciones II y IV del artículo 43 de la Ley de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar para el Estado de Puebla, por lo que quedó lo siguiente:
“El delito de violencia familiar se persigue de oficio, en consecuencia, mantener la posibilidad de la Conciliación y Arbitraje en conductas típicas relacionadas con violencia familiar, resulta incompatible con el marco normativo vigente”, se pudo leer.
Esta modificación tuvo un antecedente y es que otras instituciones también fueron reformadas en favor de las mujeres, como la entonces Procuraduría General de Justicia, el Instituto Poblano de la Mujer, la Subprocuraduría Jurídica y de Participación Social, así como la Procuraduría del Ciudadano. (Algunas ya cambiaron de nombre)
En esta nueva reforma, se incorpora el uso del lenguaje incluyente, ya que muchos términos se encuentran redactados en masculino y esto se cambia con el objeto de promover la relación de igualdad sustantiva entre géneros.
El decreto indicó que esta reforma también tiene como fin, fortalecer el trabajo de la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Género Contra las Mujeres, entre cuyas atribuciones, se encuentran la investigación y persecución de los delitos de feminicidio, delitos sexuales, ciberacoso, violencia familiar y trata de personas.
Fue el 17 de marzo del 2020 cuando se publicó una reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, mediante la cual se creó dicha Fiscalía. No obstante, hay que recordar que ha tenido varias opiniones negativas, principalmente de mujeres víctimas de violencia vicaria, ya que son revictimizadas y su delito aún sigue sin ser reconocido.
¿Qué es una investigación de oficio?
La investigación de oficio se usa frecuentemente en delitos penales, son aquellas investigaciones necesarias para la averiguación de los hechos delictivos. Aunque ambas partes (parte actora e imputado) no pidan estas investigaciones, la Fiscalía, al considerarla grave y al momento de enterarse, deben hacerlas. No es necesario que alguien pida esas investigaciones, sino que las autoridades deben de hacerlas por su cuenta.
De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), el delito de violencia familiar es el segundo más denunciado en el estado de Puebla con un total de 8 mil 198 indagatorias de enero a noviembre del 2023, siendo la capital poblana, el municipio con más incidencia, con un total de 2 mil 502 indagatorias.