/ miércoles 14 de febrero de 2018

[Entrevista] Dan plazo a partidos para retirar propaganda electoral

Delega IEE a ayuntamientos imposición de sanciones

El Instituto Electoral del Estado (IEE) otorgó un plazo de siete días para que los partidos políticos y aspirantes a un cargo de elección popular retiren de la propaganda y los spots que utilizaron en el periodo de precampaña, que concluyó el pasado 11 de febrero, aunque el presidente del organismo, Jacinto Herrera Serrallonga, delegó la responsabilidad a los ayuntamientos de imponer la sanción correspondiente.

En entrevista con El Sol de Puebla, el presidente del IEE informó que a partir del pasado lunes inició el plazo de siete días para que los partidos políticos retiren la propaganda impresa de precampaña, así como los spots de radio y televisión en donde se promocionan sus respectivos precandidatos a un cargo de elección popular.

No obstante, se deslindó de la responsabilidad de sancionar a los actores políticos que no quiten su propaganda en este plazo, pues dijo que la publicidad en bardas y espectaculares son facultad de los gobiernos municipales.

Agregó que una vez iniciado el periodo de intercampaña, que concluye hasta el próximo 28 de abril, el número de spots en radio y televisión se reduce a la mitad, ya que los 48 minutos diarios que administraba el Instituto Nacional Electoral (INE) en precampaña se reducen a 24 minutos durante los próximos 76 días.

“Los partidos políticos regresan a una spotización de periodo no electoral, es decir, de los 48 minutos que están asignados a los partidos políticos en tiempo electoral regresamos a 24 minutos para partidos políticos y para autoridades electorales, entonces ahí de entrada se disminuye el número de spots para los partidos políticos”.

En ese sentido, explicó que los spots de intercampaña deben ser de carácter institucional y genérico, además de que los aspirantes no pueden pedir el voto ni promocionarse de forma personalizada, sin que esto limite su derecho a sostener reuniones privadas, dar entrevistas en medios de comunicación o hacer uso de las redes sociales.

“La obligación que tienen los partidos políticos es subir spots genéricos en los cuales no se toquen temas relacionados con las campañas políticas ni pronunciamientos de candidatos y las prohibiciones van más enfocados a los candidatos. Está permitido dar entrevista en medios de comunicación, siempre y cuando en estas entrevistas no hagan un llamado al voto, también hay criterios de los tribunales en donde están impedidos en llevar a cabo actos que puedan encuadrar en una promoción personal”.

Señaló que es responsabilidad de los partidos políticos sujetarse a la legislación local, pues en caso de no hacerlo corren el riesgo de que se interponga una queja en su contra y será decisión de los tribunales electorales si imponen alguna sanción al respecto.

“Normalmente los partidos políticos suelen jugar y comportarse en respeto a la ley, de lo que tienen permitido, buscar potencializar estas atribuciones. Ahí tendrán que ser muy cuidadosos de no brincar esta línea delgada para no encuadrar en actos anticipados de campaña”.

REDES SOCIALES, UNA CANCHA LIBRE

Herrera Serrallonga reconoció que las redes sociales son todavía una “cancha libre” en materia electoral, aunque aclaró que lo publicado en estos espacios puede ser tomado en cuenta en el seguimiento de una queja o denuncia por parte de un actor político.

“No quieren entrarle los tribunales al fondo del asunto y siguen estableciendo que las redes sociales es cancha libre. Sin embargo, puede haber quejas por difamaciones, calumnias que forman parte de los contenidos que se puedan llevar a cabo en las redes sociales. Nosotros como autoridad administrativa se puede recibir o desechar una queja al momento de la presentación y esos criterios serán tomados por los tribunales”.

MEDIANTE QUEJA, ATENDERÁN CASOS DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO

Aunque reconoció que el IEE tiene la facultad de atraer de oficio los casos de violencia política de género, Herrera Serrallonga adelantó que será hasta que se presente una queja formal en el organismo cuando inicien con un proceso especial sancionador, pues dijo que se corre el riesgo de intervenir “de más” y poner en riesgo la imparcialidad del proceso.

“Como no existe la tipificación, el Instituto Electoral del Estado tiene atribuciones de oficio para iniciar procedimientos especiales sancionadores, sin embargo, en los temas de violencia política de género es complicado que el Instituto entre directo sin petición a tratar de resolver algún asunto de una mujer que pertenezca a un partido político. Existe ese riesgo de poder intervenir de más al inicio de una queja, más bien la ruta a seguir es que se presenten las quejas y puedan ser atendidas de manera imparcial”.

No obstante, reconoció que en casos concretos podrán iniciar el procedimiento sin la necesidad de que alguien ponga una queja, siempre y cuando la situación lo amerite y estén de acuerdo la mayoría de los consejeros electorales.

“Finalmente habrá casos concretos en los que podremos tomar determinación si es necesario que de oficio arranquemos algún procedimiento porque la situación así nos lo exige, el deber que tenemos como autoridad electoral yo creo que sí tendríamos que hacerlo”.

En el caso reciente de la precandidata del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) a la presidencia municipal de Puebla, Violeta Lagunes Viveros, informó que no ha recibido una queja formal, después de la violencia política que ejerció el director del portal Contraparte Informativa, Fabián Gómez, a través de una columna en donde la calificó como “golfa” y “promiscua”.

