La Sala Superior del TEPJF envió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una opinión para resolver las acciones de inconstitucionalidad que promovieron el PT y Movimiento Ciudadano contra la reforma electoral de Puebla.
El 30 de septiembre, el Alto Tribunal ordenó agregar al expediente los escritos de las magistradas y los magistrados que rindieron la opinión solicitada en las acciones de inconstitucionalidad 245/2020 y su acumulada 250/2020.
La Corte pidió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que opinara sobre la validez de las reformas electorales impugnadas por el PT y MC, las cuales tienen que ver con la eliminación de la diputación de primera minoría y la prohibición de colocar propaganda electoral en el transporte público, portadas de revista, libros, anuncios de entrevistas y espectaculares.
Las modificaciones que motivaron las acciones de inconstitucionalidad por parte de los partidos se hicieron al artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Puebla y al artículo 232 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, que fueron aprobadas por el Congreso local el 15 de julio.
INE, GOBIERNO Y CONGRESO ENVÍAN INFORME
El INE remitió copia certificada de los estatutos vigentes del Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano, así como las certificaciones de su registro vigente y de los integrantes de su respectivo órgano de dirección nacional.
El gobierno estatal rindió un informe, a través del director de Procedimientos Constitucionales de la Consejería Jurídica y la Secretaría General del Congreso del Estado, pero no remitió los antecedentes legislativos de los decretos impugnados.
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Además, el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el estado, remitió un oficio suscrito por el presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE), Miguel Ángel García Onofre, quien informó que el proceso electoral local inicia entre el 3 y 5 de noviembre.
Por lo tanto, la Suprema Corte pidió a la Fiscalía General de la República y la Consejería Jurídica del gobierno federal que antes del cierre de instrucción manifiesten lo que a su esfera competencial convenga, si consideran que la materia del juicio trasciende a sus funciones constitucionales.