El gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina envió una propuesta de reforma a la Ley de Transporte para prohibir la colocación de propaganda de candidatos o partidos políticos en unidades del transporte público, taxis y grúas.
El Congreso del Estado recibió las modificaciones y las envío a la Comisión de Transporte y Movilidad para su análisis y posible aprobación.
Uno de los puntos más importantes es que propone un candado para impedir que los microbuses contengan publicidad de algún candidato, candidata o instituto político, tampoco “aquella que contenga símbolos, siglas o elementos que induzcan a la persona a saber que se trata de determinado candidato o candidata a un cargo de elección popular”.
Actualmente, la medida sólo está contemplada en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, pero no en la Ley de Transporte.
Su propuesta de reforma ocurrió en la antesala del arranque de las campañas electorales, primero para los cargos federales y posteriormente para los locales, entre ellos la gubernatura del estado que pelean Alejandro Armenta Mier, Fernando Morales Martínez y Eduardo Rivera Pérez, quien fue criticado en redes por pegar microperforados en unidades del transporte durante la precampaña.
Las reformas también buscan que la Secretaría de Movilidad y Transporte tenga la facultad de firmar convenios para autorizar la prestación de servicios de grúas.
Además, los prestadores del servicios deberán apegarse al tabulador de tarifas vigentes de la entidad.
Ley de Archivos del Estado
El mandatario estatal también envió una propuesta para expedir la Ley de Archivos del Estado que busca conservar y administrar los documentos de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de Puebla, ayuntamientos, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la entidad federativa y los municipios
El documento señala que la información contenida en los documentos de archivo producidos, obtenidos, adquiridos, transformados o en posesión de los sujetos obligados, será pública y accesible a cualquier persona en los términos que la legislación en materia de transparencia lo permitan.
Cada sujeto será responsable de organizar sus archivos y deberán garantizar que no se sustraigan, dañen o eliminen, en caso de que eso ocurra, el responsable podrá ser sancionado con una pena de 3 a 10 años de prisión y multa de tres mil a cinco mil veces la unidad de medida y actualización.
También en caso de destruir o transferir fuera del territorio estatal documentos considerados patrimonio documental Estatal, sin autorización del Archivo General del Estado o mantenga. La autoridad competente podrá imponer multas de 10 y hasta mil 500 Unidades de Medida y Actualización e individualizará las sanciones considerando los siguientes criterios: Gravedad de la conducta, daños ocasionados y reincidencia.
También podrá prever la creación de un fondo de apoyo económico para los archivos, de acuerdo a la Ley de Egresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal correspondiente, cuya finalidad será promover la capacitación, equipamiento y sistematización de los archivos en poder de los sujetos obligados.
Las Secretarías de Gobernación, de Planeación y Finanzas, de Administración y de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, deberán llevar a cabo en un plazo no mayor a 500 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la ley, las gestiones necesarias para que se autorice conforme a las disposiciones aplicables la estructura orgánica y ocupacional del Archivo General del Estado.
La propuesta para expedir la ley fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de Congreso local para su análisis.