El Instituto Electoral del Estado (IEE) otorgó un plazo de siete días para que los partidos políticos y aspirantes a un cargo de elección popular retiren de la propaganda y los spots que utilizaron en el periodo de precampaña, que concluyó el pasado 11 de febrero, aunque el presidente del organismo, Jacinto Herrera Serrallonga, delegó la responsabilidad a los ayuntamientos de imponer la sanción correspondiente.

En entrevista con El Sol de Puebla, el presidente del IEE informó que a partir del pasado lunes inició el plazo de siete días para que los partidos políticos retiren la propaganda impresa de precampaña, así como los spots de radio y televisión en donde se promocionan sus respectivos precandidatos a un cargo de elección popular.

No obstante, se deslindó de la responsabilidad de sancionar a los actores políticos que no quiten su propaganda en este plazo, pues dijo que la publicidad en bardas y espectaculares son facultad de los gobiernos municipales.

Agregó que una vez iniciado el periodo de intercampaña, que concluye hasta el próximo 28 de abril, el número de spots en radio y televisión se reduce a la mitad, ya que los 48 minutos diarios que administraba el Instituto Nacional Electoral (INE) en precampaña se reducen a 24 minutos durante los próximos 76 días.

“Los partidos políticos regresan a una spotización de periodo no electoral, es decir, de los 48 minutos que están asignados a los partidos políticos en tiempo electoral regresamos a 24 minutos para partidos políticos y para autoridades electorales, entonces ahí de entrada se disminuye el número de spots para los partidos políticos”.

En ese sentido, explicó que los spots de intercampaña deben ser de carácter institucional y genérico, además de que los aspirantes no pueden pedir el voto ni promocionarse de forma personalizada, sin que esto limite su derecho a sostener reuniones privadas, dar entrevistas en medios de comunicación o hacer uso de las redes sociales.

“La obligación que tienen los partidos políticos es subir spots genéricos en los cuales no se toquen temas relacionados con las campañas políticas ni pronunciamientos de candidatos y las prohibiciones van más enfocados a los candidatos. Está permitido dar entrevista en medios de comunicación, siempre y cuando en estas entrevistas no hagan un llamado al voto, también hay criterios de los tribunales en donde están impedidos en llevar a cabo actos que puedan encuadrar en una promoción personal”.

Señaló que es responsabilidad de los partidos políticos sujetarse a la legislación local, pues en caso de no hacerlo corren el riesgo de que se interponga una queja en su contra y será decisión de los tribunales electorales si imponen alguna sanción al respecto.

“Normalmente los partidos políticos suelen jugar y comportarse en respeto a la ley, de lo que tienen permitido, buscar potencializar estas atribuciones. Ahí tendrán que ser muy cuidadosos de no brincar esta línea delgada para no encuadrar en actos anticipados de campaña”.

REDES SOCIALES, UNA CANCHA LIBRE

Herrera Serrallonga reconoció que las redes sociales son todavía una “cancha libre” en materia electoral, aunque aclaró que lo publicado en estos espacios puede ser tomado en cuenta en el seguimiento de una queja o denuncia por parte de un actor político.

“No quieren entrarle los tribunales al fondo del asunto y siguen estableciendo que las redes sociales es cancha libre. Sin embargo, puede haber quejas por difamaciones, calumnias que forman parte de los contenidos que se puedan llevar a cabo en las redes sociales. Nosotros como autoridad administrativa se puede recibir o desechar una queja al momento de la presentación y esos criterios serán tomados por los tribunales”.

MEDIANTE QUEJA, ATENDERÁN CASOS DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO

Aunque reconoció que el IEE tiene la facultad de atraer de oficio los casos de violencia política de género, Herrera Serrallonga adelantó que será hasta que se presente una queja formal en el organismo cuando inicien con un proceso especial sancionador, pues dijo que se corre el riesgo de intervenir “de más” y poner en riesgo la imparcialidad del proceso.

“Como no existe la tipificación, el Instituto Electoral del Estado tiene atribuciones de oficio para iniciar procedimientos especiales sancionadores, sin embargo, en los temas de violencia política de género es complicado que el Instituto entre directo sin petición a tratar de resolver algún asunto de una mujer que pertenezca a un partido político. Existe ese riesgo de poder intervenir de más al inicio de una queja, más bien la ruta a seguir es que se presenten las quejas y puedan ser atendidas de manera imparcial”.

No obstante, reconoció que en casos concretos podrán iniciar el procedimiento sin la necesidad de que alguien ponga una queja, siempre y cuando la situación lo amerite y estén de acuerdo la mayoría de los consejeros electorales.

“Finalmente habrá casos concretos en los que podremos tomar determinación si es necesario que de oficio arranquemos algún procedimiento porque la situación así nos lo exige, el deber que tenemos como autoridad electoral yo creo que sí tendríamos que hacerlo”.

En el caso reciente de la precandidata del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) a la presidencia municipal de Puebla, Violeta Lagunes Viveros, informó que no ha recibido una queja formal, después de la violencia política que ejerció el director del portal Contraparte Informativa, Fabián Gómez, a través de una columna en donde la calificó como “golfa” y “promiscua”.

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