Estado podría retirar concesión a transportistas morosos

Gobernador envía al Congreso reforma a ley del transporte

Aldo Miguel

  · miércoles 7 de marzo de 2018

El Congreso del Estado recibió tres iniciativas del gobernador Antonio Gali Fayad, entre las que destaca una reforma a la Ley del Transporte, con la cual se le permite a la administración estatal el retiro de las concesiones al transporte público, mercantil, de carga, complementario y ejecutivo, en caso de que los permisionarios no realicen los pagos anual de refrendo, de actualización y derechos de servicio.

Según la propuesta que ingresó la mañana de ayer en sesión ordinaria, el gobierno estatal tendrá la facultad de sustituir a la persona concesionaria.

“En los casos en que los concesionarios o permisionarios omitan el pago anual de refrendo y/o programa de actualización de documentos y/o el pago de derechos por los servicios de control vehicular del servicio de transporte en cualquiera de las modalidades comprendidas en el Artículo 17 de la presente Ley, por un periodo de un año, contado a partir del día siguiente de la fecha en que debió realizarlos, se actualizará el abandono de la concesión o permiso”, dice el Artículo 55 quáter que se adiciona a la Ley.

La enmienda también contempla la reasignación o reordenamiento de la concesión de parte del gobierno estatal en los casos de terminación de la vigencia, renuncia, rescate, revocación, cancelación o abandono de concesiones y permisos, previo análisis u opinión técnica que así lo determine.

“Las personas físicas o jurídicas a las que se les asignen estas concesiones o permisos, cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables”, refiere la propuesta.

La propuesta también reformó el artículo 84 de la Ley del Transporte, el cual quedaría de la siguiente manera: “cuando con posterioridad al registro del vehículo del Servicio Público de Transporte o del Servicio del Transporte Mercantil, se pretenda realizar el cambio de unidad, o en su caso, modificar las características o los datos de la misma, deberá contarse previamente con la autorización de la autoridad competente, así como realizar el pago correspondiente ante la Secretaría de Finanzas y Administración. En seguida, se incluirán los cambios procedentes en el registro computarizado a que se refiere esta Ley. Se podrá sustituir el vehículo correspondiente de una capacidad mayor a una menor, en concordancia con lo que establece el Artículo 52 de la presente Ley y previo estudio técnico correspondientes”.

En la misma sesión ordinaria de ayer el Congreso recibió otras dos propuestas: reformas a la Ley de Bienestar Animal y a la Constitución Política de Puebla en materia de derechos humanos y sistema penitenciario.